Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/12/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Jueves 28 de Diciembre de 2017

BOLETIN OFICIAL

Cuentas Ejercicio 2017; y CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 744/17
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Municipalidad de Puerto Madryn no ha dado respuesta a la Nota N100/17-F.3 correspondiente a las rendiciones de cuentas del Ejercicio 2017.
Que por Acuerdos Nros. 408/00 y 220/96 dictados por este Tribunal se aprueban normas para la presentación de las Rendiciones de Cuentas cuyo incumplimiento dará lugar a la aplicación de las multas establecidas por los artículos 17º inc. m y n y 18º inc. c de la Ley Nº V-71, según corresponda.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3
resultan responsables Intendente: Ricardo Daniel SASTRE, Viceintendente: Xenia Adriana GABELLA, Secretario de Hacienda: Carlos Alberto TAPIA, Contador General: Marisol FERNÁNDEZ, Tesorero: Carolina Andra TEJADA de la presentación de las Rendiciones de Cuentas mencionadas.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de Puerto Madryn Intendente: Ricardo Daniel SASTRE, Viceintendente: Xenia Adriana GABELLA, Secretario de Hacienda: Carlos Alberto TAPIA, Contador General: Marisol FERNÁNDEZ, Tesorero: Carolina Andra TEJADA a dar respuesta a la Nota N100/17-F.3
correspondiente a las rendiciones de cuentas del Ejercicio 2017 dentro del término de quince 15 días, que al efecto se fija bajo apercibimiento de proceder conforme los artículos 17º inc. m y n y 18º inc. c de la Ley Nº V-71, según corresponda.
Segundo: Regístrese, notifíquese, hágase saber a Fiscalía Nº 3 y cúmplase.
Pte. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO SÁNCHEZ CALOT
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL NÚMERO 300/17
En Rawson, Chubut, 12 de diciembre de 2017
VISTO: El Expte. Nº 34614/2015, caratulado: SECRETARIA DE CULTURA S /Rendición de Cuentas Ejercicio 2015 Presupuesto SAF 14 FF 111
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 145/17
el Relator a cargo de la Fiscalía Nº 10 da cuenta que la SECRETARIA DE CULTURA, ha contestado parcialmente las observaciones efectuadas mediante Nota Nº 68/
17 F. 10 fojas 261 a 263, recepcionada por dicho organismo el 20/10/17;
Que el artículo Nº 35 de la Ley V Nº 71, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones pendientes formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días;
Que asimismo el Artículo Nº 40 de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinan-

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do las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco;
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 10
resultan responsables de la contestación de la nota mencionada la Sra. Graciela Paura, Directora de Administración, y Beatriz Stalla, Tesorera;
Por ello EL TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE:
Primero: Conminar a los responsables, Sra. Graciela Paura, Directora de Administración, y Beatriz Stalla, Tesorera; a dar respuesta a las observaciones pendientes de la Nota Nº 68/17 F. 10, expuestas en el Informe Nº 145/17 F.10, dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente Art.17º, inc. h de la Ley V Nº 71, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme a los artículos 17º, incisos m y n y 41º de la Ley V Nº 71.
Segundo: Regístrese y notifíquese al responsable con copia de la presente y del Informe Nº 145/17 F. 10.
Pte. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO SÁNCHEZ CALOT
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL NÚMERO 301/17
Rawson Chubut, 12 de diciembre de 2017
VISTO: El Expediente Actuación Nº 1580, año 2013, caratulado: ASOCIACION VECINAL PLAYA UNION R/
Ant. Obra Cloacas Playa UniónIng. Mónica Coria.
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 488/17
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 eleva las conclusiones por el periodo que abarca hasta la firma de la adenda en julio de 2013, surgidas del análisis de los descargos efectuados mediante las notas adjuntas a fojas 358 a 359 y 363 a 366 respecto al Informe N 720/16 de fojas 341 a 346.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el incumplimiento de la presente resolución dará lugar a las multas prescriptas por los artículos 17º incisos m y n y 18 inc. c de la citada Ley.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este Organismo, resultan responsables de la contestación: Ex Intendente: Adrián Gustavo López Hasta 10/
12/2011, Ex Secretario de Hacienda: Carlos Alberto Innocenti Desde 26/08/2009 hasta 26/05/2010, Ex

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 28/12/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date28/12/2017

Page count17

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First edition07/01/2004

Last issue09/08/2024

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