Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 10/6/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

Miércoles 10 de Junio de 2009

BOLETIN OFICIAL

el Boletín Oficial -28 de febrero de 2009- hasta el 29
de mayo de 2009;
Que existen numerosas formulaciones de los interesados ante el organismo de recaudación expresando la necesidad de que se amplíe el plazo, aduciendo que el tiempo establecido para la presentación ha resultado insuficiente para preparar toda la documentación necesaria para el ingreso al régimen;
Que resulta destacable la voluntad de cumplimiento por parte de los destinatarios de la Ley para regularizar su situación fiscal;
Que respondiendo a criterios de razonabilidad resulta conveniente ampliar el plazo de acceso al régimen de la Ley XXIV Nº 48 antes Ley 5853 de modo de facilitar una mayor adhesión de contribuyentes y responsables que aún no han podido acceder al régimen para cancelar sus deudas fiscales;
Que en virtud de las consideraciones que anteceden el plazo de acogimiento se extenderá hasta el día 30 de junio de 2009;
Que el Poder Ejecutivo se encuentra facultado para prorrogar la fecha de presentación al régimen conforme lo dispone el artículo 16º de la Ley XXIV Nº 48 antes Ley 5853;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
DECRETA:
Artículo 1.- AMPLIASE hasta el 30 de junio de 2009
inclusive, el término para el acceso al régimen de la Ley XXIV Nº 48 antes Ley 5853, en base a los fundamentos expuestos en los considerandos que anteceden.
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos de Economía y Crédito Público y de Coordinación de Gabinete.
Artículo 3º.- REGISTRESE, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.
MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN
Cr. VICTOR HUGO CISTERNA

03-06-09

Artículo 1.- Adhiérase a la conmemoración del 112º Aniversario de la localidad de Sarmiento, a celebrase el día 21 de junio de 2009.

Dto. Nº 617

Artículo 3.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto se imputará en la Jurisdicción 70 Secretaría de Salud Partida Principal 1.0.0 Gastos en Personal Partida Parcial 1.2.0 Personal temporario, del Servicio Administrativo Financiero 70 -Programa 01 - Conducción de la Secretaría de Salud - Actividad 1 - Conducción de la Secretaría de Salud, del presupuesto para el año 2009.

Dto. Nº 618

03-06-09

Artículo 1.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados no Autofinanciados para el Ejercicio 2009 en la Jurisdicción 20, SAF 20 SAF Ministerio de Gobierno y Justicia, y SAF 91 SAF Obligaciones a Cargo del Tesoro.
Artículo 2.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.

RESOLUCION
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Resolución Nº 198/09
Rawson, 27 de Mayo de 2009
VISTO: La Ley XXIV Nº 48 antes Ley 5853, el Decreto Nº 386/09, la Resolución Nº 165/09-DGR y;
CONSIDERANDO: Que esta Dirección General de Rentas ha desarrollado un Aplicativo para Planes de Facilidades de Pago por deudas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Valor Ley XXIV Nº 17 antes Ley 2409
que decidan acogerse al régimen establecido por la Ley mencionada en el Visto.
Que corresponde aprobar el aplicativo mencionado y los formularios correspondientes.
Que la Dirección de Asuntos Legales de esta Dirección General ha tomado la intervención que le compete;
POR ELLO:
El Director General de Rentas de la Provincia del Chubut
RESUELVE:

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 616

PAGINA 3

03-06-09

Artículo 1º.- Déjase sin efecto la incorporación a la Planta Transitoria de la señora MARQUEZ, Sonia Beatriz dispuesta por Decreto Nº 300/08 a partir de la fecha de notificación del presente Decreto.
Artículo 2.- Mensualízase a la señora MARQUEZ, Sonia Beatriz clase 1979 MI Nº 27.363.232, en el cargo Agrupamiento A, Clase I, Grado I, Categoría 9
con 40 horas semanales de labor, dedicación exclusiva, Ley I Nº 105 antes Ley N 2672, para cumplir funciones como Contadora Pública en Nivel Central de la Secretaría de Salud, a partir de la fecha del presente Decreto y hasta el 31 de diciembre de 2009.

Artículo 1º.- Aprobar el Aplicativo para Planes de Facilidades de Pago por deudas en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y Valor Ley XXIV Nº 17 antes Ley 2409
disponible en la página web: xxx.chubut.gov.ar/dgr/facilidades de pago.html para Presentación al Régimen Especial de Facilidades de Pago Ley XXIV Nº 48 antes Ley 5853.
Artículo 2º.- Establecer que los formularios emitidos por el aplicativo, y que como Anexos A Ingresos Brutos Convenio Multilateral, B Ingresos Brutos Directos y C
Valor Ley XXIV Nº 17 forman parte de la presente, deben ser presentados juntamente con el comprobante de pago del anticipo total de la deuda y según la formalidad establecida por el artículo 2º del Decreto Nº 386/09. Dichos Anexos reemplazan a los formularios I y III de la Resolución Nº 165/09-DGR.
Artículo 3º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese a las dependencias de la Dirección General, dése al Boletín Oficial y cumplido Archívese.Cr. PABLO ALEJANDRO OCA
Director General Dirección General de Rentas Provincia del Chubut I: 05-06-09 V: 11-06-09

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 10/6/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date10/06/2009

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