Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/10/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

4 de octubre de 2021

BOLETIN OFICIAL Nº 6021

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CONSIDERANDO:
Que inicia las actuaciones el Sr. Favio Regliner, en carácter de socio gerente de la firma CR Constructora S.R.L., contratista de CAMUZZI Gas del Sur, solicitando permiso de obra: Cruce subterráneo sobre canal de desage Las Nutrias de cañería 4, en proximidad de la localidad de Lamarque para remoción de cruce aéreo existente, ello conforme a la documentación técnica y planimetría que se acompaña;
Que realizado el análisis técnico respectivo, de acuerdo al informe obrante a fs 9, resulta factible acceder a la solicitud, para lo cual se suscribió el Convenio respectivo, cuyo modelo fuera aprobado por artículo 1º de la Resolución Nº 2120/08 y corre obrante a fs 11/18;
Que asimismo, a fs 19 obra constancia de pago de los aranceles establecidos por el art. 5º de la Resolución Nº 208/21;
Que en virtud de ello, corresponde el otorgamiento a favor del peticionante, del Permiso Administrativo para la obra de Cruce subterráneo sobre canal de desage Las Nutrias de cañería 4, en proximidad de la localidad de Lamarque para remoción de cruce aéreo existente;
Que la presente halla sustento legal en los Artículos 22º inciso c2; 28º; 35º; 37º; 43; 260º y concordantes del Código de Aguas;
Por ello, El Superintendente General de Aguas RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar el Permiso Administrativo a la firma CR Constructora S.R.L. contratista de Camuzzi Gas Del Sur, para la obra: Cruce subterráneo sobre canal de desage Las Nutrias de cañería 4, en proximidad de la localidad de Lamarque para remoción de cruce aéreo existente, provincia de Río Negro, todo ello conforme a la memoria descriptiva, planos y demás documentación obrante en el expediente de referencia.
Artículo 2º: El Permiso Administrativo otorgado en el presente acto se regirá por el Convenio suscripto el 30 de Julio de 2021 y cuya copia obra en autos y se otorga sin perjuicio a las concesiones y autorizaciones, en los términos previstos por el art. 28 del Código de Aguas.
Artículo 3º: Toda norma modificatoria que en lo sucesivo se dicte en materia de tutela, administración y política de Agua Pública y su uso y goce por personas particulares, debe ser observada por el titular del permiso y cumplida en lo que se oponga a la presente.
Artículo 4º: Sin perjuicio de las causales de extinción previstas en el Convenio respectivo y en el artículo 47º del Código de Aguas, en los casos siguientes y a juicio exclusivo del Departamento Provincial de Aguas, se producirá la caducidad del permiso:
a En caso de modificarse el destino para el que fue otorgado.
b Por cesión total o parcial sin consentimiento expreso del otorgante.
c En general, ante el incumplimiento de los términos y obligaciones impuestas por el Artículo 42º y concordantes del Código de Aguas en lo que resulte pertinentey los que surgieran del Convenio respectivo y de la presente.
Artículo 5º: El titular del permiso deberá dar cumplimiento a las normas vigentes sobre Control de Calidad y Protección de los Recursos Hídricos Provinciales contenido en el Libro Tercero del Código de Aguas y sus Reglamentaciones.
Artículo 6º: En todos los demás aspectos que excedan el marco del permiso de uso y se encuentren dentro de las facultades previstas en el Código de Aguas, en especial los Artículos 16º, 258º, 260º y concordantes, el Departamento Provincial de Aguas tomará la intervención que corresponda.
Artículo 7º: Regístrese, comuníquese, notifíquese al solicitante, publíquese en el Boletín Oficial, cumplido, archívese.
Inf. Fernando Javier Curetti, Superintendente General de Aguas.O
Resolución Nº 764
Expediente Nº 133250 - IGRH -21
Viedma, 27 de Septiembre de 2021

Visto el Expediente de referencia, por el que se tramita Permiso de cruce de puente en sifon sobre canal Terciario 2-III Sud canal de riego cementerio en calle Jujuy y Surinam General Roca Empresa Constructora Roque Mocciola S.A., y CONSIDERANDO:
Que inicia las actuaciones el Sr. Alejandro Alfredo Figini, en carácter de apoderado de la firma Roque Mocciola S.A., solicitando permiso de obra para: Cruce de puente en sifón sobre canal Terciario 2-III Sud canal de riego cementerio en calle Jujuy y Surinam progresiva 0+123, para acceso al lote Chacra 250, en la localidad de General Roca, ello conforme a la documentación técnica y planimetría que se acompaña;

Firmado Digitalmente por GUILLERMO CEBALLOS - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/6021.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/10/2021

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date04/10/2021

Page count86

Edition count1925

First edition03/01/2002

Last issue01/08/2024

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