Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/11/2013

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Jueves 7 de Noviembre de 2013

BOLETIN OFICIAL

Artículo 5.- REGÍSTRESE, comuníquese, publíquese, y cumplido ARCHÍVESE.
Dr. MARTIN BUZZI
CARLOS TOMAS ELICECHE
Mgtr. GABRIELA MARISA DUFOUR
Prof. PEDRO ARTURO ZUDAIRE
ANEXO I
CONTRATO DE MUTUO
Entre la CORPORACIÓN DE FOMENTO DEL CHUBUT
CORFO-CHUBUT, representado en este acto por , con domicilio en Luis Costa y Mariano Moreno de la ciudad de Rawson, Chubut en adelante denominado EL MUTUANTE, y ALPESCA S.A. representada en este acto por el Sr. ., DNI N
en carácter de ., con domicilio en , en adelante denominado EL
MUTUARIO, se celebra el presente contrato de mutuo o préstamo de dinero de acuerdo a las siguientes cláusulas:
PRIMERA. OBJETO: El MUTUANTE da en préstamo al MUTUARIO la suma de PESOS DIEZ MILLONES $
10.000.000, cancelable según detalle de la cláusula quinta.SEGUNDA: El presente préstamo se destinará a capital de trabajo de la Mutuaria y será cancelado por ésta, con el producido de la venta de la mercadería que posee en stock en las cámaras frigoríficas de la Planta de Puerto Madryn a la fecha del presente contrato, según el detalle identificado como ANEXO A y/o de aquella que acopie o contengan en sus instalaciones y/o buques.TERCERA: EL MUTUANTE depositará las sumas prestadas en la cuenta corriente N 04-01- 310203/
5 Sucursal Puerto Madryn a nombre de ALPESCA
S.A. por un monto máximo de PESOS DIEZ MILLONES $ 10.000.000, sirviendo la constancia de transferencia como suficiente recibo y acreditación de ello. Las sumas depositadas serán inmediatamente transferidas, a través del Banco del Chubut S.A, según el detalle del Anexo B, que forma parte de este contrato, autorizando ambas partes a llevar a cabo las transferencias anteriormente indicadas.- La firma ALPESCA S.A. autoriza expresamente al Banco del Chubut S.A. a debitar de su cuenta corriente los importes necesarios para el cumplimiento del presente.CUARTA: Los montos liquidados en concepto de sueldos serán depositados en las cuentas haberes respectivas, siguiendo el detalle consignado en el ANEXO
B, el que cuenta con la conformidad y certificación de las asociaciones sindicales y gremiales de la actividad, suscribiendo este mutuo al pie, como prueba de ello.
Asimismo, las asociaciones sindicales y gremiales an-

PAGINA 3

teriormente indicadas manifiestan su conformidad al préstamo aquí instrumentado, así como respecto de todas sus cláusulas, comprometiéndose a realizar las gestiones necesarias para el inmediato reinicio de las actividades laborales de los empleados de ALPESCA
S.A.QUINTA. FORMA DE PAGO: El Mutuario cancelará el préstamo otorgado según la cláusula primera, con el producido de la venta de la mercadería detallada en el ANEXO A de este instrumento, en DOS 2 CUOTAS.La primera cuota será abonada a los SIETE 7 DÍAS
HÁBILES de la fecha del presente contrato.La segunda cuota o el remanente de la deuda, será cancelada, en un plazo máximo de QUINCE 15 DÍAS
HÁBILES de la firma del presente.SEXTA: El incumplimiento de cualesquiera obligaciones contractuales, facultará al MUTUANTE a dar por caducos los plazos de lo adeudado, pudiendo reclamar el pago total como si fuesen vencidas y exigibles, con más un interés compensatorio que fija el Banco del Chubut S.A. para sus obligaciones vencidas de descuento de documentos comerciales, con más los intereses punitorios equivalentes al 50% de los de tipo compensatorio.SEPTIMA. GARANTÍA: En garantía de la cancelación total del préstamo, el MUTUARIO constituye en este mismo acto una cesión de los derechos que tiene y le corresponde a la firma ALPESCA S.A. sobre los permisos de pesca otorgados por la Provincia de Chubut y/o el Estado Nacional.El MUTUARIO se obliga a suscribir todos los instrumentos legales y administrativos que fueren requeridos por CORFO CHUBUT, para la instrumentación de la cesión y/o transferencia de los permisos dados en garantía a favor del MUTUANTE, señ a l a d o s e n p á r r a f o a n t e r i o r, i n c l u y e n d o específicamente la vinculación de los permisos con la embarcación/es que CORFO CHUBUT disponga.CORFO CHUBUT se reserva el derecho y las acciones que considere corresponder por el incumplimiento de las obligaciones contraídas por ALPESCA
S.A.
OCTAVA, CODEUDORES: los Sres
., con DNI N ., se constituyen en codeudores de todas las obligaciones que surgen a cargo del Mutuario del presente contrato, durante fa vigencia del mismo y aún después de vencido, hasta su total cumplimiento, haciéndose expresa renuncia a los beneficios de excusión y división. En los supuestos de ausencia, muerte, incapacidad o falencia de los codeudores, acreditados estos extremos, el Mutuario deberá reemplazarlos -a satisfacción del Mutuanteen un término de diez días, bajo pena de darse por rescindido el contrato.-

About this edition

Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 7/11/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date07/11/2013

Page count23

Edition count4351

First edition07/01/2004

Last issue10/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Noviembre 2013>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930