Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 22/3/2006

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chubut

PAGINA 2

Miércoles 22 de Marzo de 2006

BOLETIN OFICIAL

Sección Oficial RESOLUCION
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 51/06.
Rawson, 23 de Febrero de 2006.
VISTO:
El Expediente N 2290-ME-05; y CONSIDERANDO:
Que resulta importante arbitrar mecanismos que posibiliten la incorporación de recursos humanos específicamente capacitados para el ejercicio de la docencia, al sistema educativo provincial;
Que recurrentemente se atiende la inquietud de alumnos que obtienen el título docente una vez finalizado el período de inscripciones complementario para interinatos y suplencia y que por la rigidez de los mecanismos de inscripción imperantes hasta el momento, se ven impedidos de incorporarse al sistema educativo provincial;
Que si bien la Ley N 1820, Artículo 85, Inciso a y el Decreto N 1237/83 Artículo 46 Reglamentación I, tienen prevista una inscripción complementaria para quienes hayan obtenido su título entre el 01 de julio del año anterior y el 31 de marzo, no existe norma que contemple la incorporación a los listados de aspirantes a interinatos y suplencias de quienes obtengan su título de profesor a partir del 01 de abril de cada año;
Que en la mayoría de las áreas curriculares y cargos, un altísimo porcentaje de vacantes se encuentra cubierta con personal que no posee título docente;
Que un elemento sumamente importante para lograr mejores rendimientos académicos es que las funciones docentes estén a cargo de personal que posea título docente para el nivel y la especialidad en que desea desempeñarse;
Que es posible poner en marcha mecanismos que alienten la incorporación de estos recursos humanos, sin menoscabar ninguno de los derechos de los docentes inscriptos oportunamente en tiempo y forma;

Artículo 2.- Estos aspirantes serán incorporados en los listados de los respectivos espacios curriculares, áreas o cargos, en la categoría Docentes, a continuación del último inscripto en dicha categoría, en los períodos reglamentarios y por orden de puntaje.
Artículo 3.- Estos docentes deberán abrir su Legajo en las respectivas Juntas de Clasificación Docente de acuerdo a las normas vigentes.
Artículo 4.- Las Juntas de Clasificación Docente otorgarán al docente constancia de su inscripción en la que deberá figurar claramente que se trata de una inscripción fuera de término, que debe ser considerada una vez agotado el listado de la Categoría Docente, los alcances de su título según el Anexo Unificado Provincial de Títulos de esta provincia, y el puntaje asignado según el Artículo 2 de la presente norma. Esta constancia deberá ser presentada por el interesado en oportunidad de ofrecimiento de vacantes que realicen los establecimientos educativos.
Artículo 5.- Las Juntas de Clasificación Docente comunicarán las inclusiones que se realicen al listado de aspirantes a interinatos y suplencias como consecuencia de la aplicación de la presente Resolución, a las Supervisiones Zonales y Seccionales que en cada caso correspondan, las que comunicarán la novedad a los Colegios y Escuelas de su jurisdicción.
Artículo 6.- La presente Resolución será refrendada por el Señor Subsecretario de Coordinación Técnica Operativa de Instituciones Educativas y Supervisión.
Artículo 7.- REGISTRESE, tome conocimiento el Departamento Central de Clasificación Docente de Nivel Inicial y EGB 1 y 2, Junta de Clasificación Docente de Nivel Medio y Polimodal, por Departamento Mesa de Entradas y Salidas remítase copia a las Supervisiones Técnicas Zonales y Supervisiones Seccionales, por Departamento Registro y Verificaciones remítase copia a la Dirección General de Nivel Inicial y EGB 1 y 2, Dirección General de EGB 3 y Polimodal, a la Supervisión Técnica General de EGB 1 y 2, Supervisión Técnica General de Nivel Inicial, Supervisión Técnica General de EGB 3 y Polimodal y cumplido, ARCHIVESE.
HAYDEE MIRTHA ROMERO
GUILLERMO GERMAN FIRMENICH

RESOLUCIONES SINTETIZADAS

POR ELLO:
La Ministro de Educación
RESUELVE:
Artículo 1.- Facultar a la Junta de Clasificación Docente de Nivel Medio y Polimodal y al Departamento Central de Clasificación Docente de Nivel Inicial y EGB
1 y 2 a incorporar a los Listados de Aspirantes a Interinatos y Suplencias a todos los profesores que hubieren obtenido su título docente para dichos ciclos y/o niveles en el período que va desde el 01 de abril al 30 de noviembre de cada año.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Res. N 22

13-02-06

Artículo 1º: APROBAR lo actuado por la Dirección General de Administración, relacionado con los llamados a Licitaciones Privadas N 3/06, N 4/06, N 5/06, N 6/06, N 7/06 y N 8/06 y Concurso Privado de Precios N 3/06 y N 4/06, con el objeto de contratar el transporte escolar para las Escuelas de las Regiones I de Las Golondrinas, III de Esquel y V de Sarmiento, dependientes de este Ministerio, desde el 01 de marzo de

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Boletín Oficial de la Provincia de Chubut del 22/3/2006

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Chubut

CountryArgentina

Date22/03/2006

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Last issue05/07/2024

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