Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 14/10/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

B.O.P. de Almería - Número 197
Lunes, 14 de octubre de 2019
Pág. 23


ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
3917/19

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚMERO 1 DE SEVILLA
Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 157/2019. Negociado: 4J.
N.I.G.: 4109144S20140002685.
De: FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN.
Abogado: JOSÉ LUIS LEÓN MARCOS.
Contra: D ANTONIO BALLESTEROS PEDROSA.

D. M. Belén Pascual Hernando, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Social Número 1 de Sevilla.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 157/2019 a instancia de la parte actora FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN contra ANTONIO BALLESTEROS PEDROSA sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado RESOLUCIÓN de fecha 13/09/2019 del tenor literal siguiente:
S.S. Iltma. Acuerda:
Despachar ejecución a favor de FUNDACIÓN LABORAL DE LA CONSTRUCCIÓN, contra ANTONIO BALLESTEROS
PEDROSA por la suma de 145,32 euros en concepto de principal, más la de 29,06 euros calculados provisionalmente para intereses y costas y gastos.
Se decreta embargo de los saldos de cuentas en entidades financieras de la titularidad del ejecutado, D. ANTONIO
BALLESTEROS PEDROSA, en cuanto fuere suficiente a cubrir la suma de las cantidades reclamadas: 145,32 euros en concepto de principal, más la de 29,06 euros calculados para intereses y costas y gastos 174,38 € en total. Para ello, tramítese la oportuna orden a través del Punto Neutro Judicial.
Y para que sirva de notificación al demandado ANTONIO BALLESTEROS PEDROSA actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Sevilla, a trece de septiembre de dos mil diecinueve.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, María Belén Pascual Hernando.
La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o con la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.


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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 14/10/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date14/10/2019

Page count24

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Last issue29/07/2024

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