Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 11/3/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Viernes 11 de Marzo de 2022

tes en el territorio, sostenimiento de reservas, preservación del empleo; y a la vez lograr un incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos y el crecimiento equitativo y sustentable de la Provincia, la maximización de las inversiones y de los recursos empleados, como también incentivar la incorporación de nuevas tecnologías;
Que mediante la Ley VII N 67 se aprobó el Acuerdo para la implementación de un compromiso de actividad e inversiones en áreas hidrocarburíferas de la provincia del Chubut entre la Provincia del Chubut e YPF
S.A.;
Que por decreto Provincial N 278/2021 se creó un programa de promoción para la industria hidrocarburífera en la Provincia del Chubut;
Que con fecha 15 de Septiembre de 2021 la empresa YPF S.A. en su carácter de concesionario del área de explotación Escalante - El Trébol , solicita la incorporación al programa de promoción para la industria hidrocarburífera establecido mediante decreto provincial N 278/2021 el proyecto de Recuperación terciaria Piloto de Inyección de Polímero El Trébol Bloque III el cual se encuentra agregado a fs.
2 a 24;
Que la empresa YPF SA se compromete a llevar adelante el Proyecto Piloto de Inyección de Polímero El Trébol Bloque III, proponiendo la perforación de quince 15 pozos nuevos, reparación de cinco 5 pozos inyectores, reactivación de dos 2 pozos productores, e inversiones de instalaciones y obras de superficie;
Que este proyecto significarla preservación de empleo y de ser exitoso implicarla aumento de producción;
Que el Ministerio de Hidrocarburos, la Subsecretaría de Hidrocarburos, la Dirección General de Fiscalización y Control, y la Dirección de Control de Reservas dependientes del Ministerio de Hidrocarburos, en sus correspondientes informes, evaluaron el proyecto y concluyeron en la factibilidad de incorporarlo al programa de promoción para la industria hidrocarburífera creado por decreto N 278/2021;
Que de acuerdo a los informes contenidos en el expediente, corresponde incorporar el proyecto de Recuperación Terciaria Piloto de Inyección de Polímeros El Trébol Bloque lII en el área Escalante - El Trébol, presentado por YPF S.A. al programa de promoción para la industria hidrocarburífera creado por el decreto Nº 0278/2021;
Que conforme lo determinado por el Ministerio de Hidrocarburos, corresponde fijar las regalías que abonará mensualmente el titular de la concesión de explotación del área Escalante - El Trébol, al Estado Provincial en el seis por ciento 6%, en concepto de regalías hidrocarburíferas en el marco del programa aprobado por el decreto provincial N 278/2021, por la producción incremental de petróleo crudo obtenida de los pozos citados en el Anexo I;
Que tomó intervención la Asesoría General de Gobierno;
POR ELLO:

PÁGINA 3

BOLETÍN OFICIAL

El GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

D E C R E TA :
Artículo 1.- INCORPÓRASE el Proyecto Piloto de Inyección de Polímero El Trébol Bloque III en el área Escalante - El Trébol, presentado por la empresa YPF
S.A. al programa de promoción para la industria hidrocarburífera en el marco del decreto N 278/2021.
Artículo 2.- El titular de la concesión de explotación del área Escalante - El Trébol abonará mensualmente al Estado Provincial el seis por ciento 6% en concepto de regalías hidrocarburíferas según el Artículo 59 de la Ley N 17.319 y Artículo 68 de la Ley XVII N 102, por la producción incremental de petróleo crudo obtenida de los pozos según Anexo I que forma parte del presente, hasta el mes de junio de 2031 inclusive. Vencido dicho plazo el concesionario abonará el doce por ciento 12%
por dicho concepto.
Artículo 3.- FACÚLTASE al Ministerio de Hidrocarburos y a la Dirección General de Rentas, dependiente del Ministerio de Economía y Crédito Público, a dictar los actos administrativos necesarios a los fines de la implementación y fiscalización del proyecto que por el presente decreto se aprueba.
Artículo 4.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Hidrocarburos, de Economía y Crédito Público, y de Gobierno y Justicia.
Artículo 5º.- REGÍSTRESE, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.
Esc. MARIANO E. ARCIONI
Abg. CRISTIAN AYALA
Ing. MARTÍN CERDÁ
Cra. CÁRDENAS RITA MABEL
A/C Ministerio de Economía y Crédito Público ANEXO I
- YPF.Ch. E-1001
- YPF.Ch.E-28 I d - YPF.Ch.E.a-311
- YPF.Ch.E.a-318
- YPF.Ch.E-342
- YPF.Ch.E-383
- YPF.Ch.E-384
- YPF.Ch.E-392
- YPF.Ch.E-472
- YPF.Ch.E-482
- YPF.Ch.E-576
- YPF.Ch.E-622
- YPF.Ch.E-729
- YPF.Ch.E-1115d - YPF.Ch.E-1116d - YPF.Ch.E-1117
- YPF.Ch.E-1118
- YPF.Ch.E-1119d - YPF.Ch.E-1120d - YPF.Ch.E-1121d - YPF.Ch.E-1122d - YPF.Ch.E-1123d - YPF.Ch.E-1124d

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 11/3/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date11/03/2022

Page count24

Edition count4355

First edition07/01/2004

Last issue16/07/2024

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