Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 29/9/2017
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PAGINA 2
BOLETIN OFICIAL
Viernes 29 de Septiembre de 2017
Superior Tribunal de Justicia que aquí certifico.
Sección Oficial
ALEJANDRO JAVIER PANIZZI
MARIO LUIS VIVAS
JORGE PFLEGER
MIGUEL ANGEL DONNET
ACUERDOS
PODER JUDICIAL
JOSÉ H. O. MAIDANA
Secretario
ACUERDO PLENARIO N 4565/17.En la ciudad de Rawson, Capital de la Provincia del Chubut, a los 26 días del mes de Septiembre del año 2017, reunidos en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia, los señores Ministros que suscriben el presente.
VISTO:
El Acuerdo Plenario N 4554/17.
Y CONSIDERANDO:
Que mediante el Acuerdo del VISTO se estableció la posibilidad de que los actos procesales que requieren la concurrencia de Magistrados de las Cámaras en lo Penal de la Provincia a una Circunscripción Judicial, distinta a la que tienen su asiento habitual y en el marco de su competencia, se puedan realizar por medios electrónicos, sin necesidad de presencia material en la sede del organismo Jurisdiccional convocante.
Que durante el mes en curso, se mantuvo una reunión con diferentes actores del sistema penal de la que, luego de un enriquecedor debate, surgieron interesantes conclusiones que ameritan un rediseño de la faz práctica de ese Acuerdo.
Que, atento a las inquietudes surgidas, se advierte la necesidad de suspender la vigencia del Acuerdo Plenario N 4554/17 por un lapso de seis meses, contados desde la firma del presente, para efectuar un diagnóstico de situación de las acciones desarrolladas y a desarrollar para el mejor cumplimiento de los fines allí establecidos.
Por ello, el Superior Tribunal de Justicia reunido en Acuerdo Plenario:
ACUERDA
1 SUSPENDER la vigencia del Art. 1 del Acuerdo Plenario N 4554/17 por el lapso de tres meses, contados a partir de la firma del presente.
2 ESTABLECER que, en un plazo de treinta días, la Secretaría de Planificación y Gestión SPyG deberá efectuar un diagnóstico de situación de las acciones desarrolladas y a desarrollar para el mejor cumplimiento de los fines establecidos en el Acuerdo Plenario N 4554/17.
3 REGÍSTRESE, publíquese en la página WEB del Poder Judicial, en Jusnoticias, en el Boletín Oficial y en el Boletín de Novedades Judiciales.
Con lo que se dio por finalizado el presente Acuerdo, con la firma de los señores Ministros del
ACUERDO PLENARIO N 4567/17.En la ciudad de Rawson, Capital de la Provincia del Chubut, a los 27días del mes de Septiembre del año 2017, reunidos en la Sala de Acuerdos del Superior Tribunal de Justicia, los señores Ministros que suscriben el presente.
VISTA y CONSIDERANDO:
La referencia a por un lapso de seis meses que se verifica en el tercer párrafo de los CONSIDERANDOS del Acuerdo Plenario N 4565/17.
Que la misma no altera en lo sustancial al Plenario referido, pero no guarda relación con el Art. 1 de la parte dispositiva del mismo.
Por ello, el Superior Tribunal de Justicia reunido en Acuerdo Plenario:
ACUERDA
1 ACLARAR que, en el tercer párrafo de los CONSIDERANDOS del Acuerdo Plenario N 4565/17, dónde dice: por un lapso de seis meses debe decir
por un lapso de tres meses
2 REGÍSTRESE, publíquese en la página WEB del Poder Judicial, en Jusnoticias, en el Boletín Oficial y en el Boletín de Novedades Judiciales.
Con lo que se dio por finalizado el presente Acuerdo, con la firma de los señores Ministros del Superior Tribunal de Justicia que aquí certifico ALEJANDRO JAVIER PANIZZI
JORGE PFLEGER
MIGUEL ANGEL DONNET
JOSÉ H. O. MAIDANA
Secretario
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