Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 20/7/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.571
Categoría 170, al Poder Legislativo y al Poder Judicial.
ARTICULO 4: AUTORÍZASE a la Dirección General de Personal, y a los servicios Administrativos de la Jurisdicción, a disponer la liquidación y a ordenar el pago del incremento determinado por el presente Decreto, imputándose los gastos emergentes a los créditos asignados a las partidas especí cas del presupuesto.
ARTICULO 5: DÉSE cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia de Corrientes.
ARTICULO 6: El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 7: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al registro O cial y archívese.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Gustavo Rivas Piasentini Decreto N 2077
Corrientes, 12 de julio de 2022
Visto:
Las normas salariales vigentes, la política salarial diseñada por este Poder Ejecutivo, la Ley N 5.507/2003, y Considerando:
Que el Gobierno Provincial, teniendo en cuenta la Ley N
5.507/2003 cuyo espíritu, sin dudas, fue el merecido e impostergable reconocimiento de retribuir a quienes sirvieron a la patria, entiende necesario que el Estado pueda sostener de manera estructural una política salarial pública para los mismos.
Que según el artículo 7 de la Ley N 5.507/2003 será el Ministerio de Hacienda y Finanzas el organismo responsable de la aplicación y el funcionamiento del Fondo de Pensión, pudiendo realizar las adecuaciones presupuestarias para garantizar el el cumplimiento del presente bene cio.
Que por ello y en consonancia con el contexto económico que atraviesa el país, el incremento que se dispone en el presente, está dentro de la pauta aprobada por el Legislador y del contexto económico que atraviesa el país.
Que ello signi ca el máximo esfuerzo que el Estado Provincial teniendo en cuenta la situación actual en el que se encuentra y el presupuesto vigente.
Que el Poder Ejecutivo promueve el reconocimiento de mejoras en el nivel de ingresos en todos los sectores dependientes, en el marco de las posibilidades económicas imperantes.
Que esta medida integra y se complementa con el incremento a otros sectores de la Administración Pública provincial lo que implica un esfuerzo muy signi cativo para las áreas de la Provincia, teniendo además un fuerte impacto dinamizador en la economía local.
Que el incremento otorgado al personal activo permite trasladar a los jubilados y pensionados provinciales, proporcionalmente y de acuerdo con el sector al que pertenecen, con los respectivos aportes al Instituto de Previsión Social de la Provincia.

CORRIENTES, 20 DE JULIO DE 2022

Que con esta media se rati ca una vez más el fuerte compromiso de este Poder Ejecutivo con nuestros Héroes de Malvinas, así como también con la aplicación de medidas que permiten mantener la recuperación sostenida del poder adquisitivo de los mismos en la Provincia.
Que en razón de lo expuesto, de la Ley N 5.507/2003 y en el marco de las facultades legales, el Poder Ejecutivo dicta el presente acto jando nuevas medidas en materia salarial.
Por ello y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162 incisos 1 y 2 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1: ESTABLÉCESE a partir del 1 de julio del año 2022, un incremento no remunerativo y no boni cable, por la suma de PESOS DIEZ MIL $
10.000,00, a los bene ciarios de la Pensión a los ex Soldados Combatientes en Malvinas, creada por la Ley N 5.507/2003.
ARTÍCULO 2: DÁSE cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia de Corrientes.
ARTÍCULO 3: El presente Decreto es refrendado por el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 4: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al registro O cial y archívese.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Gustavo Rivas Piasentini Decreto N 2078
Corrientes, 12 de julio de 2022
Visto:
La rme decisión del Gobierno Provincial de sostener la política de recuperación y recomposición del salario que lleva adelante, y Considerando:
Que en tal sentido, se dictaron diversos actos administrativos que dispusieron distintas medidas para lograr una recomposición real del salario de este sector, con el objeto de fortalecer los ingresos de quienes tienen la responsabilidad de preservar la seguridad de las personas y sus bienes en todo el territorio provincial.
Que ante el actual escenario económico del país y el impacto que ello ocasiona en los ingresos de los trabajadores, es necesario dictar nuevas medidas que actualicen los montos del salario y adicionales vigentes de estos agentes.
Que en base a lo señalado, y al igual que en todas las decisiones en materia salarial, se destaca que para establecer los parámetros de esta medida se tuvieron en cuenta las proyecciones efectuadas en materia nanciera y económica, teniéndose en cuenta las posibilidades reales de cumplimiento y de atención de las necesidades de los agentes.
Que el esfuerzo necesario para llevar adelante esta medida guarda estrecha relación con la contención y e ciencia del gasto público y la generación de las
PAG. Nº 3

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Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 20/7/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

CountryArgentina

Date20/07/2022

Page count20

Edition count532

First edition09/11/2020

Last issue25/07/2024

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