Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

5 de octubre de 2023

BOLETIN OFICIAL Nº 6224

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Art. 4º.- El propietario dejará expedito el paso a equipos y personal del Departamento Provincial de Aguas, para la ejecución de tareas sobre márgenes y cauce, a los efectos de realizar acciones de defensa de costas y sistematización de cauce.
Art. 5º.- La presente aprobación se limita a lo concerniente a la definición de la línea de ribera y conexas.
El profesional actuante es responsable de que lo consignado en el plano refleja fielmente lo indicado en las respectivas Instrucciones Especiales de Mensura.
Art. 6º.- Regístrese, comuníquese, notifíquese al solicitante, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido, Archívese.Ing. Daniel Alberto Petri, Intendente General de Recursos Hídricos a/c de la Superintendencia General de Aguas D.P.A..oOo Provincia de Río Negro MINISTERIO DE ECONOMÍA
RESOL-2023-385-E-GDERNE-ME
Viedma, 27 de Septiembre de 2023

Visto: el Expte. EX-2023-00365917-GDERNE-SPME del Registro del Ministerio de Economía, la Ley Nacional Nº 25.917 y el Decreto Nacional N 1.731/04, las Leyes Provinciales H N 3.186, H N 3.886, N 5.537
y su modificatoria Ley Nº 5.630, el Decreto H N 1.737/98 y la Resolución RESOL-2021-352-EGDERNEME, y;
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 21 de la Ley H N 3.186 y el Decreto H N 1.737/98 faculta al Poder Ejecutivo provincial a fijar los lineamientos generales para la formulación del proyecto de Ley de Presupuesto, siendo necesario en tal sentido que el Ministerio de Economía establezca un cronograma con las actividades que permitan la presentación ante la Legislatura de la Provincia del proyecto de Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2024;
Que, asimismo, el Artículo 25 de la mencionada ley, establece la obligatoriedad de elaborar un Presupuesto Plurianual, en consonancia con lo establecido por la Ley Nacional N 25.917, a la cual la Provincia adhirió mediante la Ley H N 3.886;
Que mediante el Decreto H N 1.737/98, reglamentario del Capítulo IV de la Ley H N 3.186, se establece el mecanismo para la presentación y aprobación de los proyectos de Presupuesto de las Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas y todas aquellas Empresas donde el Estado Provincial tiene participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias;
Que en virtud de la política vigente de modernización del Estado Provincial, el Ministerio de Economía se encuentra abocado a implementar un proceso gradual de orientación a resultados del presupuesto público, cuya consecución permitirá en el mediano plazo contar con un presupuesto diseñado sobre estándares internacionales, exhibiendo una política presupuestaria articulada con las prioridades provinciales de desarrollo sostenible y una matriz programática ilustrativa de cada proceso institucional de producción pública cuya ejecución sea medible a través de criterios objetivos de eficiencia y efectividad;
Que la Resolución RESOL-2021-352-E-GDERNE-ME aprobó la Dinámica de Gestión Presupuestaria orientada a Resultados con el objeto de precisar los aspectos procedimentales y metodológicos del ciclo de gestión presupuestaria previstos en el Título II de la Ley Nº H 3.186 y su reglamento, por lo cual se instruye la aprobación e implementación del cronograma anual de tareas necesarias para la formulación del presupuesto del sector público provincial Directiva I;
Que, en virtud de ello, la Subsecretaría de Presupuesto, órgano rector del Sistema Presupuestario del Sector Público Provincial, elaboró dicha Directiva I para organizar las tareas de las áreas provinciales específicas y de los responsables de la presupuestación en las unidades administrativas de cada Jurisdicción y Entidad a través de mecanismos técnico-administrativos innovadores, cuya finalidad consiste en coordinar el proceso de formulación respetando los plazos de elaboración y obteniéndose la información requerida en tiempo y forma de acuerdo a las exigencias de la normativa vigente;
Que para el presente trámite no resulta obligatorio el control de legalidad previo y la notificación a la Fiscalía de Estado, conforme al Art. 12º Inc. e de la Ley A Nº 2.938 y Arts. 7º y 12º de la Ley K Nº 88, en virtud de lo establecido en el Artículo 1º de la Resolución Nº 76/12 y su modificatoria Resolución Nº 119/13
de la Fiscalía de Estado;
Que ha tomado debida intervención la Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía;
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 16 de la Ley Nº 5.537 y su modificatoria Ley Nº 5.630;

Firmado Digitalmente por SERGIO D. HAIDT - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6224.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/10/2023

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date05/10/2023

Page count132

Edition count1920

First edition03/01/2002

Last issue15/07/2024

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