Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 4/11/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.642
b Faltas graves serán sancionadas con multas equivalente al valor en pesos de 300 trescientos litros de nafta común.
c Cuando se tratare de faltas graves, además de la multa establecida en el punto b podrá imponerse, alternativa o conjuntamente, la sanción de clausura de 30 días o el cese de las actividades.
d Serán consideradas faltas graves las siguientes:
1 el exceso de capacidad habilitada para el local. En el caso de reincidencia durante el año calendario, se adicionara a la multa que correspondiera, el importe equivalente al valor en peso de cinco 5 litros de nafta común por cada persona que hubiera ingresado en exceso de la capacidad permitida.
2 La falta de acreditación del pago de la póliza de seguro.
e En caso de reincidencia en dos o más faltas graves podrá disponerse, durante el año calendario, conjuntamente con la pena que corresponda aplicar, la inhabilitación al titular del comercio respectivo del otorgamiento de nuevas habilitaciones comerciales de los rubros a que se reere esta normativa, por el termino de hasta 2 dos años.
Art. 29: Causales de revocación de la habilitación:
a No mantener las condiciones establecidas para la habilitación.
b Poseer deudas tributarias municipales por la explotación de la actividad
CORRIENTES, 04 DE NOVIEMBRE DE 2022

habilitada, por más de un periodo.
c Cuando el o los titulares sean declarados en quiebra o inhabilitados para ejercer el comercio.
d Cuando con posterioridad a la habilitación se comprobare que la actividad origina graves inconvenientes.
Art. 30: Los locales comerciales habilitados al tiempo de la entrada en vigencia del presente deberán ajustar sus condiciones de funcionamiento a todo lo establecido en esta normativa y a las reglamentaciones que en su consecuencia se dicten dentro del plazo que establezca el DEM a través del organismo de control e inspección.
Art. 31: La presente ordenanza tendrá vigencia a partir de su sanción, derogándose cualquier normativa que se oponga a la presente.
Art. 32: Comuníquese, Publíquese y sáquese copias para quien corresponda y Archívese.Sala de Concejo Deliberante, 24 de Octubre de 2022, Gobernador Martínez.
Laureano Albino Valenzuela - Presidente.
Cándida Martina Ledesma - Vicepresidenta Primera.
I: 04/11 V: 04/11

Sección Judicial Citaciones - Capital Expte. N 168187/18
La Sra. Juez en lo Civil y Comercial, Dra. Sonia Elizabeth Filipigh, cita y emplaza por edictos a Sociedad Aero Club Corrientes Y/O A Quienes Se Consideren Con Derecho Sobre El Inmueble Sito En Calle Taragi N 1151
- Barrio Juan XXIII de esta ciudad, individualizado como:
Parcela Nro 15 -Manzana N.º 638 H, ADREMA: A1-326981, Inscripto En El Registro De La Propiedad Inmueble Al Tomo 391, Folio 114049 - Fca. 52892 - Año 1945.
LINDEROS: Según plano de Mensura N.º 27452 U: AL
NORTE: mas propiedad del titular registral; AL SUR: su frente Calle Taragi, AL ESTE: Loreto Sotelo y AL OESTE:
Alejandro Dolores Ortiz. Superficie Total: 360,00 Mts2;
para que dentro del plazo de Veinte 20 días se presenten si lo consideran y lo acrediten en los autos caratulados:Oves Rita Inocencia S/ Prescripcion Adquisitiva, Expte. N 168187/18, todo ello bajo apercibimiento de designar al Defensor de Pobres y Ausentes para que los represente en juicio, de conformidad a lo dispuesto por el art. 446 del CPCC.-Juzgado Civil y Comercial N 06, sito en calle 9 de Julio N
1099, piso 3, de la Ciudad de Corrientes, Secretaría N
11.- Corrientes, 19/09/2022
La providencia que ordena el presente dice en su parte pertinente: N 13191 Corrientes, 23 de Agosto de 2022.Sin perjuicio de que aún no se cumplimentó con el oficio ordenado a fs. 44 RJU, el que se librará por Secretaría y el domicilio informado por Inspección de Personas Jurídicas es indeterminado Laguna Brava, de conformidad al art. 446 CPCC, cítese por edictos a Sociedad Aero Club Corrientes, para que se presenten a estar a derecho en el término de 20 días hábiles desde la última citación.- 2.- Publíquense edictos en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local por Dos 2 Días en la forma prescripta por el art. 120 C.P.C.C., todo ello bajo apercibimiento de designar al Defensor de Pobres y
Ausentes para que la represente en este juicio, de conformidad a lo dispuesto por las normas citadas. El edicto será confeccionado por Secretaría del Juzgado, debiendo transcribirse la parte dispositiva de la presente resolución.- Fdo. Dra. Sonia Elizabeth Filipigh Juez Civil y Comercial N 6 Corrientes Benitez Cima Maria Fernanda I: 03/11 V: 04/11
Expte N. 230646/22
La Dra. Varinia Machado Feris, Juez Civil y Comercial N 13
cita y emplaza por el término de 15 días a quienes se consideren con derecho a formular Oposición Al Cambio De Nombre iniciado por Vadora Beccaria Camila Daniela , DNI N. 44.198.004 en los autos caratulados: "Vadora Beccaria Camila Daniela S/ Cambio De Nombre", Expte N. EXP 230646/22 , en trámite por ante la Secretaria a mi cargo. Corrientes, 13 de octubre de 2022.-Firmado electrónicamente Dra. Reyes Sabrina Victoria. Pro secretaria. Juzgado Civil y Comercial N 13.Corrientes Dra Reyes Sabrina Victoria Prosecretaria I: 03/11 V: 04/11
Expte. N 219061/21
La Sra. Juez en lo Civil y Comercial, Dra. Sonia Elizabeth Filipigh, cita y emplaza por edictos a Herederos De Gea De Mayol Isabel DNI N.º 4.683.100 Y/O A Quienes Se Consideren Con Derecho Sobre El Inmueble Sito En Laguna Brava, Departamento Capital, Segunda Seccion, Individualizado Como Parte Integrante De La Parcela B/9, constante de 11,33 mts de frente sobre calle proyectada, por 31,94 mts de fondo e iguales medidas en sus lados opuestos, individualizado como: ADREMA A1-731-2, Inscripto En El Registro De La Propiedad Inmueble Al
PAG. Nº 16

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Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 4/11/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

CountryArgentina

Date04/11/2022

Page count26

Edition count532

First edition09/11/2020

Last issue25/07/2024

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