Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 24/8/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial
Viernes 24 de Agosto de 2012

Dr. HÉCTOR AMADO ROJAS
Subsecretario de Gestión Pesquera A/C Secretaría de Pesca Provincia del Chubut
RESOLUCIONES
Resolución N 248/12.
Rawson Chubut, 16 de Agosto de 2012.
SECRETARÍA DE PESCA
Resolución N 247/12.
Rawson Chubut, 15 de Agosto de 2012.VISTO:
Las Leyes XXIV N 42 antes Ley N 5707 y la IX N
75 antes Ley N 5639, las Resoluciones N: 099/12SPPCH, N: 164/12 SPPCH y N: 224/12-SPPCH;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución Nº: 099/12-SPPCH, se fijaron los requisitos para la entrega de la documentación requerida para la renovación de los permisos de pesca en la provincia del Chubut del ejercicio 2012;
Que mediante la Resolución Nº: 164/12-SPPCH, se estableció el vencimiento de las cuotas correspondientes a las Licencias de Pesca Industrial establecidas en la Ley impositiva, fijando el vencimiento de la primera cuota para el día 18 de Julio de 2012;
Que por Resolución Nº: 224/12-SPPCH, se prorrogó la vigencia de los permisos provinciales de pesca para los buques -21mts. De eslora, Fresqueros de Altura y Congeladores Tangoneros que operan en jurisdicción Provincial, así como el vencimiento de la primera cuota correspondiente a la Licencia de Pesca Industrial hasta el día 15 de Agosto de 2012;
Que resulta imprescindible establecer una nueva prórroga, a fin de contar con la totalidad de la documentación exigida por esta Secretaría para la renovación que se pretende y a fin de proseguir con las actividades pesqueras en la provincia y de no impactar socialmente en el sector;
Que la Autoridad de Aplicación de las normas vigentes en materia de pesca es la Secretaría de Pesca;

VISTO:
El Expediente Nº 1285/12-SP, las leyes Nº XVII Nº 1
ex Ley Nº 26, XVII Nº 11 ex Ley Nº 1229 y XVII Nº 86 ex Ley Nº 5585, las Resoluciones Nº 237/12-SP y Nº 242/12-SP y las determinaciones de toxinas efectuadas por la Dirección de Salud Ambiental de la Secretaría de Salud, de muestras de moluscos bivalvos y gasterópodos correspondientes al muestreo realizado en el marco del Plan Provincial para la Prevención y Control de Mareas Rojas, y;
CONSIDERANDO:
Que el informe de la Dirección de Salud Ambiental arroja que en muestras de moluscos bivalvos y gasterópodos de la zona ARCH 002 Riacho San José, se detectaron valores de Toxina Paralizante de Moluscos T.P.M. que superan las 400 U.R.;
Que por las Resoluciones mencionadas en el Visto, se procedió a vedar en forma parcial, las zonas ARCH 009 Playa Bengoa y ARCH 008 Playa Larralde, en virtud de los valores de T.P.M. detectados;
Que en virtud de las tendencias observadas, se hace necesario establecer en forma preventiva, la veda para la extracción de la totalidad de especies de moluscos bivalvos y gasterópodos en el ámbito del Golfo San José, por constituir su consumo un riesgo para la salud humana;
Que resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente;
Que la Autoridad de Aplicación es la Secretaría de Pesca;
POR ELLO:
El Secretario de Pesca
R E S U E LV E :
POR ELLO:
El Secretario de Pesca
R E S U E LV E :
Artículo 1º: PRORROGAR la vigencia de los permisos precarios provinciales de pesca para los buques 21 Mts. De eslora, Fresqueros de Altura y Congeladores Tangoneros que operan en jurisdicción Provincial, así como el vencimiento de la primera cuota correspondiente a la Licencia de Pesca Industrial, hasta el día 31
de Agosto de 2012.
Artículo 2º: REGISTRESE, comuníquese a los interesados, a la Dirección General de Rentas, a la Prefectura Naval Argentina, dése al Boletín Oficial y cumplido Archívese.

Artículo 1º: Vedar, a partir de las 00:00 hs del día de la fecha, la extracción de moluscos bivalvos y gasterópodos para su consumo directo, en todo el Golfo San José.Artículo 2º: Autorizar la captura de vieira destinada a planta transformadora para el procesamiento de subproducto callo en las zonas antes mencionadas.Artículo 3º: El traslado a planta transformadora deberá realizarse en transportes habilitados para tal fin y con guía de mercadería intervenida hasta el establecimiento transformador.
Artículo 4º: El subproducto obtenido deberá someterse a análisis de toxinas antes de su destino al consumo.

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 24/8/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date24/08/2012

Page count18

Edition count4365

First edition07/01/2004

Last issue30/07/2024

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