Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 5/4/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

imputado a la Jurisdicción 50: Ministerio de Educación - Programa 17: Educación General Básica - Actividad 1 - Educación General Básica, Inciso 3, Partida Principal 5, Parcial 9, Fuente de Financiamiento 111 -Ejercicio 2013.

RESOLUCION
MINISTERIO DE ECONOMÍA Y CRÉDITO
PÚBLICO
Resolución Nº 57/13.
RAWSON, 21 de Marzo de 2013.
VISTO:
El expediente 1731/12-EC, la Ley Provincial II Nº 145, y las Resoluciones Nº 163/12-EC, Nº 179/12-EC, Nº 227/12-EC y Nº 52/13-EC; y CONSIDERANDO:
Que el artículo 1º de la Ley Provincial II Nº 145
autoriza la creación de un Programa Global de Endeudamiento con la finalidad de generar fuentes de financiamiento que propicien y sustenten la ejecución de políticas públicas estratégicas en el ámbito del desarrollo productivo, territorial y social de la Provincia del Chubut;
Que el artículo 2º de la Ley Provincial II N 145
establece como competencia del Poder Ejecutivo de la Provincia, a través del Ministerio de Economía y Crédito Público, la realización de operaciones de crédito público para incurrir en endeudamientos, por un monto de hasta dólares estadounidenses cien millones US$ 100.000.000 o su equivalente en otras monedas, mediante la colocación de empréstitos de cualquier naturaleza;
Que el artículo 4º de la Ley Provincial II Nº 145
establece que la emisión de Letras del Tesoro a corto y mediano plazo será periódica pudiéndose emitir series o clases sin límite de monto en la medida que no se supere en ningún momento el monto máximo en circulación autorizado en el artículo 2 de dicha Ley;
Que el artículo 6º de la Ley Provincial II Nº 145
establece que las operaciones descriptas en el considerando anterior podrán estar garantizadas de cualquier forma permitida por la normativa aplicable, incluyendo la afectación en garantía de los recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos Ley Nº 23.548, en los términos de los artículos Nº 1434 y concordantes del Código Civil de la República Argentina;
Que el artículo 1º de la Resolución N 163/12-EC
implementa un Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia del Chubut, por un monto máximo en circulación de dólares estadounidenses cincuenta millones US$ 50.000.000 o su equivalente en otras monedas a la fecha de emisión, de conformidad con lo establecido por el artículo 2º de la Ley Provincial II

Viernes 5 de Abril de 2013

Nº 145;
Que el artículo 2º de la mencionada Resolución autoriza a la Subsecretaría de Coordinación Financiera a establecer los términos y condiciones de cada serie o tramo a emitirse bajo el Programa;
Que mediante la Resolución Nº 179/12-EC se establecieron los términos y condiciones generales para la emisión de las Letras del Tesoro de la Provincia del Chubut;
Que la Resolución Nº 52/13-EC, establece los términos y condiciones financieros específicos de las Clases 1, 2 y 3 de la Serie V de dichas Letras;
Que en el día de la fecha finalizó el proceso licitatorio, recibiendo las ofertas de adquisición para la suscripción de las Letras del Tesoro;
Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario fijar los términos y condiciones definitivos de las Letras del Tesoro, dado el resultado de la licitación;
Que en virtud de las ofertas recibidas, se ha considerado conveniente declarar desierta la licitación de la Clase 1 de la Serie V de dichas Letras;
Que los Certificados Globales de las citadas Letras del Tesoro serán depositados en el sistema de depósito administrado por Caja de Valores S.A.;
Que el Comité Asesor, en función de lo resuelto por la Resolución Nº 227/12-EC, ha asesorado con relación a la tasa de corte fijada;
Que se cuenta con la intervención de competencia de la Subsecretaría de Coordinación Financiera, quien se ha expedido en sentido favorable;
Que ha tomado intervención la Dirección de Asesoría Legal del Ministerio de Economía y Crédito Público;
POR ELLO:
La Ministro de Economía y Crédito Público
R E S U E LV E :
Artículo 1º.- Declárase desierta la licitación de la Clase 1 de la Serie V de Letras del Tesoro de la Provincia del Chubut bajo el Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia del Chubut.
Artículo 2º.- Emítase la Clase 2 de la Serie V de Letras del Tesoro de la Provincia del Chubut bajo el Programa de Emisión de Letras del Tesoro de la Provincia del Chubut, en el marco de lo dispuesto por las Resoluciones Nº 163/12-EC, Nº 179/12-EC y Nº 52/13-EC, por un importe de VALOR NOMINAL PESOS CUARENTA Y TRES
MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL V/N $
43.585.000 con vencimiento a los 94 días desde la fecha de emisión de acuerdo a los siguientes términos y condiciones:
a Moneda de emisión y pago: Pesos.
b Fecha de Emisión: 22 de marzo de 2013.
c Fecha de Liquidación: 22 de marzo de 2013.
d Denominación mínima y unidad mínima de negociación: Valor nominal pesos un mil VN $1.000.
e Fecha de Vencimiento: 24 de junio de 2013.
f Amortización: Íntegra al vencimiento. Si la fecha de vencimiento no fuera un día hábil el pago se realizará el día hábil inmediato posterior.
g Garantía: Recursos provenientes del Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos, de acuerdo a lo establecido por los artículos 1º, 2º y 3º del Acuer-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 5/4/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date05/04/2013

Page count60

Edition count4368

First edition07/01/2004

Last issue02/08/2024

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