Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 5/6/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial
Martes 5 de Junio de 2018

Que por todo lo expuesto corresponde efectuar la prórroga del Programa Mi Primer Empleo, por un plazo de noventa 90 días;
Que no existe impedimento formal ni legal para la emisión del presente acto administrativo;
Que ha tomado debida intervención el Asesor General de Gobierno;

DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Prorrógase la Vigencia del Programa Mi Primer Empleo Dto. N 350/18
Rawson, 31 de Mayo de 2018
VISTO:
El Expediente N 2416/2014-STR, el Decreto N
1498/14, la Resolución N 295/15 STR; y CONSIDERANDO:
Que por los actos administrativos mencionados en el Visto se crea e implementa, en el ámbito de la Provincia del Chubut, el Programa Mi Primer Empleo;
Que dicho programa tuvo por objetivo instar la implementación de políticas públicas tendientes a mejorar las condiciones laborales de la población, promocionando la inserción laboral de los grupos más vulnerables;
Que el programa se encuentra destinado a jóvenes de ambos sexos, de entre 18 y 28 años inclusive, a discapacitados y trasplantados de hasta 49 años, y mujeres víctimas de violencia, que se encuentren desocupados y registren domicilio en la Provincia del Chubut;
Que la finalidad pretendida fue impulsar acciones tendientes a generar oportunidades de inclusión social y laboral como medida imprescindible en pos de superar la crisis coyuntural de dicho grupo vulnerable;
Que además, siendo políticas de este Gobierno provincial promover oportunidades que tienden a mejorar las condiciones sociales y económicas de los habitantes de la provincia, resulta una herramienta indispensable para la integración socio laboral de aquel sector;
Que el programa fue recepcionado por la población trabajadora y empresaria interesada con singular notoriedad;
Que atento Mi Primer Empleo tiene vigencia hasta el 31 de Marzo de 2018, resulta adecuado analizar la conveniencia de su mantenimiento;
Que vista las consideraciones que promovieron su dictado, y en atención a que se han mantenido en el tiempo las circunstancias justificantes, resulta necesario prorrogar su vigencia en virtud de la difícil situación que atraviesan localidades de la Provincia, como consecuencia de la situación de emergencia climática y económica que son de público conocimiento;
Que lo mencionado precedentemente encuentra fundamento en la acogida y éxito que ha tenido el programa, y en concordancia con ello la creación de nuevos puestos de trabajo para el grupo involucrado e el mismo;
Que la prórroga que se promueve, se ajusta a la manda de los artículos 28 y 71 de la Constitución Provincial, en cuanto persigue, por un lado, la creación de nuevos puestos de trabajo y, por el otro, la inserción laboral;

POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
D E C R E TA :
Artículo 1.- PRORRÓGASE la vigencia del Programa Mi Primer Empleo, por un plazo de noventa 90
días, a partir desde el 01 de Abril del año, corriente en un todo de acuerdo con lo expuesto en los considerando que anteceden.Artículo 2.- Exceptuar el presente trámite del criterio de irretroactividad dispuesta por el artículo 32 de la Ley I
N 18, por aplicación del punto 3 de misma norma legal.Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en el Departamento de Gobierno y de Coordinación de Gabinete.Artículo 4º.- REGÍSTRESE, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHIVESE.Esc. MARIANO EZEQUIEL ARCIONI
Sr. MARCIAL PAZ
Dr. FEDERICO MASSONI

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N 314

15-05-18

Artículo 1º.- Apruébese la Addenda Convenio de Asistencia Financiera Programa de Convergencia Fiscal entre el Fondo Fiduciario para el Desarrollo Provincial y la Provincia del Chubut, la que fuera protocolizaba al Tomo 1, Folio 285 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno con fecha 15 de mayo de 2018.
Artículo 2º.- Autorízase a ceder, en garantía, de la asistencia concedida, los recursos a percibir por la provincia del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos conforme lo dispuesto en el Artículo 8º del Convenio de Asistencia Financiera Programa de Convergencia Fiscal con fecha 19 de febrero de 2018, como asimismo la autorización a descontar la coparticipación en los términos del Artículo 9º del mismo.

Dto. N 347

23-05-18

Artículo 1º.- Otorgar eficacia retroactiva al acto conforme lo previsto en el Artículo 32 de la Ley I - N 18, por aplicación del Punto 3 de la misma norma legal.
Artículo 2º.- RECONOCER a partir del 01 de mayo de 2018 y hasta la fecha del presente Decreto, la mensualización a los agentes, en los cargos y las dependencias que se detallan en el Anexo I del presente acto.
Artículo 3º.- MENSUALIZAR a partir de la fecha del presente Decreto, y hasta el 31 de diciembre de 2018, a

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 5/6/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date05/06/2018

Page count15

Edition count4362

First edition07/01/2004

Last issue25/07/2024

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