Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 12/7/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 132
Martes, 12 de julio de 2022
Pág. 15


La aprobación del Proyecto de Actuación no es suficiente para materializar el uso o aprovechamiento que viene dada por la licencia urbanística. Será entonces cuando el órgano municipal deberá verificar que se han producido todos los actos de intervención administrativa exigidos por el ordenamiento para la instalación y materialización efectiva de un uso en suelo no urbanizable.
Por lo anterior, como se indicó en el informe técnico de 15 de febrero de 2018 de referencia 18-4067T0168 La parcela en cuestión está en zona de Parque Natural se deberá solicitar los informes o autorizaciones que correspondan será por tanto el órgano competente en la materia quien deberá indicar si el uso es o no adecuado al suelo protegido.
Además, la actuación Núcleo zoológico rehala se encuentra sometida al trámite de Calificación Ambiental, competencia de este Ayuntamiento al estar incluida en el epígrafe 13.55 del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, modificado por el Anexo III de la Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas para reducir las trabas administrativas. Lo que se comunica para su conocimiento, y desde el punto de vista exclusivo de la necesidad de procedimiento de prevención y control ambiental, comunicado por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorial, ref PyCA en fecha 19/06/2021.

Tercero.- Condicionar la aprobación del Proyecto de Actuación al cumplimiento, por parte del promotor, de las siguientes obligaciones:
- La constitución de garantía, en cualquiera de las formas admitidas en derecho, por importe del 10 % del total de la inversión, para cubrir los gastos que puedan derivarse de incumplimientos e infracciones, así como de las labores de restitución de los terrenos.
- Abonar la prestación compensatoria en suelo no urbanizable por importe del 10 por ciento del total de la inversión, según lo dispuesto en la Ordenanza Municipal reguladora.
- Solicitar la licencia municipal de obras, en el plazo máximo de un año, a contar desde la aprobación del Proyecto de Actuación: si bien, la licencia urbanística no se podrá otorgar sin haber obtenido previamente la licencia de actividad sujeta a calificación ambiental mediante CA del epígrafe 13.55 del Anexo I de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, y demás autorizaciones que sean preceptivas.
Cuarto.- Notificar el presente acuerdo a los interesados y dar traslado del mismo a la Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, en orden a su conocimiento y efectos.
Quinto.- Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia, de conformidad con lo previsto en el art. 43.1.f de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.
Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Almería, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
En Ohanes, a veintiuno de junio de dos mil veintidós.
LA ALCALDESA-PRESIDENTA, Rafaela M Ortega Barranco.


Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Edición Oficial en formato electrónico de conformidad con el art. 6 de su Reglamento de Gestión publicado en B.O.P. nº 240 de 16/12/2009.
Firmado de conformidad con el art. 13 del Reglamento Regulador de la Administración Electrónica de la Diputación de Almería B.O.P. nº 57 de 24/03/2009

Documento firmado electrónicamente. Verificable en https ov.dipalme.org/csv?id=noTdxc36fcYPkWDShGQghOERXWKbdOp5 .

Segundo.- Declarar la utilidad pública o interés social de la actuación de interés público y aprobar el Proyecto de Actuación para la ejecución de casetas para alojar rehala de perros en el Paraje Castañar, Polígono 4, Parcelas 255 del t.m. de Ohanes, presentado por Pedro Jesús Martínez Jiménez, conforme al Proyecto Técnico de 24/01/2018 y corrección de fecha 12/06/2020, redactado por el Arquitecto Técnico D. Antonio Sánchez Ortiz, necesario y previo a la calificación ambiental y la licencia de obras, atendiendo a las siguientes prescripciones:
- La aprobación del presente Proyecto de Actuación no exime de la obtención por el promotor de las autorizaciones que fuesen necesarias por otros Organismos Públicos, distintos del Ayuntamiento, en el ámbito de sus competencias.
- Las que se detallen en los informes del Espacio Natural de Sierra Nevada.
- El plazo de cualificación de los terrenos para la citada implantación es de 15 AÑOS. Los efectos de la licencia de obras y actividad quedan supeditados a dicho plazo, transcurrido el cual, podrá ser objeto de renovación, o bien quedará extinguida la citada licencia, sin derecho a indemnización alguna.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 12/7/2022

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date12/07/2022

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First edition26/04/1999

Last issue26/06/2024

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