Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/11/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 09 de Noviembre de 2017

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BOLETIN OFICIAL N 5615

del gobierno nacional, las provincias y los establecimientos públicos de salud hacia el logro de mejores resultados de salud para la población con cobertura del sector público.
La estrategia desarrollada por el Programa ha potenciado el rol de rectoría de la Nación, fortaleciendo los sistemas provinciales de salud, y moderando las inequidades territoriales en el acceso efectivo al derecho a la salud por parte de la población.
Los resultados nomínados generados por el Programa se han constituido en información altamente relevante para la construcción y articulación de políticas públicas a nivel nacional. Políticas como la Asignación Universal por Hijo y Embarazo y el PROGRESAR, han podido incrementar su efectividad como resultado de su integración institucional con el Programa Sumar.
La generación de información sanitaria confiable y oportuna respecto del estado de salud de la población ha sido un aspecto distintivo y destacado del Programa, por cuanto la misma se ha convertido en un insumo crítico para la gestión sanitaria tanto a nivel nacional como provincial, permitiendo la toma de decisiones en base a la evidencia.
La implementación del Programa Sumar ha generado un fuerte proceso de empoderamiento de los equipos de salud del sector público, como actores claves para la obtención de mejores resultados de salud, otorgando a los mismos autonomía para la administración de los recursos generados en el marco del Programa y fortaleciendo sus capacidades de planificación y gestión.
La nominación de la población bajo cobertura del sector público y la asignación de la misma a un establecimiento de salud de referencia ha permitido revalorizar el concepto de población a cargo, generando las herramientas necesarias para que los equipos de salud trabajen en disminuir las brechas de acceso y mejorar los niveles de utilización de las prestaciones priorizadas.
Los estudios de evaluación de impacto han permitido verificar que el Programa ha sido exitoso a los efectos de mejorar el acceso y la atención de la salud de la población más vulnerable, mejorando el estado de salud de la misma.
En el marco de la estrategia de institucionalización del Programa Sumar, resulta relevante destacar que actualmente todas las provincias del país se encuentran cofinanciando con recursos locales el modelo de gestión y cobertura explicita implementado a partir del Programa, a través del financiamiento de las transferencias capitadas y los recursos humanos que integran las Unidades de Gestión de los Seguros Provinciales de Salud UGSP.
Con el propósito de continuar mejorando la salud de la población que cuenta con cobertura del sector público, el Ministerio de Salud de la Nación emitió la Resolución MSN Nº 866/2015 que amplia la cobertura del Programa Sumar incorporando al hombre entre los 20 y los 64 años de edad, con cobertura exclusiva del sector público.
A los efectos del financiamiento de la citada ampliación de la cobertura del Programa, el Gobierno Argentino ha suscripto el Convenio de Préstamo BIRF Nº 8516-AR.
Con fecha 1 de abril de 2015 la Provincia de Río Negro firmó con la Nación la Addenda al Convenio Marco, incorporando a la población objetivo los hombres de 20 a 64 años.
Considerando que el inicio de la ejecución del CP BIRF Nº 8516-AR
sucedió con una demora considerable en relación a la planificación diagramada oportunamente y que la fecha de vigencia prevista por medio de la Addenda al Convenio Marco fue establecida en el 30/06/2017, resulta necesario extender el plazo de ejecución.
En virtud de los antecedentes citados, las partes acuerdan prorrogar la vigencia, bajo las mismas cláusulas, del Convenio Marco de Participación en el Proyecto de Desarrollo de Seguros Públicos Provinciales de Salud.
Primera / Partes Por una parte el Ministerio de Salud de la Republica Argentina, representado por el Sr. Ministro de Salud, Dr. Jorge Daniel Lemus, con domicilio en Avenida 9 de Julio Nº 1.925, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por la otra parte el Gobierno de la Provincia de Río Negro representado por el Gobernador, Sr. Alberto Edgardo Weretilneck con domicilio en la calle Laprida Nº 212, de la Ciudad de Viedma, respectivamente han convenido lo siguiente:
Segunda / Vigencia Las partes acuerdan prorrogar la vigencia del Convenio Marco de Participación en el Programa de Desarrollo de Seguros Públicos Provinciales de Salud, estableciendo su vigencia hasta el día 31/12/2018 o hasta la finalización de los recursos los CP BIRF Nº 8062 y/o M 8516-AR., lo que
suceda primero. Acaecida una de las mencionadas causales, las partes podrán negociar una nueva prórroga o un nuevo Convenio a satisfacción de las partes.
Las partes quedan facultadas para rescindir el presente convenio en cualquier momento, debiendo comunicar de manera fehaciente a la otra parte su decisión con una antelación no menor a los 30 días.
Tercera / Conformidad Las partes intervinientes declaran su conformidad con lo anteriormente pactado, obligándose a su estricto cumplimiento, firmando en constancia sus representantes legales dos ejemplares de un mismo tenor.
Se firma la presente addenda a los 18 días del mes de abril de 2017.
oOo DECRETO Nº 1680
Viedma, 6 de noviembre de 2017
Visto: el Artículo 204 de la Constitución Provincial, la Ley K N 2.434, Decreto N 1.476/17; y CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto 1476 de fecha 9 de octubre de 2017 se procedió a convocar al Consejo del Art. 204 de la Constitución Provincial a fin de proceder a la designación de Procurador General en reemplazo de la Dra.
Silvia Baquero Lazcano para el día 5 de diciembre de 2017;
Que presentadas las nominaciones y postulaciones, debe efectuarse una amplia difusión en la página oficial de la Provincia de Río Negro, en diarios de circulación provincial, y obligatoriamente durante tres 3 días en el Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 9 de la Ley K N 2.434;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA
Artículo 1.- Determinar los días 08, 09 y 10 de noviembre de 2.017
como fecha para las publicaciones de las nominaciones de los postulantes a ocupar el cargo de Procurador General.
Art. 2.- Facultar a la Dirección del Boletín Oficial a publicar con carácter extraordinario, dos ediciones del Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro para los días 08 y 10 de noviembre de 2.017.
Art. 3.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.
Art. 4.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - L. Di Giácomo.oOo
DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 1614.- 27-10-2017.- Limitar los servicios a partir del 01 de Agosto de 2.017, al Suboficial Mayor, Agrupamiento Seguridad-Escalafón General, Mario Alberto García, D.N.I. N 20.196.565. Clase 1.968, legajo Personal N 4.759, a fin de acogerse a los beneficios del Retiro Voluntario, conforme lo previsto en el Capítulo III, Artículo 3 de la Ley L N 2.432
y en concordancia con el Título IV, Capítulo I, Artículo 148 de la Ley L
Nº 679 del Personal Policial, debiendo prestar servicio efectivo hasta el mensual previo que se produzca el alta del beneficio previsional en la Administración Nacional de la Seguridad Social A.N.Se.S, en conformidad a lo dispuesto por el Decreto Provincial N 565/15.- Expte.
Nº 061.213-CH-2.017.
DECRETO Nº 1615.- 27-10-2017.- Limitar los servicios a partir del 01 de Enero de 2.018, al Suboficial Mayor, Agrupamiento Seguridad - Escalafón Comunicaciones, Carlos Marcelo Hernández, D.N.I. N 21.878.127, Clase 1.970, Legajo Personal N 4.333, a fin de acogerse a los beneficios del Retiro Voluntario, conforme lo previsto en el Capítulo III, Artículo 3 de la Ley L N 2.432 y en concordancia con el Título IV, Capítulo I, Artículo 148 de la Ley L N 679 del Personal Policial, debiendo prestar servicio efectivo hasta el haber mensual previo que se produzca el alta del beneficio previsional en la Administración Nacional de la Seguridad Social A.N.Se.S. en conformidad a lo dispuesto por el Decreto Provincial N 565/15.- Expte. Nº 062.094-J-2.017.
DECRETO Nº 1616.- 27-10-2017.- Apruébese en todos sus términos el contrato de Locación de Servicios celebrado entre la Dirección de Vialidad Rionegrina y el Sr. Pablo Hernán Cufré, D.N.I. N 27.195.590, quien desempeñará funciones en la Planta de Asfalto de la Ciudad de Allen.Expte. Nº 050.197-A-2.016.

Firmado Digitalmente por JOSE CALFUEQUE - Su validación se efectúa en http rionegro.gov.ar/download/boletin/5615.pdf

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/11/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date09/11/2017

Page count42

Edition count1924

First edition03/01/2002

Last issue29/07/2024

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