Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/07/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

8 de julio de 2024

BOLETIN OFICIAL Nº 6300

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k Declaración jurada de la veracidad de la documentación y los datos consignados.
l Solo para quienes excedan el límite de edad de 35 años, acreditar fehacientemente su regularidad en el sistema previsional, mediante presentación de constancia de aportes previsionales, expedida por el ANSES, o historia laboral impresa desde el sitio web institucional de dicho organismo, a los fines de verificar los aportes suficientes que le permitan acceder al beneficio previsional al momento de cumplir la edad mínima requerida para jubilarse.
En el cuerpo del mail debe declararse bajo juramento que la documentación y los datos consignados se ajustan a la verdad y que cualquier modificación que se produzca de los mismos, se comunicará dentro de las 48 hs. de producida.
La documentación enviada importa, sin más, la aceptación y el sometimiento voluntario para con la reglamentación general o particular que se aplique en este procedimiento de selección.
La remisión de los documentos solicitados anteriormente es con carácter obligatorio, su omisión -de cualquiera de los ítemshabilita a no inscribir a quien se postula.
La documentación recepcionada en la Secretaría vía correo electrónico puede ser requerida en original o autenticada en cualquier etapa del concurso.
Artículo 8º.- Establecer que la Secretaría de Gestión y Acceso a Justicia del STJ verifica los requisitos de admisibilidad consignados en el artículo 2.
Artículo 9º.- Hacer saber que el proceso de selección comprende dos etapas:
Primera Etapa: Evaluación de antecedentes y oposición, a cargo del Comité Evaluador, cuyas pautas se darán a conocer una vez determinadas por el propio Comité.
Segunda Etapa: Entrevista con los Jueces y Juezas del Superior Tribunal de Justicia.
Artículo 10º.- Establecer que el sistema de evaluación de títulos y de antecedentes se califica con un máximo de hasta veinte 20 puntos y el sistema de oposición se califica con un máximo de hasta cuarenta 40 puntos. La evaluación y calificación de los antecedentes de quienes se postulen, acreditados con documentación respaldatoria, y la oposición la realiza el Comité de Evaluación, integrado por tres 03 miembros: Ana Carolina Scoccia, Jueza de la Unidad Procesal N 5 de la Primera Circunscripción Judicial; Cecilia Wiesztort, Jueza de la Unidad Procesal N 7 de la Tercera Circunscripción Judicial y Jorge Alejandro Benatti, Juez de la Unidad Procesal N 5 de la Cuarta Circunscripción Judicial. Dicho Comité fija la metodología de la evaluación de títulos y antecedentes como así también diseña y evalúa la oposición.
Los antecedentes de los cuales no se acompañe documentación que los acredite, no son tenidos en consideración al momento de su ponderación.
Artículo 11º.- Establecer que la entrevista personal con los Jueces y las Juezas del STJ otorga un máximo de cuarenta 40 puntos. No acceden a dicha entrevista quienes hubieren acumulado menos de treinta 30
puntos en la evaluación de títulos, antecedentes y oposición.
Para la aprobación de la totalidad de la evaluación ponderación de títulos y antecedentes, oposición y entrevista con los Jueces y Juezas del STJ los y las postulantes deben acumular un total de setenta 70 puntos como mínimo, sobre los cien 100 posibles. La calificación final se integra con la suma de la puntuación asignada a cada etapa.
El listado de quienes resulten aprobados puede ser utilizado en eventuales vacantes que se produzcan en el cargo para el que se concursa por el término de tres 03 años.
El Superior Tribunal de Justicia queda facultado para realizar la designación dentro de las tres mejores calificaciones en atención al perfil para el cargo a cubrir.
Artículo 12º.- Hacer saber que el proceso de evaluación puede realizarse en forma presencial, semipresencial o virtual.
Artículo 13º.- Exigir que los/las postulantes al inscribirse deben aceptar expresamente la reglamentación y las condiciones fijadas por el Superior Tribunal de Justicia.
Artículo 14º.- Ordenar la publicación del llamado en el Boletín Oficial de la Provincia durante tres 03
días.
Artículo 15º.- Registrar, notificar, publicar y oportunamente archivar.
Fdo. Sergio G. Ceci - Presidente Superior Tribunal de Justicia.
Ante Mí: Ana J. Buzzeo Secretaria Subrogante.
oOo Provincia de Río Negro PODER JUDICIAL
Concurso Público de Antecedentes y Oposición para la cobertura del siguiente cargo:
Segunda Circunscripción Judicial Resolución Nro. 17/24-CM
Un 1 Cargo de Juez o Jueza a cargo de la Unidad Procesal Nro. 11, con asiento de funciones en la Ciudad de General Roca.-

Firmado Digitalmente por MILTON C. DUMRAUF - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6300.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 08/07/2024

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date08/07/2024

Page count59

Edition count1927

First edition03/01/2002

Last issue08/08/2024

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