Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 4/3/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETOS PROVINCIALES
AÑO 2013
PODER EJECUTIVO: Desígnase Subsecretario de Turismo.
Dto. Nº 99/13.
Rawson, 07 de Febrero de 2013.
VISTO: El Expediente N 000222 -STyAP- 2013; la Resolución XXVII N 01/13 y lo prescripto por la Constitución Provincial en el Artículo N 155 - inciso 3; y CONSIDERANDO: Que es necesario designar a la persona que se desempeñe en el cargo de Subsecretario de Turismo dependiente de la Secretaría de Turismo y Áreas Protegidas;
Que por tal motivo se propone designar al Licenciado Sebastián Andrés PLANAS, quien reúne las condiciones y los requisitos necesarios exigidos para dicho cargo;
Que la Dirección General de Administración de Personal, ha tomado intervención en el presente trámite;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
D E C R E TA :
Artículo 1.- Designar a partir de la fecha del presente Decreto, al Licenciado Sebastián Andrés PLANAS M.I. Nº 23.618.296 - Clase 1973 en el cargo de Subsecretario de Turismo dependiente de la Secretaría de Turismo y Áreas Protegidas.Artículo 2.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será imputado en la Jurisdicción:
80 - Secretaría de Turismo y Áreas Protegidas - SAF 80
- Programa: 18 - Control de Calidad y Servicios -Actividad: 1 - Desarrollo Turístico - Ejercicio 2013.Artículo 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Coordinación de Gabinete.Artículo 4º.- Regístrese, comuníquese, dése Boletín y cumplido, Archívese.Dr. MARTIN BUZZI
Arq. RICARDO ALBERTO TROVANT

PODER EJECUTIVO: Declarase la Emergencia en los Servicios de Cirugía del Hospital Regional Comodoro Rivadavia y su Área Programática.
Dto. Nº 224/13.
Rawson, 01 de Marzo de 2013.

Lunes 4 de Marzo de 2013

VISTO:
El Expediente N 1229/13-M.S.; y CONSIDERANDO:
Que el Expediente del Visto da cuenta de la situación que atraviesa el Hospital Regional de Comodoro Rivadavia en su servicio de cirugía ante la falta de recurso humano suficiente para atender los requerimientos de la especialidad;
Que con la documental agregada se verifica la renuncia masiva y sin causa de personal profesional de la especialidad con funciones en dicho nosocomio produciendo, como consecuencia, que se encuentre decididamente comprometida la cobertura del servicio de cirugía;
Que según se indica, ello implica que los Hospitales Públicos existentes en el ámbito geográfico del Área Programática Comodoro Rivadavia zona sur no cuentan con personal especialista en cirugía necesario para atender demanda, sea en forma programada o urgencias;
Que el Estado debe garantizar y asegurar sin más dilaciones la correcta prestación del servicio público de salud en la imprescindible área quirúrgica, máxime su rol en la ciudad de mayor población de la Provincia, disponiendo todas las medidas conducentes a satisfacer dichas necesidades en función de la manda que la Constitución Provincial establece en sus Artículos 18, 66, 72 y concordantes;
Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia aconsejan declarar la emergencia en los servicios cirugía del Subsector Estatal de la Salud en el Área Programática Comodoro Rivadavia Departamentos Escalante y Senguer durante el plazo de tres 3
meses a partir de la fecha del presente Decreto;
Que la medida a dictar implicara supeditar la efectividad de las renuncias de los profesionales existentes hasta tanto asuma funciones otro especialista de la materia debidamente designado, como también facultar al Ministerio de Salud para arbitrar los mecanismos conducentes a brindar los servicios en las prestaciones de la especialidad con el objetivo de asegurar el normal funcionamiento del servicio de salud, incluyendo el traslado y afectación transitoria al Servicio de Cirugía del Hospital Regional de los profesionales de la especialidad con asiento de función en otras ciudades de la Provincia, en los términos de sus respectivos regímenes laborales;
Que ante las circunstancias expuestas, y para atender en el tiempo justo la urgencia con las medidas tendientes a asegurar los fines constitucionales citados, cabe que este Poder Ejecutivo acuda a la facultad que le confiere el Artículo 156 de la Constitución Provincial, dando cuenta a la Honorable Legislatura Provincial del dictado de este acto, al resultar del presente una limitación temporal para el ejercicio del derecho de renuncia en este ámbito administrativo y como tal una excepción a los mecanismos ordinarios para la sanción de las Leyes;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 4/3/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date04/03/2013

Page count25

Edition count4368

First edition07/01/2004

Last issue02/08/2024

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