Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 31/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Martes 31 de Octubre de 2023

PÁGINA 7

BOLETÍN OFICIAL

a Movilidad geográfica.
b Suspensión de la relación laboral con reserva de su cargo.
c Goce integro de haberes, la remuneración se liquidará conforme a lo que perciba al momento de la interrupción de los servicios, más los aumentos que durante el periodo de interrupción fueren acordados a los de su misma categoría.
d Tendrá derecho a la estabilidad de su puesto de trabajo, ninguna persona podrá ser despedida ni alterarse sus condiciones de trabajo por haber sido víctima de violencia de género y haber usufructuado los derechos laborales que se prevén en el presente.
En caso de no hacer usufructo de la licencia tiene derecho a:
a Reducción de jornada laboral b Adecuación del tiempo de trabajo, o del lugar del asiento de funciones.
En todo momento se garantizará a la persona confidencialidad de la información. La Dirección de Reconocimientos Médicos a través de la Junta Médica o la que en el futuro la reemplace, deberá tomar vista de la licencia otorgada a fin de analizar el trabajo interdisciplinario que por las áreas que correspondan tengan que trabajar en la inserción laboral de la misma.
Modificatoria del Artículo 107:
Se modifica el primer y segundo párrafo del artículo 107, quedando redactado de la siguiente forma:
La retribución de las guardias activas y pasivas que se realicen los días sábados se incrementarán en un cincuenta por ciento 50%, y las guardias que se realicen los domingos se incrementaron en un cien 100% por ciento.
La retribución de las guardias activas y pasivas que se realicen los días de asueto administrativo y los días no laborables para la administración pública, serán retribuidos con un incremento del cincuenta 50%
por ciento, y las que se realicen en los feriados nacionales o provinciales serán retribuidas con un incremento del cien 100% por ciento.
Quienes revistan bajo modalidad de Franco Móvil y que por razones de servicios deban dar cobertura en días de sus FRANCOS, estas guardias activas serán retribuidas con un incremento del cien 100% por ciento.
Que las partes convienen que el acuerdo alcanzado será remitido a la Secretaría de Trabajo para su respectiva homologación, a través de las autoridades del Ministerio de Salud;
Que se observan insertas las firmas de las partes en el acuerdo celebrado lo cual da prueba de conformidad con lo rubricado;
Que consta en el expediente la debida intervención de la Subsecretaría de Gestión Presupuestaria dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público, dándose cumplimiento a lo dispuesto en el Art. 6 de la Ley II N 282 y modificatoria, Ley II N 289;
Que asimismo consta a fojas 15, intervención del Ministerio de Gobierno y Justicia, no encontrando objeciones que formular respecto de la solicitud de homologación del acuerdo suscripto;
Que el acuerdo en trámite reúne los requisitos formales de Ley;

Que se ha expedido al respecto la Dirección General de Asuntos Legales de la Secretaría de Trabajo;
Que en virtud de lo expuesto, y en el marco de las atribuciones conferidas por el Art. 22 de la Ley X N 39, corresponde homologar el acuerdo suscripto;
POR ELLO:
LA SUBSECRETARIA DE TRABAJO

R E S U E LV E :
Artículo 1.- HOMOLOGAR en todas sus partes el acta acuerdo de fecha 11 de julio de 2023, celebrada entre el Ministerio de Salud de la Provincia, representado por la Subsecretaria de Planificación y Capacitación Lic. Margarita Opazo, la Directora Provincial de Administración de Personal Tec. Sup. Sra. Belina Otero, la Directora Provincial de Planificación de Recursos Humanos Lic. Ana Carolina Acuña, y el Sr. Alfredo García en carácter de asesor de recursos humanos; y por el sector gremial, la Asociación de Trabajadores del Estado ATE representado por los Sres. Ignacio Quizamas, Soledad Ayail, Elida Silva y Patricia Harris, la Asociación de Trabajadores de la Sanidad ATSA representada por los Sres. Sara Barrera, Verónica Sepúlveda, Julián Crettón y Adriana Torres, la Unión del Personal Civil de la Nación UPCN representada por el Sr. Sandro Barriocanal y el Sindicato de Salud Pública SISAP representado por la Sra. Cecilia Lucero y el Sr. Carlos Sepúlveda, por la cual acuerdan modificaciones al CCT
N 12/13 perteneciente al Ministerio de Salud de la Provincia, homologado por Resolución N 164/2013 STR;
en un todo de acuerdo con lo expuesto en los considerandos que anteceden.Artículo 2º.- REGISTRESE, notifíquese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. CAREN LLOYD
Subsecretaria de Trabajo Secretaría de Trabajo
Resolución N 836
RAWSON CH, 26 de Junio de 2023
VISTO:
El Expte. 304/2023 -STR S/ Ministerio de Salud s/
Paritaria Convencional CDE PASE N 19/23 - DGAL.CONSIDERANDO:
Que conforme surge del expediente de referencia, mediante acta suscripta en fecha 14 del mes de Junio de 2023, en la cual se reunieron, por el Poder Ejecutivo de la Provincia del Chubut, representado en este acta por el Ministerio de Gobierno y Justicia, representado por el Ministro de Gobierno y Justicia, Dr. Cristian H.
AYALA, el Ministerio de Economía y Crédito Público, representado por la Subsecretaria de Gestión Presupuestaria contadora Rita Cárdenas, por el sector gremial por ATE representado por el Secretario de acción política, el Sr. Jorge Ávila, UPCN, representado, por Christian SALAZAR, el sindicato de SISAP representa-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 31/10/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date31/10/2023

Page count38

Edition count4363

First edition07/01/2004

Last issue26/07/2024

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