Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/5/2008

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

Viernes 30 de Mayo de 2008

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial DECRETO PROVINCIAL
PODER EJECUTIVO: ADICIONAL REMUNERATIVO NO BONIFICABLE PARA SALUD.
Dto. Nº 570.
Rawson, 21 de Mayo de 2008.
VISTO:
La Ley N 5742; y CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N 5742 de fecha 08 de Mayo de 2008, promulgada por el Decreto N 542 de fecha 16
de Mayo de 2008, se otorgó un adicional remunerativo no bonificable sin incidencia en el cálculo de otros adicionales, según carga horaria y agrupamiento, a cuenta de futuros aumentos salariales en el marco de la nueva Ley de Carrera Sanitaria, para el personal de la Ley N 2672 y sus modificatorias, conforme se detalla en su Anexo I;
Que por intermedio de la Nota N 232/08 de fecha 09 de Mayo de 2008 la Asociación de Trabajadores del Estado solicita la equiparación de los valores establecidos en la Ley N 5742 para los Agrupamientos del régimen de 40 horas semanales a los mismos valores que fueran establecidos para tales Agrupamientos en el régimen de 44 horas semanales;
Que el Gobierno de la Provincia considera de estricta justicia atender la equiparación oportunamente solicitada por la Asociación de Trabajadores del Estado, atento tratarse de una suma remunerativa no bonificable sin incidencia en el cálculo de otros adicionales a cuenta de futuros aumentos salariales en el marco de la nueva Ley de Carrera Sanitaria;
Que dicha situación configura un caso de extraordinaria e impostergable urgencia, en tanto que el adicional establecido por la Ley N 5742 será liquidado mediante Planilla Complementaria a todo el Sector el día 22 de Mayo de 2008, resultando oportuno y conveniente otorgar la equiparación solicitada conjuntamente con aquella;
Que la situación descripta trata una cuestión salarial que beneficia a los empleados del Sector de la Salud y que, esperar al desarrollo de la próxima sesión ordinaria de la Honorable Legislatura colocaría a algunos empleados en situación de desigualdad respecto de otros;
Que en consecuencia de lo considerado y en uso de las facultades conferidas por el artículo 156 de la Constitución Provincial, se dicta el presente Decreto de Necesidad y Urgencia;
Que ha tomado intervención la Asesoría General de Gobierno;

POR ELLO:
El Gobernador de la Provincia en acuerdo General de Ministros
D E C R E TA :
Artículo 1.- EQUIPARANSE a partir del 1 de marzo de 2008, los valores establecidos en concepto de adicional remunerativo no bonificable, otorgados por la Ley N 5742 para el régimen de 40 horas semanales al régimen de 44 horas semanales, conforme se detalla en el Anexo I que integra el presente.
Artículo 2.- DÉSE cuenta a la Honorable Legislatura de la Provincia del Chubut, regístrese, comuníquese, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHIVESE.MARIO DAS NEVES
NORBERTO G. YAUHAR
MAXIMO GABRIEL PEREZ CATAN
Cr. VICTOR HUGO CISTERNA
Cdor. PABLO SEBASTIAN KORN
JUAN CARLOS GARITANO
HAYDEE MIRTHA ROMERO
RODDY ERNESTO INGRAM
Lic. AUGUSTO CERVO
ANEXO I
Régimen miento Horario 40
44

Agrupamiento Agrupamiento Agrupa-

A
$ 426,83
$ 426,83

B
$ 365,85
$ 365,85

C
$ 304,88
$ 304,88

DECRETOS SINTETIZADOS
Dto. N 533

13-05-08

Artículo 1º Modifícase el detalle analítico de la Planta Presupuestaria de Personal en la Jurisdicción 40 - Ministerio de la Familia y Promoción Social - SAF 40 Programa 2 - Conducción Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia - Actividad 1 -Conducción Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia del Ministerio de la Familia y Promoción Social.
Artículo 2.- Modifícase el Plantel Básico de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia eliminándose un 1 Cargo Jefe de División - Categoría 1-F y un 1
Cargo Jefe de Departamento Central Categoría 1-C, e incrementándose en la Planta Permanente de la Subsecretaría de Desarrollo Humano y Familia un 1 Cargo Jefe de Departamento Provincial Categoría 1-A - Agrupamiento Personal Jerárquico, todos los cargos pertenecientes a la Ley N 3158.Artículo 3.- Reubícase a partir de la fecha del presente Decreto al agente José Luis TOLEDO D.N.I. N
14.296.119 - Clase 1961 Cargo - Jefe de División Información y Organización de Eventos - Categoría 1-F
- Agrupamiento Personal Jerárquico, en el Cargo Jefe

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 30/5/2008

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date30/05/2008

Page count20

Edition count4352

First edition07/01/2004

Last issue11/07/2024

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