Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 2/10/2015

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 12

BOLETIN OFICIAL

Artículo 2º.- ESTABLECESE que el monto máximo a financiar será de PESOS TRESCIENTOS MIL $ 300.000.
Artículo 3º.- Las tasas de interés financiero, moratorio y punitorio que se aplicarán a los créditos que se otorguen en el marco del Fondo de Asistencia Crediticia para Pequeños Productores Agropecuarios y de la presente resolución, será del CINCO POR CIENTO 5% anual en el caso de que el beneficiario sea integrante de una Asociación o Cooperativa agropecuarias, y del DIEZ POR CIENTO 10% en el caso que no lo fuera. En el primer caso deberá acreditarse el cumplimiento en el pago de la cuota correspondiente.Artículo 4º.- APRUEBASE el Formulario de Solicitud Común, las Planillas Especiales, el modelo de Contrato de Mutuo, y la Operatoria.Artículo 5º.- Los créditos que se encuentren en trámite en el marco de la línea CRECER, podrán ser encuadrados y reconducidos en la línea del Fondo de Asistencia Crediticia para Pequeños Productores Agropecuarios, en la medida que los mismos cumplimenten con los destinos, requisitos y condiciones previstos para la referida línea.Artículo 6º.- DESIGNASE como representantes de la Corporación de Fomento del Chubut CORFOCHUBUT en el Comité Ejecutivo establecido en el artículo 7 de la Ley IX Nº 35, al Director del Ente para el Desarrollo Regional respectivo de acuerdo al ámbito territorial del proyecto presentado, y al Gerente de Financiamiento.
Artículo 7º.- El representante de las organizaciones sectoriales que nuclean a los productores será designado por las Mesas de Desarrollo correspondiente al área de ubicación del proyecto. En el caso que no se hubiera constituido ninguna, será convocado un representante de la Cooperativa o Asociación agropecuarias correspondiente al área de ubicación del proyecto, independientemente si el beneficiario sea integrante o no de las mismas.
Artículo 8º.- La ejecución del presente Programa y los pagos de las sumas de dinero que de él deriven, quedarán supeditados a la existencia de partidas presupuestarias aprobadas y disponibles, pudiendo extinguirse sin necesidad de invocación de causa alguna y sin generar derecho a indemnización de ningún tipo al momento del agotamiento de fondos y/o partidas presupuestarias asignadas.Artículo 9º.- El gasto que demande la presente será financiado en la Fuente de Financiamiento 2.23.

Res. Nº 282

09-09-15

Artículo 1º.- RECHACENSE todas las propuestas presentadas en el Concurso Privado de Precios N 03/
2015-VEP LA TROCHITA, en los términos del artículo 114 de la Ley II N 76.-

Res. Nº 283

10-09-15

Artículo 1º.- APRUEBASE la adjudicación del Renglón N 1 de la Licitación Privada N 001/2015-CCH a ARHA S.A., C.U.I.T. N 30-53952983-4, con domicilio
Viernes 2 de Octubre de 2015

legal en Avenida La Plata N 1736 de la ciudad de Trelew, Provincia del Chubut, por ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones.
Artículo 2º.- APRUEBASE la adjudicación de los Renglones N 3 y 5 de la Licitación Privada N 001/2015CCH a ARHA S.A., C.U.I.T. N 30-53952983-4, con domicilio legal en Avenida La Plata N 1736 de la ciudad de Trelew, Provincia del Chubut, por ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones y resultar ser la oferta económicamente más conveniente a los intereses del Organismo.
Artículo 3º.- APRUEBASE la adjudicación del Renglon N 4 de la Licitación Privada N 001/2015-CCH a SARFE
AGROVIAL S.R.L., C.U.I.T. N 30-68954666-4, con domicilio legal en la calle Bolivia N 1055 de la ciudad de General Roca, Provincia de Rio Negro, y con domicilio constituido a los fines de la presente adquisición en el Barrio Comercio Casa B 293 de la ciudad de Trelew, Provincia del Chubut, por ajustarse a lo solicitado en el Pliego de Bases y Condiciones y resultar ser económicamente más conveniente a los intereses del Organismo.
Artículo 4º.- DECLARESE fracasado el Renglón N 2
de la Licitación Privada N 001/15-CCH, por resultar las ofertas presentadas inadmisibles.Artículo 5º.- AUTORÍCESE a la Gerencia Administrativo Contable de la Corporación de Fomento del Chubut CORFO-CHUBUT, al pago de las facturas que se extiendan una vez cumplido el objeto de la contratación autorizada precedentemente y previa conformación de la misma, quedando autorizado a pagar a SARFE
AGROVIAL S.R.L. mediante depósito por Clave Unica Bancaria CBU.Artículo 6º.- Encuádrese el presente trámite en lo previsto en el artículo 95 inciso b de la Ley II N 76 y la Resolución N 006/12-CCH modificada por la Resolución N 023/13-CCH.Artículo 7º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente trámite será imputado de la siguiente manera: Jurisdicción 2.67 SAF 601 Programa 23 - Actividad A01 - IPP 4.3.1 - Fuente de financiamiento 5.53
Ejercicio 2015.

RESOLUCIÓN CONJUNTA
MINISTERIO DE LA FAMILIA Y PROMOCIÓN
SOCIAL Y MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y TRANSPORTE

Res. Conj. Nº IV-175-MFyPS y II-153-MGDHyT

24-09-15

Artículo 1.- Exceptúase el presente trámite del criterio de irretroactividad establecido por el punto 1 del Artículo 32 de la Ley I N 18, por aplicación del punto 3
de la misma norma legal.
Artículo 2.- Autorizar la prórroga de asignación de funciones en la Comuna Rural de la localidad de Cushamen, dependiente de la Subsecretaría de Asun-

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 2/10/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date02/10/2015

Page count32

Edition count4348

First edition07/01/2004

Last issue04/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Octubre 2015>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031