Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/09/2018

Text version What is this?Dateas is an independent website not affiliated with any government agency. The source of the PDF documents that we publish is the official agency stated in each of them. The text versions are non official transcripts that we do to provide better tools for accessing and searching information, but may contain errors or may not be complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

14

BOLETIN OFICIAL N 5701

2.294.474 en autos: Escartin Francisco y Muñoz Elena s/Sucesión Ab Intestato Expte. Nº F-1748C3-18 a hacer valer sus derechos acompañando la documentación que lo acredite. Publíquese por 3
días. Secretaría, 14 de agosto de 2013. Ana Victoria Ganuza, Secretaria.
oOo La Dra. Laura Fontana, a cargo del Juzgado Letrado en lo Civil y de Minería n Cinco de General Roca RN sito en calle San Luis n 853, 2do piso de la ciudad, Secretaría Única de la Dra. Selva Aranea, comunica en los autos caratulados:
Berros, José Luis y Ot. C/Departamento Provincial de Aguas y A.R.S.A. S/Amparo Colectivo Expte. Nº S-2RO-9-C5-16, un grupo de vecinos de la ciudad de General Roca han iniciado amparo colectivo en los términos de la Ley 2.779 en protección del ambiente a fin de obtener por parte del Departamento Provincial de Aguas y Aguas Rionegrinas SA el cese de las permanentes y continuas pérdidas de agua potabilizada por cañerias rotas u otros defectos en la calle Gemes desde calle Mendoza hasta la planta potabilizadora sita en calle Padre Alejandro Stefenelli de la ciudad de General Roca. Determinándose que el colectivo involucrado resultan ser los vecinos de General Roca, por lo que se cita a aquellos que estimen pertinente a hacer uso, de la opción de ser parte del proceso, como así otorgar la posibilidad de comparecer como parte o contraparte a todas aquellas asociaciones que pudieran representarlos a los efectos que la sentencia pueda serle opuesta; los que deberán presentarse ante este Juzgado y Secretaría dentro los dos días posteriores a la publicación por este medio. Hágase saber que se ha fijado audiencia de conciliación a realizarse en la sede del Tribunal para el día 7 de septiembre de 2018 a las 10 horas. Publíquese por tres días en el Boletín Oficial y medio radial. El presente deberá ser diligenciado sin previo pago de tasas, contribuciones, aranceles u otros cargos en virtud del beneficio de litigar sin gastos acordado en los términos del art. 32 de la Ley 25.675.- Secretaría, 17 de agosto de 2018.- Selva A. Aranea, Secretaria.oOo El Agente Fiscal a cargo de la Unidad Fiscal:
Guillermo González Sacco hace saber Lucas Rubén Emilio Fresco, que en los autos Martínez Araceli Jazmín C/NN s/Robo Calificado con el uso de Arma Blanca, Nº MPF-VI-02011-2018 que tramitan ante esta U.F.T. Nro. 2 - Viedma, se ha dictado la Resolución que en su parte pertinente dice:
Viedma, 18-06-2018. Autos y Vistos: Las presentes actuaciones caratuladas: Martínez Araceli Jazmín c/NN s/Robo Calificado con el uso de Arma Blanca, Nº MPF-VI-02011-2018" , en trámite ante la U.F.T. Nro. 2 - Viedma, correspondiente a la 1 Circunscripción Judicial, a cargo del suscripto. Considerando: Que se inician las presentes actuaciones con motivo de la denuncia de Martínez Araceli Jasmín, el día 30/05/2018, en horas 23:40, manifestó que sufrió un hecho de robo mientras caminaba por la calle acompañada de una amiga por un masculino al cual desconoce, quién apuntandolas con un cuchillo tipo carnicero, mango blanco de hoja de 20 cm aproximadamenteles sustrajo sus pertenecias y las de su amigas, entre ellas le sustrajo 01 un teléfono celular marca LG, color blanco, n de abonado 02984-15401338;
01 un teléfono celular marca Samsung, modelo J5, color negro, con pantalla trizada, y funda color celeste y blanca, n de abonado 02901-15419017, 01 una bicicleta Montan Vike marca SBK, color negro, rodado 27.5 con una calcomanía de
descripción MAXXI. Que se realiza el muestreo fotográfico a Martínez y a su compañera de los tres 03 álbunes fotográficos masculinos, de los cuales la diciente sólo vizualizó el álbum A
negándose a observar los álbunes restantes debido a que quería terminar con la diligencia lo antes posible, y su compañera reconoce en un 90% al ciudadano Roberto Neri Díaz. Que en fecha 01/06/2018 se autorizó a realizar el allanamiento en el domicilio de Roberto Neri Díaz, a los fines de secuestrar los elementos vinculados al robo, el cual arrojó resultados negativos. Que en fecha 05-06-2018 se libró oficio a OITEL, a fin de solicitarle informe sobre las líneas teleónicas sustraidas, el cual arrojó resultado negativo para ambos celulares. Que en orden a una racionalización de los recursos de este Ministerio Público Fiscal, corresponde reanalizar la continuación de la pesquisa. En ese sentido, en consideración de las cuestiones particulares de esta causa, que son el tiempo transcurrido y la imposibilidad de recolectar prueba; Resuelvo: I.Archivar la denuncia de Martínez Araceli Jasmín, en virtud de lo dispuesto en el artículo 128, inc. 4
del C.P.P. II.-Notificar en los términos del artículo 129 del C.P.P. Hágase saber al nombrado que le asiste el derecho de requerir que la decisión notificada sea revisada por el Fiscal Jefe, acordándose la Ley un plazo de tres 3 días hábiles a partir de notificado de la Resolución referida, para manifestar su voluntad en tal sentido Art.
129 o 154 último párrafo CPP. Fdo.: Guillermo Carlos Ortíz, Agente Fiscal. Guillermo González Sacco, Fiscal.
oOo La Dra. Paola Santarelli, juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones N 21, Secretaría Única a cargo de la Dra. Silvana A. Petris, sito en Castelli N 62 de Villa Regina; cita y emplaza por treinta días a herederos y acreedores de Estela Condori Choque, DNI. 92.915.373, a que comparezcan a estar a derecho en autos Condori Choque, Estela s/Sucesiones Expte. Nº F-2VR-48C2018, a cuyo efecto publíquense edictos en el Boletín Oficial por tres días, y en la página web oficial del Poder judicial de Río Negro. Villa Regina, 29 de Junio de 2018. Silvana A. Petris, Secretaria.
oOo El Juzgado de 1era. Instancia en lo Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones nº 31 con sede en 9 de Julio nº 221 1er. piso de Choele Choel RN a cargo de la Dra. Natalia Costanzo, Juez Secretaría Civil Subr. a mi cargo, cita y emplaza por el término de diez 10 días a comparecer en estos autos a quienes se consideren con derechos sobre el inmueble sito en la localidad de Río Colorado, Departamento de Pichi Mahuida RN NC: 09-1E-427-02, inscripto al Tº 6 Fº 421 Matrícula 988, para que se presenten a hacer valer sus derechos en autos: Palacio Milton César y Otro c/Legnani Juan s/Prescripción Adquisitiva Expte. Nº A-2CH79-C31-18 a los fines y bajo apercibimiento dispuesto en el art. 791 CPCyC.- Publíquese por dos días en el Boletín Oficial y Diario Río Negro.
Choele Choel, 18 de junio de 2018. Fdo. Dra.
Natalia Costanzo, Juez.
oOo El Dr. Cristian Tau Anzoátegui, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial y de Minería nro. 5 de la III Circunscripción Judicial de la Prov. de Río Negro, Secretaría Única a cargo del Dr. Iván Sosa Lukman, sito en Juramento 190 4to, Piso de la ciudad de Bariloche, cita por 30 días a herederos y acreedores de la Sra. Catin Calistro, Rosa Enimia, DNI 92.829.074 para que se presenten a estar a derecho en los autos caratulados: Catin Calistro,
Viedma, 03 de Septiembre de 2018
Rosa Enimia s/Sucesión Ab Intestato Expte. Nro.
18040-18.- Publíquense edictos durante tres días.
San Carlos de Bariloche, 12 de julio de 2018.- Iván Sosa Lukman, Secretario.oOo Federico Emiliano Corsiglia, Juez a cargo del Juzgado Civil, Comercial, Minería y Sucesiones N
9, con asiento de funciones en calle Villegas N
384 de la ciudad de Cipolletti, Provincia de Río Negro, cita y emplaza por treinta 30 días a herederos y acreedores del Sr. Livio Abel Obreque, Documento Nacional de Identidad N 16.816.270, para que comparezcan en autos: Obreque Livio Abel s/Sucesión Ab Intestato Expte. N F-4C11768-C2018, a hacer valer sus derechos, acompañando la documentación que lo acredite.
Publíquese por un día. Cipolletti, 15 de agosto de 2018.- Dania Geraldín Fuentes, Secretaria Subrogante.oOo El Dr. Cristian Tau Anzoátegui, Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, de Minería y Sucesiones Nro. 5, de la III Circunscripción Judicial de Río Negro, con asiento en Pasaje Juramento 190 piso 4to, de San Carlos de Bariloche, Pcia. de Río Negro, Secretaría Única del Dr. Iván Sosa Lukman, en autos caratulados Avila Francisco José s/Sucesión Ab Intestato Expte. Nro. 17448-17, cita y emplaza a herederos y acreedores del Señor Francisco José Avila L.E. Nro. 0.564.542, para que hagan valer sus derechos artículo 3589 del Código Civil, por el término de treinta dias contados desde la última publicación. Publíquese por 3 tres días en el Boletín Oficial y diario.Secretaría, 6 de Julio de 2018.- Iván Sosa Lukman, Secretario.oOo Provincia de Río Negro - Instituto de Desarrollo del Valle Inferior - Comandante Luis Piedra Buena - Viedma, 30 de Julio de 2018.- Sr./Sres. Huel Ricardo Daniel y Otra Lote 04 Mz. 460 Domicilio constituido San Javier.- Ante su Nota presentada por ante el IDEVI, el 13/07/2018, argumentando los motivos del incumplimiento de la prórroga otorgada oportunamente para el cumplimiento de las obligaciones mantenidas conforme convenio celebrado con el IDEVI, obrante a fs. 54 de la actuación 150.674-I-11, por la cual se tramitó todo lo relativo a la adjudicación del lote 16 de la Mz.
469 C de la localidad de Fuerte San Javier, se le comunica que:
1.- El Gerente General, hizo lugar a una prórroga por el término de noventa 90 días a los fines del cumplimiento del objeto, a partir de recibida la presente o, en su defecto, de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
2.- El no avance de obra significativo en los términos establecidos en el punto anterior, darán lugar, sin excepción, a la iniciación del trámite de desadjudicación sin necesidad de interpelación previa.
3.- Le está absolutamente prohibido ceder en todo o en parte a un tercero los derechos y acciones que le asisten sobre el lote. Cualquier acto realizado por su cuenta en este sentido, será nulo, sin derecho a reclamo alguno por cualquiera de las partes en incumplimiento adjudicatario cedente o comprador cesionario, perdiéndose inmediatamente los derechos que le asisten sobre el lote y cualquier posibilidad de inscripción en futuros loteos del IDEVI, siendo de absoluta responsabilidad del adjudicatario, los daños causados al cesionario.
4.-La presente, además de ser remitida al domicilio constituido, será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de su efectiva
Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5701.pdf

About this edition

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/09/2018

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date03/09/2018

Page count24

Edition count1918

First edition03/01/2002

Last issue08/07/2024

Download this edition

Other editions

<<<Septiembre 2018>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30