Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/6/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO SINTIZADO
Dto. Nº 125

13-02-14

Artículo 1.- Unificar, modificar la denominación y, Misiones y Funciones de la Subsecretaría de Coordinación con Organismos Multilaterales de Crédito, aprobadas mediante Decreto N 192/04 y la Unidad Ejecutora Provincial, creada mediante Decreto N 1609/90, creándose la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Economía y Crédito Público, la que funcionará bajo la dependencia directa del Ministro del Área.Artículo 2.- Modificar, a partir de la fecha del presente Decreto, la estructura orgánico funcional de la Subsecretaría de Coordinación con Organismos Multilaterales de Crédito del Ministerio de Economía y Crédito Público, aprobada mediante Decreto N 735/
11, eliminándose, las Direcciones de: Administración y Contrataciones y modificándose la denominación de los Departamentos Ejecución y Control de Proyectos de Fortalecimiento Institucional y de Obras Públicas los que pasarán a denominarse: Ejecución y Control de Proyectos y; Adquisiciones, respectivamente.Artículo 3.- Crear, a partir de la fecha del presente Decreto, en la órbita de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Economía y Crédito Público, la Dirección General de Proyectos de la que dependerán: la Dirección de Proyectos para Fortalecimiento Institucional y el Departamento Ejecución y Control de Proyectos; la Dirección General de Administración de la que dependerán los Departamentos: de Tesorería; Contabilidad, Presupuesto y Rendiciones y; Control de Gestión de Programas de Financiamiento Externo; la Dirección General de Contrataciones de la que dependerá el Departamento Adquisiciones; la Dirección General de Sistemas; la Dirección General de Planeamiento y Desarrollo Operativo y; la Dirección General de Coordinación Administrativa. Artículo 4.- Crear, a partir de la fecha del presente Decreto, en la órbita de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Economía y Crédito Público, las Direcciones: de Asuntos Legales dependiente del Organismo citado; de Proyectos de Inversión dependiente de la Dirección General de Proyectos; de Gestión Operativa dependiente de la Dirección General de Planeamiento y Desarrollo Operativo y; de Gestión Administrativa dependiente de la Dirección General de Coordinación Administrativa.Artículo 5.- Crear, a partir de la fecha del presente Decreto, en la órbita de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Economía y Crédito Público, los Departamentos: Mesa de Entradas, Salidas y Archivo dependiente del citado Organismo y; Gestión Técnica y Administrativa de Proyectos y de Certifi-

Martes 17 de Junio de 2014

caciones, ambos dependientes de la Dirección General de Proyectos.Artículo 6.- Aprobar, a partir de la fecha del presente Decreto, la estructura orgánico funcional de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Economía y Crédito Público, de acuerdo a lo expresado en los Artículos que anteceden.Artículo 7.- Aprobar las Misiones, Funciones y Requisitos para ocupar el cargo de la Unidad Ejecutora Provincial del Ministerio de Economía y Crédito Público, del Coordinador General; Coordinador Ejecutivo; las Direcciones Generales de: Proyectos;
Administración; Contrataciones; Sistemas;
Planeamiento y Desarrollo Operativo y; Coordinación Administrativa, de las Direcciones de: Proyectos de Inversión; Gestión Operativa; Gestión Administrativa y; Asuntos Legales y, de los Departamentos: Gestión Técnica y Administrativa de Proyectos; de Certificaciones; Ejecución y Control de Proyectos; Adquisiciones; de Informática y; Mesa de Entradas, Salidas y Archivo; de acuerdo al Anexo N
III, que forma parte integrante del presente Decreto.ANEXO N III
MINISTERIO DE ECONOMÍA y CRÉDITO PUBLICO
UNIDAD EJECUTORA PROVINCIAL
MISIÓN:
Gestionar el ingreso a los programas y/o proyectos financiados con fuentes de financiamiento externas y administrar la ejecución de los mismos brindando asistencia técnica a los Organismos Provinciales y Municipales.FUNCIONES:
a Gestionar el ingreso a Programas/Proyectos financiados con fuente de financiamiento externo.b Administrar las líneas de financiamiento disponibles coordinando y asesorando a los sectores ya existentes que estén desarrollando o ejecutando programas o convenios con asistencia crediticia externa.
c Supervisar permanentemente la ejecución de los Programas/Proyectos en la Provincia y el cumplimiento de las metas comprometidas en cada uno y promover las correcciones instruyendo a tal fin a cada una de los Organismos intervinientesd Representar a la Provincia ante los organismos nacionales e internacionales de financiamiento y/o asistencia económica, y frente a las unidades o dependencias del Gobierno nacional que administren, coordinen o ejecuten líneas crediticias y/o programas con subsidios.e Centralizar todas las actividades relativas a los Programas, incluyendo las relaciones con los municipios, las Unidades Ejecutoras del Gobierno Nacional y los Bancos.f Asistir a los distintos organismos Provinciales y Municipales, que ejecuten programas, subprogramas y proyectos con financiamiento o subsidios externos.-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 17/6/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date17/06/2014

Page count41

Edition count4370

First edition07/01/2004

Last issue06/08/2024

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