Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 8/3/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Viernes 8 de Marzo de 2019
Res. N 40

18-02-19

Artículo 1.- Establecer que por la Dirección de Administración Financiera se le abone a la docente renunciante SEIJO, Marta AZUCENA M.I. N 13.677.963 Clase 1959, catorce 14 días de Licencia Anual Reglamentaria año 2013, sesenta 60 año 2014, sesenta 60 año 2015 y quince 15 proporcional año 2016 de acuerdo a lo establecido en el Artículo 2, Inciso J de la Resolución N 1039/87 del ex Consejo Provincial de Educación y sus modificatorias.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado a la Jurisdicción 50: Ministerio de Educación - Programa 92: Reclamos Gastos en Personal de Ejercicios Anteriores - Fuente de Financiamiento 111 y/o 426.

Res. N 41

19-02-19

Artículo 1º.- ASIGNAR partida extraordinaria para servicios de mantenimiento de edificios a Establecimientos Educativos de la Región II - Puerto Madryn, necesarios para garantizar el normal desarrollo educativo, por un total de PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO
CON 35/100 $ 1.844.595,35, distribuidos según detalle de Liquidación de Partidas.Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado a la Jurisdicción 50: Ministerio de Educación - Fuente de Financiamiento 426 - Programa: 17 - Partida: 3.3.1- Ejercicio 2019.

Res. N 42

PAGINA 17

BOLETIN OFICIAL

20-02-19

Artículo 1º.- Aprobar el Diseño Curricular de la Tecnicatura Superior en acompañamiento Terapéutico, presentado por el Instituto Patagónico de Ciencias Sociales Nº 1819 de la ciudad de Puerto Madryn, para las cohortes 2018, 2019 y 2020.
Artículo 2º.- Autorizar la implementación de la Tecnicatura Superior en Acompañamiento Terapéutico para las cohortes 2018, 2019 y 2020 en el Instituto Patagónico de Ciencias Sociales Nº 1819 de la ciudad de Puerto Madryn.
Artículo 3º.- Determinar que quienes cumplimenten los requisitos del Diseño Curricular de la Carrera, se les otorgará el Título de Técnico Superior en Acompañamiento Terapéutico
ACORDADAS
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ACORDADA N 1834/19 C.M.
En la ciudad de Comodoro Rivadavia, Provincia del Chubut, a los veintiún días del mes de febrero del año dos mil diecinueve, se reúne el Consejo de la Magistratura de la Provincia del Chubut, bajo la presidencia del
consejero, Martin MONTENOVO y la asistencia de los señores consejeros: Héctor CARMELINO, Claudio MOSQUEIRA, Oscar Atilio MASSARI, Rafael LUCCHELLI, Julio ARISTARAIN, Carlos DEL MARMOL, Martina EROSTEGUI, Rafael WILLIAMS, María Eugenia JACOBSEN, Enrique MAGLIONE y Mario VIVAS, actuando como Secretario Diego Daniel CRUCEÑO.
VISTO:
Lo dispuesto por los arts. 192 inc. 7 de la Constitución de la Provincia, 16 inc. 6 de la Ley V N 70.
CONSIDERANDO:
La propuesta efectuada por la Comisión de Reglamento y lo resuelto en la sesión plenaria celebrada en el día de la fecha.
POR ELLO:
El Consejo de la Magistratura de la Provincia del Chubut,
ACUERDA
1 Aprobar la reforma del Reglamento del personal del Consejo de la Magistratura, cuya redacción se incorpora como Anexo N1.
2 Dejar constancia que la Consejera Nelly García, no suscribe la presente, por haberse retirado antes de finalizar la sesión, pero la misma participó y voto afirmativamente, lo aquí decidido.
3 Regístrese y publíquese.
MARTIN MONTENOVO
OSCAR MASSARI
ENRIQUE MAGLIONE JULIO CESAR ARISTARAIN HÉCTOR CARMELINO
CARLOS DEL MARMOL
MARTINA EROSTEGUI
MARÍA EUGENIA JACOBSEN
CLAUDIO MOSQUEIRA
RAFAEL LUCCHELLI
RAFAEL WILLIAMS
MARIO VIVAS
Ante mí: DIEGO DANIEL CRUCEÑO
I: 06-03-19 V: 08-03-19
ANEXO Nº 1 DE LA ACORDADA Nº 1834/19
Reglamento del Personal del Consejo de la Magistratura de la Provincia del Chubut.I.- Ámbito de Aplicación.
Art.1 El presente reglamento se aplica al personal que cumple funciones en la Secretaría permanente del Organismo, sometido a las condiciones del régimen del empleo judicial, y en lo pertinente, al personal contratado o eventual Art. 30 Ley V nro. 70.
Art.2 Todo el personal que presta funciones en la Secretaría permanente del Consejo de la Magistratura tiene la obligación de residir en un radio no superior a 70
Km. de la sede temporal del Organismo. El Pleno o Presidencia, ad referéndum de aquel, podrá determinar excepciones basadas en el mejor interés de la Institución, o

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 8/3/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date08/03/2019

Page count25

Edition count4362

First edition07/01/2004

Last issue25/07/2024

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