Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 14/12/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Miércoles 14 de Diciembre de 2022

BOLETÍN OFICIAL

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA, INDUSTRIA Y COMERCIO

Res. N 544

01-12-22

Artículo 1º.- Otórguese un subsidio en los términos del Decreto Nº 1304/78, modificado por los Decretos Nº 1232/00 y 2424/04, por la suma de PESOS
DOSCIENTOS CINCUENTA MIL $ 250.000-, a favor de la Municipalidad de Paso de Indios, en la persona de su Intendente, señor Mario Horacio, PICHIÑAN DNI Nº 23.257.946 destinado a la compra de materiales para la construcción de un invernáculo.Artículo 2º.- La Municipalidad de Paso de Indios, deberá invertir los fondos dentro de los TREINTA 30
días de recepcionados y rendirlos por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los SESENTA 60
días de su inversión, con remisión de copia a la Dirección General de Administración del Ministerio de Agricultura, Ganadería, Industria y Comercio.Artículo 3º.- Los importes no utilizados deberán ser reintegrados, mediante cheque, giro o depósito en la cuenta Nº 500008/9 del Banco del Chubut S.A., a la orden de la Tesorería General de la Provincia, dentro del plazo máximo fijado para presentar la rendición ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución se imputará con cargo a la Jurisdicción 67 SAF 67 Programa 01 Actividad 01
I.P.P. 5-7-6 Fuente de Financiamiento 1.11 Ejercicio 2022.-

INSTITUTO PROVINCIAL DEL AGUA

Res. N 300

01-12-22

Artículo 1º.- OTORGASE Permiso de Derecho de Uso de Agua Pública Uso Agrícola-Pecuario, proveniente del Arroyo Esquel, perforaciones y lagunas, a favor Grisel Marcela Nataine en los Términos de la Ley XVIIN 53, conforme las condiciones que establece la presente Resolución.Artículo 2º.- EL PERMISO otorgado en el Artículo 1º es exclusivamente para ser utilizado en un caudal aproximado de 14.580,00 m3/año, para su utilización de riego primario con fines agrícola de 8ha, durante los meses de diciembre a febrero y un caudal aproximado de 273,75 m3/año para su utilización en la actividad desarrollada con la cría de 23 animales, por un período de cinco años, en el predio individualizado como Parcela 145 y 146, Circunscripción 4, Sector 5, de la Ciudad de Esquel, Departamento de Futaleufú, Provincia del Chubut.Artículo 3º.- LA VIGENCIA del permiso otorgado será de CINCO 5 años a partir de la notificación de la presente y podrá renovarse por períodos iguales mientras dure la explotación. Asimismo, el Instituto Provincial del Agua reserva el derecho de revocarlo en cualquier momento. Artículo 39º Ley XVII-Nº 53.Artículo 4.- DETERMINASE el canon a abonar correspondiente al Uso Agrícola, a la fecha de la presente Resolución, es de 10M por ha por año, sien-

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do el valor del MODULO M, equivalente al precio del litro de Gas oil Grado 3 en Automóvil Club Argentino de Trelew, según se informa en la Web de la Secretaría de Energía de la Nación, el mismo se comercializa con el nombre de Infinia Diesel o su equivalente, conforme Artículo 1º del Anexo I de la Resolución Nº 291/22AGRH-IPA.Artículo 5º.- DETERMINASE el canon a abonar correspondiente al Uso Pecuario, es de 0,01 M por m3, siendo el valor del MODULO M, equivalente al precio del litro de Gas oíl Grado 3 en Automóvil Club Argentino de Trelew, según se informa en la Web de la Secretaría de Energía de la Nación, el mismo se comercializa con el nombre de Infinia Diésel o su equivalente, conforme Artículo 1º del Anexo I de la Resolución Nº 291/22AGRH-IPA.Artículo 6º.- ESTABLECESE que el abono del canon, es retroactivo a la fecha de presentación de solicitud del permiso, el 25 de agosto de 2022 y tendrá un plazo de 30 treinta días corridos para efectivizar dicho pago.Artículo 7º.- ESTABLECESE que el pago deberá realizarse bajo las condiciones y procedimientos que figuran en el Anexo II de la Resolución Nº 109/22-AGRH-IPA
que se adjunta.Artículo 8º.- ESTABLECESE la obligación del permisionario de instalar un sistema de regulación de caudales en la toma del recurso hídrico afectado, dentro del plazo de 90 días corridos a partir de la notificación de la presente.Artículo 9.- ESTABLECESE que el monto a abonar en concepto de canon, por el derecho de uso de aguas públicas se calculará sobre la base declarada por el usuario, y que consta en la resolución correspondiente del permiso, independientemente que el usuario utilice o no las cantidades declaradas. Para los casos en que el canon se establezcan por m3, el permisionario debe declarar los m3 consumidos en el semestre, los mismos deberán ser informados a la Dirección de Aguas e Hidrogeología, quien debe aprobarlos expresamente, y remitir a la Dirección de Administración el monto a abonar por dicho semestre.Artículo 10º.- ESTABLECESE que, si dentro del plazo de 30 días posteriores al vencimiento del permiso, no median objeciones o modificaciones informadas y fundadas por escrito, se procederá a la renovación del mismo en forma automática y bajo las mismas condiciones.Artículo 11º.- HÁGASE saber que, conforme al Artículo 115 Ley XVII-Nº 53 antes Ley Nº 4148 Código de Aguas, el presente permiso no implica autorización para efectuar obras hidráulicas sin la autorización debida.Artículo 12º.- ESTABLECESE que la presente resolución de aprobación es sin perjuicio de las restantes autorizaciones legales que correspondan.-

Res. N 301

01-12-22

Artículo 1º.- OTORGASE la Renovación del Permiso de Derecho Uso de Aguas Públicas Uso Industrial proveniente de una vertiente natural cuyas coordenadas geográficas son S 45º4156.818 - W 70º2041.114, a favor de Bardas Blancas S.A, en los Términos de la Ley XVIIN 53, conforme las condiciones que estable-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 14/12/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date14/12/2022

Page count35

Edition count4368

First edition07/01/2004

Last issue02/08/2024

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