Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 9/6/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes

Nº 28.544
decreto las modificaciones presupuestarias que impliquen traspasos de partidas entre distintas Entidades y ampliaciones del crédito presupuestario en las partidas ya existentes o a incorporar como partidas específicas.
Que el artículo 34 tercer apartado de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera establece que, cuando el Poder Ejecutivo disponga modificaciones presupuestarias que impliquen refuerzos de partidas, deberá instrumentarlo mediante decreto enviando copia del mismo al Poder Legislativo.
Que el artículo 35 de la Ley Nº 5.571 de Administración Fi n a n c i e r a e s t a b l e c e q u e l o s re c u r s o s s e r á n incorporados al presupuesto por decreto del Poder Ejecutivo, como así también los créditos por igual importe para atender la finalidad a la que dichos recursos estuvieran destinados, debiendo comunicarse a la Legislatura provincial.
Por ello, y en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 162, incisos 1 y 2, de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
A R T Í C U LO 1 : A P R U É B A S E l a m o d i f i c a c i ó n presupuestaria de gastos N 56/2022 de la jurisdicción 02-Ministerio de Hacienda y Finanzas la que, como anexo, forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2: APRUÉBANSE las modificaciones de gastos N 09/2022 y de recursos N 90/2022 de la entidad 28-Dirección Provincial de Vialidad las que, como anexos, forman parte del presente decreto.
ARTÍCULO 3: AUTORÍZASE a la Dirección de Administración del Ministerio de Hacienda y Finanzas a emitir los libramientos de pago contra la Tesorería General de la Provincia y a favor de la Dirección Provincial de Vialidad unidad ejecutora 810 por hasta la suma de P E S O S C I E N TO S E S E N TA Y C I N C O M I L LO N E S
NOVECIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS
TREINTA Y DOS $ 165.963.532,00 en la estructura programática presupuestaria 99-00-00-02-922, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia.
ARTÍCULO 4: COMUNÍQUESE a la Honorable Legislatura provincial, en cumplimiento a lo establecido en el artículo 34, tercer apartado, de la Ley Nº 5.571 de Administración Financiera.
ARTÍCULO 5: El presente decreto es refrendado por el Ministro de Hacienda y Finanzas.
ARTÍCULO 6: COMUNÍQUESE, publíquese, dese al Registro Oficial, líbrese copia al Honorable Tribunal de Cuentas, Dirección General de Presupuesto, Contaduría General de la Provincia y pásese a la Dirección Provincial de Vialidad, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés C.P. Marcelo Rivas Piasentini
CORRIENTES, 09 DE JUNIO DE 2022

Ministerio de Educación - , y Considerando:
Que en las presentes actuaciones se eleva la Resolución Nº 0597 de fecha 07 de marzo de 2022, del Ministerio de Educación, solicitando su aprobación correspondiente por decreto del Poder Ejecutivo.
Que en atención a la normativa vigente, resulta necesaria la aprobación del acto administrativo de referencia, obedeciendo el dictado del mismo a necesidades operativas del área, por lo que se estima oportuno proceder en consecuencia.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 162 incisos 1 y 2 de la Constitución de la Provincia de Corrientes, El Gobernador de la Provincia Decreta:
ARTÍCULO 1º: APRÚEBASE la Resolución Nº 0597 de fecha 07 de marzo de 2022, del Ministerio de Educación, la que como Anexo forma parte del presente decreto.
ARTÍCULO 2º: El presente decreto es refrendado por la Ministra de Educación.
A R T Í C U LO 3 º : CO M U N I Q U E S E , p u b l í q u e s e , notifíquese, dese al Registro Oficial y pásese al Ministerio de Educación, a sus efectos.
Dr. Gustavo Adolfo Valdés Lic. Práxedes Ytatí López
Decreto N 1169
Corrientes, 29 de abril de 2022

Visto:
El expediente N 218-30-12-02709/2021, caratulado:
MINISTERIO DE SEGURIDAD DIRECCIÓN DE ADM.
POLICÍA-REF. DIRECCIÓN LOGÍSTICA J.P /CONSTITUCIÓN
FONDO ESPECIAL PARA ADQUISICIÓN DE CONTAINERS
CON DESTINO A COMISARÍAS MÓVILES, y Considerando:
Que en las presentes actuaciones se tramita la constitución de un fondo especial, en la Jurisdicción: 01Ministerio de Seguridad por la suma de PESOS TRECE
MILLONES $ 13.000.000,00, con cargo de oportuna y documentada rendición ante el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia; el que será destinado a la adquisición de containers para la instalación de comisarías y destacamentos móviles, a afectarse a la ejecución de planes de servicios policiales, con motivo de eventos sociales, deportivos y culturales que congreguen una gran cantidad de personas en distintas localidades del interior provincial y el área capital de la Provincia.
Que obran en autos; a fs. 01 Memorándum-JP N 90/2021
del Jefe de la Policía de Corrientes; y a fs. 02/04 Nota N
106/2022 emitida por el Director de Logística de la Policía de Corrientes, quien detalló las características Decreto Nº 1168.
técnicas que deben reunir los containers, indicó el Corrientes, 29 de abril de 2022
presupuesto estimado y adjuntó imágenes fotográficas de los mismos.
Visto:
Que a fs. 05 se agregó el comprobante de contabilidad El expediente N 321-00543/2022 del Registro del de reservas C-06 N 20/2022; y a fs. 06/07 se expidieron el PAG. Nº 3

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Boletín Oficial de la Provincia de Corrientes del 9/6/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Corrientes

CountryArgentina

Date09/06/2022

Page count32

Edition count532

First edition09/11/2020

Last issue25/07/2024

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