Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/6/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 4

BOLETIN OFICIAL

Artículo 2º.- Modifíquese el Artículo 5º del Decreto Nº 43/07 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 5º.- Autorízase al Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería a anticipar a la Dirección General de Bosques y Parques hasta la suma de PESOS CIEN MIL $
100.000,- mensuales, con destino a la atención de los gastos derivados de la Emergencia Sanitaria Forestal que se prorroga en el presente Decreto.
Artículo 3º.- Modifíquese el Artículo 3º del Decreto Nº 2358/05 el cual quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 3º.- Establécese que los productos forestales tipificados como tales en el Decreto Nº 764/04 que surjan fruto del aprovechamiento de bosques fiscales serán ofrecidos a los aserraderos e industrias madereras con asiento en la Provincia del Chubut debidamente registrados mediante los mecanismos que la Dirección General de Bosques y Parques disponga.
Artículo 4º.- La Dirección General de Bosques y Parques rendirá dentro de los diez 10 días de finalizado cada mes los gastos realizados al Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería.

Dto. Nº 650

11-06-07

Artículo 1º.- OTORGASE un subsidio por la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL $ 300.000,00, a favor de la Municipalidad de Esquel, representada por su Intendente, señor RAFAEL WILLIAMS DNI Nº 7.615.516, destinado al mejoramiento habitacional de familias de bajos recursos de dicha localidad.
Artículo 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será con cargo a: Jurisdicción 40
- Programa 22 Actividad 4 UG 3521 Inciso 5
Partida Principal 7 Parcial 6 Fuente de Financiamiento 111 Ejercicio año 2007.
Artículo 3.- El subsidio otorgado deberá ser invertido dentro de los treinta 30 días de recepcionado y rendido por ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia, dentro de los sesenta 60 días de su inversión con copia a la Dirección General de Administración del Ministerio de la Familia y Promoción Social.

Dto. Nº 651

12-06-07

Artículo 1º.- Autorízase al señor Director de Agricultura Ing. Agr. Tomás José GORNATTI DNI Nº 26.344.064, a viajar a los Estados Unidos de América para participar de una gira de Transferencia Tecnológica en cerezas los días 16 al 26 de junio del corriente año.
Artículo 2º.- El viático diario a percibir por el Ing.
Agr. Tomás José GORNATTI por cada día de permanencia en el exterior se fija en la suma de DOLARES
ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS U$S 200, lo cual ascenderá a DOLARES ESTADOUNIDENSES DOS MIL
U$S 2.000 con su equivalente de PESOS SEIS MIL
CIENTO SESENTA $ 6.160,00 según la cotización del
Martes 26 de Junio de 2007

día 11 de mayo del corriente año, U$S 1 = $ 3,08, según Banco de la Nación Argentina tipo vendedor, el cual será ajustado siguiendo el mismo procedimiento a la fecha del respectivo pago.
Artículo 3º.- Autorízase el pago de pasajes aéreos tramos Trelew Buenos Aires Washington Chicago Portland Chicago Washington Buenos Aires
Trelew.
Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución se imputará de la siguiente manera: Jurisdicción 65 SAF 65 - Ministerio de Industria, Agricultura y Ganadería Actividad 1 Programa 22 IPP 3-7-1 Pasajes y en el IPP 3-7-2 Viáticos ambos UG 11999 Fuente de Financiamiento 111 Ejercicio 2007.

Dto. Nº 652

12-06-07

Artículo 1º.- Asígnase asiento de funciones a partir del 01 de junio de 2006 a la agente VALENZUELA Stella Maris MI Nº 06.660.009 clase 1951 cargo Agrupamiento B, Clase II, Grado II, Categoría 5 con 44 horas semanales de labor, Dedicación Exclusiva, Ley Nº 2672
y su modificatoria Ley Nº 2976, con funciones de auxiliar de enfermería en el Puesto Sanitario Lago Blanco al Puesto Sanitario Aldea Beleiro ambos establecimientos asistenciales dependientes del Hospital Rural Río Mayo, Dirección Provincial Area Programática Comodoro Rivadavia de la Secretaría de Salud.
Artículo 2º.- Reconócese a partir del 01 de junio de 2006 y hasta la fecha del presente Decreto, lo actuado por la agente VALENZUELA Stella Maris MI Nº 06.660.009 clase 1951 como encargada del Puesto Sanitario Aldea Beleiro dependiente del Hospital Rural Río Mayo, Dirección Provincial Area Programática Comodoro Rivadavia de la Secretaría de Salud, subrogando la Jerarquía 2 - Categoría 6 del cargo Agrupamiento B, Clase II, con 44 horas semanales de labor, Dedicación Exclusiva, Ley Nº 2672 y su modificatoria Ley Nº 2976.
Artículo 3º.- Desígnase a partir de la fecha del presente Decreto a la agente VALENZUELA Stella Maris MI Nº 06.660.009 clase 1951, para desempeñarse como encargada del Puesto Sanitario Aldea Beleiro dependiente del Hospital Rural Río Mayo, Dirección Provincial Area Programática Comodoro Rivadavia de la Secretaría de Salud, con los alcances del Decreto Nº 97/87, subrogando la Jerarquía 2 - Categoría 6 del cargo Agrupamiento B, Clase II, con 44 horas semanales de labor, Dedicación Exclusiva, Ley Nº 2672 y su modificatoria Ley Nº 2976.
Artículo 4º.- Abónese a la agente VALENZUELA
Stella Maris MI Nº 06.660.009 clase 1951 la diferencia salarial existente entre su cargo de revista cargo Agrupamiento B Clase II Grado II Categoría 5, con 44 horas semanales de labor, Dedicación Exclusiva, Ley Nº 2672 y su modificatoria Ley Nº 2976 y el cargo de encargada del Puesto Sanitario Aldea Beleiro dependiente del Hospital Rural Río Mayo, Dirección Provincial Area Programática Comodoro Rivadavia de la Secretaría de Salud, en la Jerarquía 2 - Categoría 6 del cargo Agrupamiento B, Clase II, con 44 horas de labor, Dedicación

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 26/6/2007

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date26/06/2007

Page count30

Edition count4369

First edition07/01/2004

Last issue05/08/2024

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