Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 21/11/2008
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PAGINA 2
BOLETIN OFICIAL
Sección Oficial LEYES PROVINCIALES
PROGRAMA DE ESTADÍSTICAS 2008 Y
SUBPROGRAMAS CONTENIDOS EN EL MISMO.
LEY Nº 5.803
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE
LEY :
Artículo 1.- Apruébase el Convenio suscripto el 1
de Julio de 2.008, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos representado por su Directora Lic. Ana María EDWIN
y la Dirección General de Estadísticas y Censos de la Provincia del Chubut, representada por su Director General Lic. Fernando H. LAVEGLIA, que se encuentra registrado en el Tomo 3, Folio 197 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno con fecha 18 de Julio 2.008, y ratificado por el Poder Ejecutivo Provincial por Decreto N 1008/08, y cuyo objeto es dar cumplimiento al PROGRAMA DE ESTADÍSTICAS 2008 Y SUBPROGRAMAS
CONTENIDOS EN EL MISMO.Artículo 2.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL OCHO.
Ing. JORGE V. PITIOT
Vicepresidente 1º Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Dto. N 1519/08.
Rawson, 14 de Noviembre de 2008.
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley referente a la aprobación del Convenio suscripto el 1º de Julio de 2.008, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, representado por su Directora Lic. Ana María Edwin, y la Dirección General de Estadísticas y Censos de la Provincia del Chubut, representada por su Director General Lic. Fernando H.
Viernes 21 de Noviembre de 2008
Laveglia, que se encuentra registrado en el Tomo 3, Folio 197 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno con fecha 18 de Julio de 2.008, y ratificado por el Poder Ejecutivo Provincial por Decreto Nº 1.008/08; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 04 de Noviembre de 2.008 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: 5803
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN
CENSO NACIONAL AGROPECUARIO 2.008.
LEY Nº 5.804
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE
LEY :
Artículo 1.- Apruébase el Convenio suscripto el 26
de Junio de 2.008, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos representado por su Directora Lic. Ana María EDWIN, y la Dirección General de Estadísticas y Censos de la Provincia del Chubut, representada por su Director General Lic. Fernando H. LAVEGLIA, que se encuentra registrado en el Tomo 3, Folio 173, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno con fecha 08 de Julio de 2.008, y ratificado por el Poder Ejecutivo Provincial por Decreto N 910/08, y cuyo objeto es dar cumplimiento al CENSO NACIONAL AGROPECUARIO 2.008.
Artículo 2.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT, A LOS CUATRO DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DE DOS MIL OCHO.
Ing. JORGE V. PITIOT
Vicepresidente 1º Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Dto. N 1520/08.
Rawson, 14 de Noviembre de 2008.