Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 4/8/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 16

BOLETIN OFICIAL
EDICTO JUDICIAL

El Juzgado Letrado de Primera Instancia de Ejecución Nº 1, a cargo del Dr. Gustavo, L. H. Toquier Juez, de la Circunscripción Judicial de Comodoro Rivadavia con asiento en Comodoro Rivadavia, Pcia. del Chubut, Secretaría Nº 2, a cargo de la suscripta, sito en Hipólito Irigoyen Nº 650, 2º Piso de esta ciudad. Cita y emplaza, a los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Don ANGEL AMERICO GRUPICO, para que dentro de TREINTA días así lo acrediten en sus autos sucesorios: GRUPICO, ANGEL AMERICO S/SUCESION, Expte Nº 970/2011.
Publíquese edictos por el término de TRES 3 días en el Boletín Oficial y Diario Crónica.Comodoro Rivadavia Chubut, 21 de Junio de 2011.CINTIA LORENA IGLESIAS
Secretaria de Refuerzo I: 02-08-11 V: 04-08-11.
EDICTO JUDICIAL
El señor Juez, Dr. Omar Higinio Magallanes, a cargo del Juzgado de Ejecución de la Circunscripción Judicial del Noroeste de la Provincia del Chubut, sito en Avda.
Alvear 505, P.B., de la ciudad de Esquel, Secretaría Única a cargo del Dr. Bruno Nardo, en autos caratulados:
MACAYA, JOSE ISIDRO y NEIPAN, FRANCISCA S/SUCESIONES AB-INTESTATO Expte Nº 001273/2008, cita y emplaza por treinta días a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por JOSE ISIDRO
MACAYA y FRANCISCA NEIPAN para que hagan valer sus derechos. Publíquese por tres 3 días.Esquel, 30 de Junio de 2011.BRUNO M. NARDO
Secretario I: 02-08-11 V: 04-08-11.
DIRECCION GENERAL DE RENTAS
EDICTO ART. 91º CODIGO FISCAL
Notificamos a Ud. por el presente edicto, Resolución Nº 772/11 DGR de fecha 11/07/2011, la cual se transcribe a continuación:
VISTO:
El Expediente N 00007/11 -D.G.R. s/Liquidación Impositiva, correspondiente al contribuyente LOCASUR
S.A. Nº de Inscripción en Ingresos Brutos Convenio Multilateral 907-333678-9 - CUIT Nº 30-69199729-0 y CONSIDERANDO:
Que en uso de las facultades conferidas por el Código Fiscal de la Provincia del Chubut, esta Dirección General de Rentas Provincial, procedió a confeccionar la Liquidación de Deuda Nº 19/11 DR de oficio sobre base cierta Art. 35º Código Fiscal por los periodos 11/
07; 08, 10, 12/08; 01 a 06, 08 a 10/10;

Jueves 4 de Agosto de 2011

Que atento surge de las actuaciones administrativas la responsable es una persona de existencia ideal, que responde a la forma jurídica de Sociedad Anónima, cuya actividad principal consiste en Servicio de transporte automotor urbano de oferta libre de pasajeros excepto mediante taxis y remises, alquiler de autos con chofer y transporte escolar CUACM 602240;
Que atento ser de aplicación la Ley XXIV Nº 39, la Ley XXIV Nº 42 y la Ley XXIV Nº 51, corresponde una alícuota del 3% sobre los ingresos brutos devengados durante los años fiscales 2007, 2008, 2009 y 2010 para las actividades CUACM 602240, 502990 y 711100, desarrolladas por la firma;
Que los anticipos 01 a 06, 08 a 10/10, se encuentran presentados sin hacer efectivo el depósito de fondos correspondientes;
Que en los anticipos 11/07; 08, 10 y 12/08 la firma deduce el beneficio establecido por la Ley XXIV Nº 40 y no cumple con los requisitos establecidos en el Art. 3º de la misma;
Que con fecha 08/06/11 el contribuyente se ha notificado, mediante la publicación de Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia del Chubut, de la Disposición Nº 91/11-DGR, mediante la cual se realiza la apertura de sumario en los términos del artículo 51º del Código Fiscal;
Que ha vencido el plazo para la interposición del descargo correspondiente y no ha presentado alegaciones o pruebas en su defensa;
Que de acuerdo a lo expuesto, el pago del tributo ha sido ingresado en defecto;
Que conforme las constancias de autos el contribuyente ha incurrido en la conducta típica definida en el articulo 43º del Código Fiscal, esto es omisión de las posiciones 11/07; 08, 10, 12/08; 01 a 06, 08 a 10/10;
Que la responsable posee numerosos antecedentes de incumplimiento en este Organismo Provincial, por lo que corresponde graduar la multa que establece el Art. 43º del Código Fiscal en un 40% CUARENTA
PORCIENTO del impuesto omitido;
Que el impuesto omitido asciende a la suma de PESOS DOCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO CON
43/100 $ 12.588,43;
Que la Asesoría Legal ha tomado vista de las actuaciones;
POR ELLO:
EL DIRECTOR GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DEL CHUBUT

R E S U E L V E:
Artículo 1.- Determinar de oficio sobre base cierta, con carácter parcial, la obligación impositiva de la responsable LOCASUR S.A. Nº de Inscripción en Ingresos Brutos - Convenio Multilateral 907-333678-9 - CUIT
Nº 30-69199729-0, con domicilio en Cerro Chenque Nº 945 Bº Pueyrredón de la localidad de Comodoro Rivadavia en la Provincia del Chubut, por el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos-Convenio Multilateral de acuerdo al anexo adjunto que pasa a formar parte de la presente, teniendo en cuenta los considerandos que anteceden.Artículo 2.- Intimar al contribuyente a ingresar dentro de los diez 10 días de notificada la presente, la

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 4/8/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date04/08/2011

Page count35

Edition count4367

First edition07/01/2004

Last issue01/08/2024

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