Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/3/2015

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

Artículo 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91-SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 96, Actividad 1, Fuente de Financiamiento 1.11, Partida 576.01: Aportes a Gobiernos Municipales, Ejercicio 2015.-

RESOLUCION
INSTITUTO PROVINCIAL DEL AGUA
Resolución N 34/2015.
RAWSON, 9 de Marzo 2015.
VISTO:
El Expediente Nº 171 /15 AGRH IPA, y;
CONSIDERANDO:
Que los usuarios del Sistema de Riego y Drenaje del Valle de Sarmiento venían abonando desde el año 1995 por intermedio de la Cooperativa de Servicios Públicos de Sarmiento la suma de $1,20 + IVA/ha/mes lo que arroja aproximadamente la suma de $ 17 /hectárea/
año, como única cifra en concepto de canon de riego, comprensiva de la utilización del recurso y del costo de operación y mantenimiento del sistema;
Que dicho importe resulta exiguo dado su desactualización;
Que recientemente la Cooperativa ha dejado de percibir dichos importes;
Que por otro lado, la Provincia ha efectuado en los últimos años fuertes inversiones en obras de limpieza, construcción de canales ampliación de la red de riego y drenaje Sarmiento conforme informa el Director de Obras a fojas 4;
Que de los Artículos 45,46 y 55 del Decreto reglamentario 216/98 Anexo A, reglamento de usuarios de agua con destino agrícola, se desprende que el canon, comprende tanto el uso del recurso para riego como los costos de operación y mantenimiento del sistema;
Que a partir de la obligación estatuida en el Artículo 61 de la Ley XVII Nº 88 en cabeza de los consorcios de usuarios de agua de administrar, usar, conservar y preservar los canales, comuneros y desages menores de la Provincia, y el Artículo 4 de la Resolución 97/11, -Reglamentación transitoria para los consorcios de usuarios-, que asigna el carácter de recursos de los consorcios, a las cuotas de servicio de riego y drenaje a abonar por los usuarios; cabe interpretar un desdoblamiento del contenido del canon, dado que, la cuota o canon operativo por el servicio de riego y drenaje pasa a integrar el patrimonio del consorcio; subsistiendo en cabeza de la Autoridad de Aplicación el derecho a percibir el canon por el uso agrícola conforme el Art. 188 inc. b de la Ley XVII Nº 53 y 54
inc. a de la Ley XVII Nº 88;

Martes 17 de Marzo de 2015

Que la circunstancia de que hasta la fecha los usuarios del Valle Sarmiento no se hayan constituido como consorcio, no los exime de los costos operativos aludidos que, para este año -sin contabilizar obras de limpieza y reparaciones-, ascienden a la cifra estimada de $ 1.295.987 un millón doscientos noventa y cinco mil novecientos ochenta y siete conforme informe de la contadora Cominetti, y que resultan solventados íntegramente por la Provincia, a través del IPA, Que en función de los costos, prorrateado entre las has bajo riego que actualmente rondan las 6000 has según constancia obrante en autos emitida por el Ing.
Cadiboni, surge como razonable actualizar la cuota en el monto de $ 200 pesos doscientos por ha/ por año;
Que ha tomado intervención la Asesoría Legal del Instituto Provincial del Agua;
POR ELLO:
EL ADMINISTRADOR GENERAL DE RECURSOS
HÍDRICOS DEL INSTITUTO PROVINCIAL DEL AGUA

R E S U E LV E
Artículo 1º.- APRUEBASE el valor de la cuota por gasto de operación y mantenimiento del Sistema de Riego y Drenaje del Valle de Sarmiento por la suma de PESOS DOSCIENTOS $ 200,00 HECTAREA/AÑO.Artículo 2º.- Establécese que la misma deberá ser abonada en tres cuotas trimestrales con vencimiento el 30/4/15, el 31/8/15 y el 31/12/15 respectivamente, por los usuarios del Valle Sarmiento del 1 al 10 de cada mes en el Banco del Chubut S.A mediante obtención de boleta sigla AB de pago canon agua, emitida por la Dirección de Rentas de la Provincia del Chubut o ingresando a la página www.chubut.gov.ar//DGR.
Artículo 3º.- El pago fuera de término devengará un interés mensual equivalente a la tasa activa del Banco del Chubut S.A para sus operaciones ordinarias de descuento de documentos a treinta 30 días, al tiempo de vencimiento de la obligación y hasta el efectivo pago Artículo 64 Anexo Decreto 216/98.Artículo 4º.-CUMPLIDO, Regístrese Notifíquese, Publíquese en el Boletín Oficial y ARCHIVESE.Ing. Pablo RIMOLDI
Administrador General de Recursos Hídricos Instituto Provincial del Agua
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE COORDINACIÓN DE GABINETE

Res. Nº V-14

02-02-15

Artículo 1.- Autorizar a las Direcciones dependientes de la Subsecretaría de Medios y Comunicación Pública - Ministerio de Coordinación de Gabinete, a realizar tareas en horario extraordinario durante el mes de febrero de 2015.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/3/2015

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date17/03/2015

Page count38

Edition count4356

First edition07/01/2004

Last issue17/07/2024

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