Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 14/11/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: Vétase Totalmente el Proyecto de Ley Sancionado por la Honorable Legislatura Provincial con Fecha 14 de Octubre de 2008, que Tiene por Objeto la Creación del Programa Provincial Interdisciplinario de Bulimia y Anorexia.

26.396, que oportunamente se implementara en este ámbito, provocando una duplicidad de recursos y superposición de actividades que atentan contra un abordaje integral de dicha problemática;
Que por los fundamentos expresados se estima inconveniente la promulgación del Proyecto de Ley sancionado por lo que en uso de la facultad que le otorga el artículo 142 de la Constitución Provincial, este Poder Ejecutivo considera necesario vetar totalmente el Proyecto de Ley sancionado;
Que ha tomado legal intervención el Asesor General de Gobierno;
POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia del Chubut
Dto. N 1421/08.
Rawson, 29 de Octubre de 2008.
VISTO;
El Proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura Provincial con fecha 14 de Octubre de 2008, que tiene por objeto la Creación del Programa Provincial interdisciplinario de Bulimia y Anorexia, comunicado al Poder Ejecutivo mediante Nota N 087/08 - P. HL
el día 15 de Octubre de 2008; y CONSIDERANDO:
Que aunque este Poder Ejecutivo comparta la finalidad del Proyecto de Ley por el cual se promueve crear en el ámbito de la Provincia del Chubut el Programa Provincial Interdisciplinario Permanente de Bulimia, Anorexia y Otras Enfermedades relacionadas con trastornos de la alimentación, estima inconveniente promulgar el mismo;
Que al efecto cabe aclarar que el objeto del proyecto propuesto se identifica con la implementación a nivel Nacional del Programa de Prevención y Control de los Trastornos en la Alimentación, coordinado a través del Consejo Federal de Salud creado por ley N 26.396;
Que aun cuando se haya considerado prudente diferir temporalmente la adhesión en el ámbito Provincial a la Ley Nacional N 26.396 hasta tanto se reglamente la citada norma, resulta adecuado subordinar la creación de un programa provincial de trastornos alimentarios a las resultas de la intervención del citado Consejo Federal de Salud;
Que por otra parte la información estadística de la Secretaria de Salud, da cuenta que las consultas por bulimia y anorexia son aisladas y poco frecuentes, razón por la cual resulta necesario fortalecer las áreas de intervención interdisciplinarias existentes nutrición, adolescencia, adicciones, salud mental, estadísticas y comunicación social entre otras y generar una coordinación interáreas tendiente a un abordaje integral por la multicausalidad de dicha problemática;
Que por los motivos expuestos se estima que la creación de un Programa Provincial especifico, para el tratamiento de bulimia, anorexia y otras enfermedades relacionadas con trastornos alimenticios se superpone con el Programa Nacional de Prevención y Control de Trastornos Alimenticios creado por Ley Nacional N

Viernes 14 de Noviembre de 2008

DECRETA:
Artículo 1.- Vétase totalmente el Proyecto de Ley sancionado por la Honorable Legislatura Provincial con fecha 14 de Octubre de 2008, que tiene por objeto la Creación del Programa Provincial Interdisciplinario de Bulimia y Anorexia comunicado al Poder Ejecutivo mediante Nota N 087/08 - P. HL el día 15 de Octubre de 2008.
Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Ministros Secretarios de Estado en los Departamentos Educación y de Coordinación de Gabinete;
Artículo 3.- Regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.
MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN
HAYDEE MIRTHA ROMERO

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. Nº 1417

29-10-08

Articulo 1.- Modifícase el Presupuesto de Erogaciones de la Administración Central y Organismos Descentralizados no Autofinanciados para el Ejercicio 2008 en la Jurisdicción 8, S.A.F. 88 SAF Secretaría de Infraestructura, Planeamiento y Servicios Públicos, y en la Jurisdicción 90, SAF 90 SAF Servicio de la Deuda Pública.Artículo 2.- Comuníquese a la Comisión de Presupuesto y Hacienda de la Honorable Legislatura.-

Dto. Nº 1432

30-10-08

Artículo 1.- Otórgase un subsidio en los términos del Decreto N 1304/78, modificado por los Decretos N
1232/00 y N 2424/04, al Ente Trelew Turismo ENTRETUR, en la persona de su Presidente, señor Leonardo GAFFET DNI N 17.743.121, por la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL $ 250.000 los cuales serán destinados a solventar los gastos genera-

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 14/11/2008

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date14/11/2008

Page count37

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