Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 10/9/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Almería

Al presentar un escrito o solicitud en la oficina electrónica, el interesado recibirá un "acuse de recibo" o de "tarea realizada". En caso de no recibirlo, se entenderá que no se ha producido la recepción del escrito, por lo que deberá repetir la operación en otro momento o bien utilizar otro medio de presentación en Registro.
El interesado podrá comprobar la entrada en registro de la solicitud en la Oficina Virtual accediendo a través de la "carpeta ciudadana".
B En alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En este caso, el interesado deberá comunicar mediante correo electrónico registro@senes.es, la presentación de la instancia o documento, que deberá ser recibido en este Ayuntamiento en el plazo máximo de diez días naturales siguientes a la fecha de terminación del plazo de presentación.
Se presentará solicitud en el modelo normalizado. En la solicitud se relacionarán los documentos que se adjunten. Éstos deberán relacionarse y adjuntarse ordenados y agrupados por bloques o ficheros si es presentación electrónica según la siguiente estructura y bajo el título que se indica:
Grupo/Fichero 1: "REQUISITOS" Documentos acreditativos de los requisitos para la participación: DNI y título habilitante.
Grupo/Fichero 2: "MÉRITOS PROFESIONALES" Documentos acreditativos de los méritos profesionales, en su caso.
Grupo/Fichero 3: "SUPERACIÓN DE PRUEBAS SELECTIVAS" Documentos acreditativos de la superación de pruebas selectivas, en su caso.
El resto de publicaciones se llevarán a cabo en la sede electrónica de este Ayuntamiento https www.senes.es.
Los aspirantes deberán acreditar junto con la instancia el cumplimiento de los requisitos para participar y los méritos que deban ser valorados, no valorándose aquellos otros méritos que no cumplan con la debida acreditación.
4. CUARTA. Admisión de Aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de diez días, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento https www.senes.es, se señalará un plazo de diez días hábiles para que se puedan formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado la exclusión.
Transcurrido el plazo de subsanación, por la Alcaldía se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en la sede electrónica de este Ayuntamiento https www.senes.es, se hará constar el día, hora y lugar en que habrán de realizarse todas las pruebas/el día, hora y lugar en que habrá de realizarse el primer ejercicio de selección. El llamamiento para la sesión siguiente de un mismo ejercicio deberá realizarse con un plazo mínimo de antelación de doce horas, mientras que la convocatoria para un ejercicio distinto deberá respetar un plazo mínimo de cuarenta ocho horas. Igualmente en la misma resolución, se hará constar la designación nominal del tribunal.
5. QUINTA. Tribunal Calificador.
Con base en lo establecido en el artículo 60 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, los órganos de selección serán colegiados y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, tendiéndose a la paridad entre hombre y mujer.
El personal de elección o designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse la pertenencia en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal Calificador estará constituido por:
Miembro Presidente Suplente Vocal Suplente Vocal Suplente Vocal Suplente Secretario Suplente
Identidad Un funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
Un funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
Un funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
Un funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
Un funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
Un funcionario de Administración Local con Habilitación de Carácter Nacional.
Un funcionario subgrupo A1
Un funcionario subgrupo A1
Un funcionario subgrupo A1
Un funcionario subgrupo A1

La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1
de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
6. SEXTA. Sistemas de Selección y Desarrollo de los Procesos.
PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN
El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:
FASE DE OPOSICIÓN:
La fase de oposición, que será de carácter eliminatorio, consistirá en la realización de una prueba de conocimientos tipo test, así como la resolución de uno o varios supuestos prácticos, planteados por el Tribunal, durante un periodo máximo de dos horas, del temario Anexo.
El ejercicio será leído por el aspirante ante el Tribunal que podrá formular preguntas o aclaraciones sobre el mismo y en su calificación se valorará fundamentalmente, la precisión y el rigor técnico del planteamiento, exposición y resolución de la cuestión o cuestiones planteadas.
El ejercicio de las pruebas será obligatorio y eliminatorio, calificándose hasta un máximo de diez puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos.


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B.O.P. de Almería - Número 173
Martes, 10 de septiembre de 2019
Pág. 5


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Boletín Oficial de la Pcia. de Almería del 10/9/2019

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Almería

CountrySpain

Date10/09/2019

Page count18

Edition count6267

First edition26/04/1999

Last issue26/07/2024

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