Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 25/7/2014
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PAGINA 10
BOLETIN OFICIAL
ANEXO I
EMPRESA
Patagonia Argentina S.R.L.
ACEVEDO, Santiago BENITEZ BELLINI
PASCUAL, Alberto DIADEMA S.R.L.
Bahía S.R.L.
Sargento Cabral El 22 S.R.L.
Dto. Nº 899
BOLETOS/VIAJES
120.000
2.000
45.000
1.300
2.500
5.500
7.000
20.000
18-07-14
Artículo 1º.- OTÓRGASE un subsidio en los términos del Decreto N 1304/78 modificado por los Decretos N 1232/00 y 2424/04, a favor de Petrominera Chubut Sociedad del Estado, en su persona Licenciado Oscar Alfredo CRETINI D.N.I. N 12.987.172 en carácter de Director Presidente por la suma de PESOS
UN MILLÓN $ 1.000.000, destinados a Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos con el objeto de finalizar la Obra Reacondicionamiento con Adoquines intertrabados en calles de acceso a la Estación de Servicio MAS Módulo de Abastecimiento Social de la localidad de Cushamen.Artículo 2.- IMPÚTASE el gasto que demande el cumplimiento del presente cuyo monto Asciende a la suma de PESOS UN MILLÓN $ 1.000.000,00, en la Partida: SAF 88 - Programa 1 - Actividad 1 - Inciso 5 Principal 8 - Parcial 6 - F.F. 603 - Ejercicio 2014.Artículo 3.- El aporte otorgado deberá ser invertido dentro de los TREINTA 30 días de recepcionado, y rendido al Tribunal de Cuentas de la Provincia dentro de los SESENTA 60 días de su inversión, remitiendo copia a la Dirección General de Administración del Ministerio de Economía y Crédito Público.-
Dto. Nº 900
18-07-14
Artículo 1.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHENTA Y UNO $
9.968.081.-, a favor de Petrominera Chubut Sociedad del Estado, representado por su Presidente, señor CRETINI, Oscar Alfredo DNI 12.987.172, con destino a la ejecución de obras.Artículo 2.- El subsidio otorgado en el artículo 1º deberá ser invertido por el Responsable dentro de los sesenta 60 días de recepcionado y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia con copia al Ministerio de Economía y Crédito Público y a la Dirección de Administración de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Servicio de la Deuda.Artículo 3.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2014, en la Jurisdicción 8.
S.A.F. 88 -SAF Secretaría de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF
Obligaciones a Cargo del Tesoro.Artículo 4.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 91, S.A.F.
91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 98, Actividad 9, Fuente de Financiamiento 6.05, Partida 557.01:
Transferencias a Empresas Privadas.-
Viernes 25 de Julio de 2014
Artículo 5.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
Dto. Nº 901
18-07-14
Artículo 1º.- Otórgase un aporte no reintegrable por la suma de PESOS ONCE MILLONES TRECIENTOS SETENTAMIL
CIENTO SESENTA Y SEIS $ 11.370.166.-, a favor de Petrominera Chubut Sociedad del Estado, representado por su Presidente, señor CRETINI, Oscar Alfredo DNI 12.987.172, con destino a la ejecución de obras.Artículo 2.- El subsidio otorgado en el artículo 1º deberá ser invertido por el Responsable dentro de los sesenta 60 días de recepcionado y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia con copia al Ministerio de Economía y Crédito Público y a la Dirección de Administración de Obligaciones a Cargo del Tesoro y Servicio de la Deuda. Artículo 3.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados para el Ejercicio 2014, en la Jurisdicción 8. S.A.F. 88 -SAF Secretaría de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos y en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91 - SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro.Artículo 4.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto será imputado en la Jurisdicción 91, S.A.F. 91-SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro, Programa 98, Actividad 9, Fuente de Financiamiento 6.05, Partida 557.01: Transferencias a Empresas Privadas.Artículo 5.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-
RESOLUCIONES
SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA, PLANEAMIENTO Y SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Nº 277/14.
Rawson, 10 de Julio de 2014.VISTO:
El Expediente N 003820 -SIPySP-14, el Decreto Nº 458/14, la Resolución Nº 145 SIPy SP/14, y;
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto se tramita la aprobación de las Nuevas Tablas de Precios Medios para Obras de Arquitectura e Infraestructura correspondiente al mes de Mayo de 2014 y Tablas de Precios Viales correspondiente al mes de Mayo de 2014 de aplicación en el Régimen Simplificado de Redeterminación de Precios de Contrato;
Que la Dirección de Registros y Control Gestión dependiente de la Subsecretaría de Obras Públicas es el Organismo facultado para el relevamiento de datos y confección de Tablas de Precios Mensuales que emite la Provincia y en cumplimiento de la Ley I Nº 11, el Decreto Reglamentario 920/02 y el Decreto Nº 458/14;
Que mediante el Artículo 1º de la Resolución Nº 00145 SIPySP/14 se aprueba como fuente para la con-