Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/5/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 6

BOLETIN OFICIAL

caratulado: MUNICIPALIDAD DE EPUYEN - S/Rendición de Cuentas Ejercicio 2006;
CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 199/
09 la Sub Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que la Municipalidad de Epuyen no ha dado respuesta a las Notas Nº 227/08-F.3. fs.107 y Nº 238/08-F.3. fs.
113 de fecha 24 de noviembre y 15 de diciembre del Ejercicio 2008.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este Organismo, resultan responsables de la contestación: Ex Intendente: Sr. Pedro L. RUBILAR hasta 10/
12/07; Intendente actual: Sr. Antonio F. REATO; Ex Secretaria de Gobierno y Finanzas: Sra. Nidia ABRAHAM hasta 10/12/07 y Secretario de Hacienda:
Sr. Alberto R. ANDRADE.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Municipalidad de EPUYEN: Ex Intendente: Sr. Pedro L.
RUBILAR hasta 10/12/07; Intendente actual: Sr. Antonio F. REATO; Ex Secretaria de Gobierno y Finanzas:
Sra. Nidia ABRAHAM hasta 10/12/07 y Secretario de Hacienda: Sr. Alberto R. ANDRADE a dar respuesta a las Notas Nº 227/08-F.3. fs.107 y Nº 238/08-F.3. fs.
113, dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente Art. 17º inc. h de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme el artículo 41º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139.
Segundo: Regístrese y notifíquese a los responsables con copia de la presente y de las Notas Nº 227/08F.3. fs.107 y Nº 238/08-F.3. fs.113.
Pte. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Dra. LUCÍA ELENA NUÑEZ
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 52/09
Rawson Chubut, 28 de abril de 2009
VISTO: El Expediente Nº 22.529, año 2005, caratulado: COMISION DE FOMENTO DE PASO DE

Viernes 15 de Mayo de 2009

INDIOS - S/ Rendición de Cuentas Ejercicio 2005; y CONSIDERANDO: Que mediante Informe Nº 202/
09 la Sub Relatora a cargo de Fiscalía Nº 3 da cuenta que a la fecha aún queda pendiente de subsanar observaciones correspondientes al Ejercicio 2005 de la Comisión de Fomento de Paso de Indios dado que los responsables del Organismo no han cumplimentado en forma total lo observado mediante las Notas Nros. 239/05F.3 fs.07; 177/06-F.3 fs.59/60; 393/06-F.3 fs.88; 35/
07-F.3 fs.90; 203/07-F.3 fs.93/94 y 317/07-F.3 97/98
las cuales se encuentran conminadas por el Tribunal de Cuentas, solicitando se conmine a los responsables previo a emitir el Informe final de la Fiscalía.
Que el artículo 35º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139, autoriza a este Organismo a emplazar al obligado a contestar las objeciones formuladas señalándose un término no menor de quince 15 días ni mayor de treinta 30 días.
Que asimismo el artículo 40º de la citada norma legal determina que el Tribunal dictará resolución interlocutoria o definitiva aprobando la cuenta y declarando libre de cargo al responsable, o bien determinando las partidas ilegítimas no aceptadas o no comprobadas y ordenando se proceda a la cobranza, con los alcances que en tal virtud declaren a favor del fisco.
Que de acuerdo a lo informado por Fiscalía Nº 3 de este Organismo, resultan responsables de la contestación el Intendente: Sr. Mario PICHIÑAN y Secretario de Gobierno y Hacienda: Sr. Mariano RUIZ.
Por todo ello el TRIBUNAL DE CUENTAS RESUELVE.
Primero: Conminar a los responsables de la Comisión de Fomento de Paso de Indios: Intendente: Sr. Mario PICHIÑAN y Secretario de Gobierno y Hacienda: Sr.
Mariano RUIZ a subsanar las observaciones pendientes correspondientes al Ejercicio 2005, las cuales se detallan en Informe Nº 202/09-F.3 que se agrega a la presente. dentro del término de quince 15 días que al efecto se fija, bajo apercibimiento de proceder a la aprobación de las cuentas rendidas en forma correcta y formular cargo por el total de las rendidas en forma deficiente Art. 17º inc. h de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones que pudieran corresponder conforme el artículo 41º de la Ley Nº V-71 antes Ley Nº 4139.
Segundo: Regístrese y notifíquese a los responsables con copia de la presente y del Informe Nº 202/09-F.
3.Pte. Cr. OSVALDO JORGE FRIC
Voc. Cr. SERGIO CAMIÑA
Voc. Dr. TOMÁS ANTONIO MAZA
Voc. Cr. SERGIO SANCHEZ CALOT
Sec. Dra. IRMA BAEZA MORALES

RESOLUCION DEL TRIBUNAL Nº 53/09
Rawson Chubut, 05 de mayo de 2009
VISTO: El Expediente Nº 26070, año 2008, caratulado: COMUNA RURAL DE RICARDO ROJAS

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 15/5/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date15/05/2009

Page count29

Edition count4371

First edition07/01/2004

Last issue07/08/2024

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