Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/9/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

Artículo 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente será imputado en la Jurisdicción 40 - Ministerio de la Familia y Promoción Social - SAF 40 Programa 1 - Conducción del Ministerio de la Familia y Promoción Social Actividad 1 Conducción del Ministerio de la Familia y Promoción Social, Actividad 2 - Prevención Social UEPPS; Programa 2 - Conducción de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia - Actividad 1 Conducción de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia; Programa 3 - Conducción Subsecretaría de Desarrollo Social - Actividad 1 - Conducción Subsecretaría de Desarrollo Social; Programa 16 - Atención a la Tercera Edad - Actividad 1 Conducción y Administración Atención a la Tercera Edad; Programa 19 - Atención al Niño, Adolescente y Familia - Actividad 1 - Conducción y Administración Atención al Niño, Adolescente y Familia y Programa 22 - Asistencia Social Actividad 1
- Ejecución Asistencia Social.-

RESOLUCIONES
TRIBUNAL DE CUENTAS
RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 140/11
Rawson Chubut, 14 de junio de 2011
VISTO: El Expediente Nº 26071, año 2008, caratulado: MUNICIPALIDAD DE RIO MAYO - S/ Rendición de Cuentas Ejercicio 2008; y CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 341/11
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que a la fecha aún queda pendiente de subsanar observaciones correspondientes al Ejercicio 2008 de la Municipalidad de Río Mayo dado que los responsables del Organismo no han cumplimentado en forma total lo observado mediante las Notas Nº 127/10-F.3. fs.210/213 y Nº 138/10-F.3. fs.214/216, las cuales se encuentran conminadas mediante Resolución Nº 318/10-T.C. de este Tribunal de Cuentas, solicitando se conmine a los responsables previo a emitir el Informe final de la Fiscalía.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el incumplimiento de la presente resolución dará lugar a las multas prescriptas por los artículos 17º incisos m y n y 41º de la citada Ley.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este Organismo, resultan responsables de la contestación el Ex Intendente: Sr. Rubén Carlos FRI hasta 22.07.09, Intendente actual: Sra. Adriana Paola SAN-

Martes 27 de Septiembre de 2011

TOS desde 24.07.09; Tesoreros: Sr. Adrián AVELLANEDA hasta 04.09.08 y Sra. Lili del Carmen SOTO desde 04.09.08.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de Río Mayo, Ejercicio 2008; Ex Intendente: Sr.
Rubén Carlos FRI hasta 22.07.09, Intendente actual:
Sra. Adriana Paola SANTOS desde 24.07.09; Tesoreros: Sr. Adrián AVELLANEDA hasta 04.09.08 y Sra.
Lili del Carmen SOTO desde 04.09.08 a subsanar las observaciones pendientes correspondientes al Ejercicio 2008, las cuales se detallan en Informe Nº 341/11F.3 que se agrega a la presente, dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente Art. 17º inc. h de la Ley Nº V-71, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme los artículos 17º incisos m y n y 41º de la Ley Nº V-71.
Segundo: Regístrese y notifíquese a los responsables con copia de la presente y del Informe Nº 341/11-F.3.Pte. Dra. LUCÍA ELENA NUÑEZ
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Voc. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 149/11
Rawson Chubut, 20 de julio de 2011
VISTO: El Expediente Nº 28503, año 2010, caratulado: MUNICIPALIDAD DE TECKA - S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2010;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 417/11
la Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Municipalidad de Tecka no ha dado respuesta a la Nota Nº 199/10-T.3. fs.60/61 de fecha 29.12.2010.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el incumplimiento de la presente resolución dará lugar a las multas prescriptas por los artículos 17º incisos m y n y 41º de la citada Ley.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este Organismo, resultan responsables de la contestación: Intendente: Sr. Jorge David SEITUNE y Tesorera:
Sra. María Graciela ESPOSITO.

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 27/9/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date27/09/2011

Page count51

Edition count4368

First edition07/01/2004

Last issue02/08/2024

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