Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/12/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Viernes 27 de Diciembre de 2013

BOLETIN OFICIAL

lógicas Paola Romina AGERO, DNI. Nº 24.245.644, con domicilio legal en calle López y Planes N 35 de la ciudad de Trelew, Provincia de Chubut, teniendo un plazo de Un 1 año a partir de su renovación para cumplimentar con los requisitos contemplados en el Decreto 39/2013Artículo 2º.- La Licenciada en Ciencias Biológicas Paola Romina AGERO, DNI. Nº 24.245.644, deberá mantenerse actualizada y capacitarse periódicamente en temas ambientales, cumplimentando los deberes establecidos en los artículos 12, 15 y 16 del Decreto 39/2013, bajo apercibimiento de ley.Artículo 3º.- La Licenciada en Ciencias Biológicas Paola Romina AGERO, D.N.I. Nº 24.245.644, deberá confeccionar los documentos ambientales que presente bajo su exclusiva responsabilidad y en función de las incumbencias profesionales determinadas para su título universitario, de acuerdo a la categoría en la que fue inscripta, debiendo acompañar copia de las mismas en cada presentación.-

Disp. 266

06-12-13

Artículo 1º.- RENUÉVESE Y REEMPADRÓNESE con el Nº 089 del Registro Provincial de Prestadores de Consultoría Ambiental para las categorías Consultoría Ambiental, Actividad Minera Minerales de primera y segunda categoría y Actividad Minera Minerales de tercera categoría al Licenciado en Ciencias Geológicas Raúl Osvaldo BARNECHE, D.N.I. Nº 5.524.021, con domicilio legal en calle Avenida Guillermo Rawson Nº 1350, Playa Unión, de la ciudad de Rawson, Provincia de Chubut.Artículo 2º.- El Licenciado en Ciencias Geológicas Raúl Osvaldo BARNECHE, D.N.I. Nº 5.524.021,.deberá mantenerse actualizado y capacitarse periódicamente en temas ambientales, cumplimentado los deberes establecidos en los artículos 12, 15 y 16 del Decreto 39/
2013, bajo apercibimiento de ley.Artículo 3º.- El Licenciado en Ciencias Geológicas Raúl Osvaldo BARNECHE, D.N.I. Nº 5.524.021, deberá confeccionar los documentos ambientales que presente bajo su exclusiva responsabilidad y en función de las incumbencias profesionales determinadas para su título universitario, de acuerdo a las categorías en las que fue inscripto, debiendo acompañar copia de las mismas en cada presentación.-

Disp. Nº 267

18-12-13

Artículo 1º.- APRUÉBESE la Descripción Ambiental del Proyecto denominado: Planta de Alimentos Balanceados, presentado por la CORPORACIÓN DE FOMENTO DEL CHUBUT CORFO en su carácter de responsable legal y técnico de la obra ubicada según nomenclatura catastral Ejido 17, Circunscripción 4, Sector 1, Chacra 22, en las coordenadas geográficas: Latitud 43 16
46,46 S, Longitud 65 30 17,85 O de la localidad de Gaiman, Departamento Gaiman, Provincia del Chubut.Artículo 2º.- La presente disposición de aprobación no exime al titular del Proyecto de solicitar las auto-

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rizaciones que sean pertinentes para ejecutar el mismo.Artículo 3º.- La CORPORACIÓN DE FOMENTO DEL
CHUBUT CORFO, será la responsable del cumplimiento de las medidas de mitigación para los impactos ambientales adversos de la obra así como de lo establecido en el Artículo 53 in fine Anexo I Decreto 185/09
modificado por el Decreto 1476/11.
Artículo 4º.- La empresa adjudicataria de la construcción de la planta deberá:
a Prestar especial atención en el manejo de los residuos que se generen en la obra, acopiando y disponiéndolos de manera adecuada. En caso de utilizar sustancias peligrosas, deberá indicar tipo, cantidad y sitios de acopio.
b Indicar el sitio de extracción de los áridos utilizados en obra.
Artículo 5º.- La CORPORACIÓN DE FOMENTO DEL
CHUBUT CORFO deberá:
a Presentar un Plan de Monitoreo en el cual se incluya ruido y vibraciones en el área de influencia de la Planta. Deberá indicar cómo se realizará el control del Material Particulado proveniente de la trituración de los cereales y medidas de mitigación de olores provenientes del proceso de pelletizado.
b Presentar un diagrama de flujo en el cual se indique dentro de las etapas de proceso la generación de efluentes líquidos, sólidos y gaseosos y su tratamiento y disposición final.
c Generar control sobre el suelo en las proximidades de la planta para determinar la cantidad de residuos de polvo que se podrían acumular, haciendo las correcciones para evitar la contaminación.
d Presentar póliza de seguro de daño ambiental de incidencia colectiva, previsto en el artículo 22 de la ley Nº 25675 y sus reglamentaciones, o de seguro de caución en el caso de ser materialmente imposible la contratación del primero, a favor de la Provincia del Chubut, en el caso de corresponder.
Artículo 6º.- El incumplimiento de los artículos anteriores significará la suspensión inmediata de los efectos de la presente Disposición de Aprobación, sin perjuicio de las sanciones que pudieran corresponder.-

Disp. Nº 268

18-12-13

Artículo 1º.- APRUÉBESE la Descripción Ambiental del Proyecto denominado: Repavimentación con Microaglomerado de 12 mm, Ruta Provincial N 30, tramo: Empalme Ruta Nacional N 3 - Camarones, Sección:
Empalme Ruta Nacional N 3- Progresiva 15+552,58 L
= 15,55 Km. Departamento Ameghino, Provincia del Chubut, presentado por la ADMINISTRACIÓN DE
VIALIDAD PROVINCIAL A.V.P. en su carácter de responsable legal y técnico de la obra ubicada en las coordenadas geográficas de inicio de obra: 44
35 40,01 S y 66 30 34,1 W y de fin de obra: 44
39 38,05 S y 66 20 44,4 W, Lote 21 b, Sección CII, Fracción D, Departamento Ameghino, Provincia del Chubut.Artículo 2º.- La ADMINISTRACIÓN DE VIALIDAD
PROVINCIAL, será la responsable del cumplimiento de

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/12/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date27/12/2013

Page count28

Edition count4371

First edition07/01/2004

Last issue07/08/2024

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