Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 6/10/2008
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut
PAGINA 4
BOLETIN OFICIAL
aprueba en todos sus términos el Convenio Marco de Cooperación suscripto entre el Gobierno de la Provincia del Chubut, representado por su señor Gobernador, Don Mario DAS NEVES, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada por su Jefe de Gobierno, Ing. Mauricio MACRI, en fecha 25 de junio de 2.008, y protocolizado al Tomo 03, Folio 198 del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles de la Escribanía General de Gobierno, con fecha 18 de julio de 2.008, que tiene por objeto el padrinazgo escolar que la Provincia realizará a la Escuela N 9 denominada Provincia del Chubut, ubicada en el Distrito N 9 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 16 de septiembre de 2.008 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: 5785
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN
APRUÉBASE EL CONVENIO MARCO DE APOYO A LA EDUCACIÓN COMO PARTE DE LAS ACCIONES DE RESPONSABILIDAD SOCIAL QUE LA EMPRESA PAN AMERICAN ENERGY DESARROLLA EN
LA ZONA DEL GOLFO SAN JORGE ENTRE LA PROVINCIA DEL CHUBUT Y PAN AMERICAN ENERGY
LLC, SUCURSAL ARGENTINA.
LEY Nº 5.786
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT SANCIONA CON FUERZA DE
LEY :
Artículo 1.- Apruébase en todos sus términos el Convenio Marco de Apoyo a la Educación como Parte de las Acciones de Responsabilidad Social que la Empresa Pan American Energy desarrolla en la Zona del Golfo San Jorge, suscripto en la ciudad de Rawson, en fecha 25 de Junio de 2.008, entre la Provincia del Chubut, representada por el Señor Gobernador Don Mario DAS NEVES y la Ministro de Educación, Señora Mirtha Haydeé ROMERO, y Pan American Energy LLC, Sucursal Argentina, representada por su apoderado Sr.
Mario Francisco CALAFELL LOZA que fuera protocolizado por la Escribanía General de Gobierno con fecha 24 de Julio de 2.008, al Tomo 03, Folio 216, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles, y que tiene como objeto el promover, fortalecer y gestionar programas de capacitación y formación de alumnos y docentes de nivel inicial y medio;
Lunes 6 de Octubre de 2008
fomentar la articulación de los contenidos de todos los ciclos y niveles del sistema educativo provincial; apoyar la permanencia en todos los niveles del sistema formal de educación de los alumnos en riesgo de deserción y ofrecer herramientas para la inclusión educativa; ayudar al fortalecimiento de la cultura del trabajo y el desarrollo del espíritu emprendedor en los actores de la escuela media; y apoyar el fortalecimiento de la gestión y facilitar herramientas para el desarrollo del trabajo en red de las escuelas.
Artículo 2.- LEY GENERAL. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA HONORABLE LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DEL
CHUBUT, A LOS DIECISÉIS DÍAS DEL MES DE SETIEMBRE DE DOS MIL OCHO.
Ing. MARIO VARGAS
Presidente Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Lic. PAULA MINGO
Secretaria Legislativa Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut Dto. N 1235/08.
Rawson, 29 de Septiembre de 2008.
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ley por el cual se aprueba en todos sus términos el Convenio Marco de Apoyo a la Educación como Parte de las Acciones de Responsabilidad Social que la Empresa Pan American Energy desarrolla en la Zona del Golfo San Jorge, suscripto en la ciudad de Rawson, en fecha 25 de Junio de 2.008, entre la Provincia del Chubut, representada por el Señor Gobernador Don Mario DAS NEVES y la Ministro de Educación, Señora Mirtha Haydeé ROMERO, y Pan American Energy LLC, Sucursal Argentina , representada por su apoderado Sr. Mario Francisco CALAFELL LOZA que fuera protocolizado por la Escribanía General de Gobierno con fecha 24 de Julio de 2.008, al Tomo 03, Folio 216, del Registro de Contratos de Locación de Obras e Inmuebles; sancionado por la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut el día 16 de septiembre de 2.008 y la facultad que otorga al Poder Ejecutivo el artículo 140 de la Constitución Provincial;
POR ELLO:
Téngase por Ley de la Provincia la número: 5786
Cúmplase, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial.MARIO DAS NEVES
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN