Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/01/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 05 de Enero de 2017

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BOLETIN OFICIAL N 5526

a Destinar los recursos sólo al cumplimiento del objeto del Convenio.
b Dar expreso cumplimiento y velar por el cumplimiento de terceros a su cargo, de las disposiciones establecidas en las leyes vigentes en materia laboral, previsional, de riesgos del trabajo y demás normativa aplicable.
c Ejecutar las tareas encomendadas en el marco de las prescripciones de la Ley de Obras Públicas J N 286.
d Designar un referente técnico y un referente administrativo para la comunicación con el MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS.
Séptima: La MUNICIPALIDAD expresamente, se obliga a seguir el régimen de rendición de fondos que a continuación se detalla:
Documentación a presentar:
I.- Memoria de la Obra Delegada: Una vez finalizada la obra se deberá remitir al Ministerio de Obras y Servicios Públicos una memoria relativa a todo lo actuado, incluyendo copias de las actas que se hubieran labrado y de la documentación vinculada a la obra que el Ministerio indique. Asimismo, se incluirá una copia del acta de recepción provisoria Art 3 del Dec. N 686/
62 Reglam. de la ley 286 de Obras Públicas.
II.- Certificación del Tribunal de Cuentas del Municipio.
III.- Balance de Inversión de Fondos Remitidos.
IV.- Planilla de Relación de Comprobantes: La misma se confeccionará respetando un orden cronológico de la documentación, y la misma deberá estar enumerada según el orden que se detalla.
En tal sentido se debe indicar:
- Nro. de Orden - Fecha del Comprobante - Tipo de Comprobante - Nro. de Comprobante - Proveedor - Concepto del Gasto - Total Facturado - Cheque N
- Fecha de Pago - Retenciones - Importe V.- Asimismo se deberá acompañar a los comprobantes, aquellos otros que forman parte de la rendición: Órdenes de Pedido y/o Compras / Orden de Pago del Municipio / Recibo Proveedor / Comprobantes de Retenciones Efectuadas / Actas de Inicio de Obra / Contratos Formalizados con Contratistas / Certificaciones de Obras / Actas de Recepción Provisoria.
VI.- Copia de los extractos bancarios en los cuales se identifique el período el cual se realizó la inversión/gasto, contando desde el momento en que ingresó la transferencia al Municipio hasta el período en el cual se pagó el último comprobante rendido.
Todas las copias de comprobantes, o sus originales, deben estar certificadas o firmadas por autoridad competente.
La rendición de fondos deberá estar foliada y remitirse al MINISTERIO
DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
La rendición debe ajustarse a lo establecido para las rendiciones de Fondos Permanentes según Art. 64 del Decreto N 1737/98 - Reglamentario de la Ley N 3186 de Administración Financiera.
Octava: EL MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, además de las tareas de supervisión y recepción de los trabajos realizados por la MUNICIPALIDAD, podrá solicitar todo tipo de información a esta última, relativa a los costos abonados para la realización de los trabajos.
Novena: Las Partes acuerdan que la MUNICIPALIDAD podrá utilizar en concepto de gastos administrativos y operativos hasta un quince por ciento 15% del gasto total aprobado y percibido del total del Anexo I, que forma parte de este convenio.
Décima: Las Partes acuerdan que el MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS no asumirá responsabilidad alguna frente al personal contratado y/o afectado por la MUNICIPALIDAD para la realización de las obras o servicios previstos en el presente. La MUNICIPALIDAD se obliga en este acto a mantener a este MINISTERIO, indemne de todo reclamo por parte de sus empleados, proveedores, y/o terceros. Asimismo, La MUNICIPALIDAD será la única responsable de la modalidad y del efectivo cumplimiento de los procedimientos de contratación por los que ésta opte para la ejecución del presente Convenio. La MUNICIPALIDAD se obliga asimismo a dar efectivo cumplimiento a las disposiciones laborales y previsionales vigentes, así como el oportuno cumplimiento de las obligaciones asumidas con los proveedores contratados.
Décimo Primera: Sin perjuicio de los controles que realice EL
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, la MUNICIPALIDAD
será responsable de fiscalizar la efectiva realización y/o la calidad de los trabajos que realicen sus dependientes y/o que contrate con terceros.-

Décimo Segunda: Las Partes acuerdan que, en caso de incumplimiento por parte de la MUNICIPALIDAD a cualquiera de las obligaciones emergentes del presente Convenio, el MINISTERIO DE OBRAS Y
SERVICIOS PÚBLICOS la intimará para que en el plazo perentorio de 48
horas hábiles subsane la falta de que se trate.
Décimo Tercera: La MUNICIPALIDAD, concluida las tareas de Obras Menores, procederá a realizar la rendición ante el MINISTERIO DE OBRAS
Y SERVICIOS PÚBLICOS, de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Séptima, para su aprobación. La falta de rendición o de su aprobación, hará contar de Cargos Pendientes a la MUNICIPALIDAD, con la imposibilidad de ejecución de Obras bajo el Sistema de Obras Delegadas.
Décimo Cuarta: A los efectos legales correspondientes las partes fijan sus domicilios en los arriba enunciados, donde serán válidas todas las notificaciones cursadas en relación al objeto del presente.
Décimo Quinta: Las partes se comprometen a resolver en forma directa entre ellas, o a través de las instancias jerárquicas que correspondan, los desacuerdos y discrepancias que pudieran originarse en el planteamiento, interpretación y/o cumplimiento del presente convenio. En caso de contienda judicial las partes se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Río Negro, con asiento en la ciudad de Viedma.En prueba de conformidad y previa lectura y ratificación, las partes firman tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro, a los días del mes de de 2016.
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DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 2159.- 22-12-2016.- Aprobar el Contrato de Servicios, suscripto entre el Ministerio de Seguridad y Justicia, y la Sra. Dora Yanet Bayer, Cuil Nº 27-33950995-1, quien desempeñará tareas inherentes a su profesión de Licenciada en Servicio Social, en el Establecimiento Penal Nº 2, de General Roca, dependiente del Servicio Penitenciario Provincial del Mtrio de Seguridad y Justicia.- Expte. 87.743-MSyJ-2016.
DECRETO Nº 2160.- 22-12-2016.- Aprobar el Contrato de Servicios suscripto entre el Ministerio de Seguridad y Justicia, y el Sr. Ramiro Valero, Cuil Nº 20-32902446-7, quien desempeñará tareas inherentes a su profesión de psicólogo en el Establecimiento Penal Nº 2, de General Roca, dependiente del Servicio Penitenciario Provincial del Ministerio de Seguridad y Justicia.- Expte. Nº 87.741-MSyJ-2016.
DECRETO Nº 2161.- 22-12-2016.- Dejar sin efecto el Contrato de Prestación de Medios, celebrado entre la Secretaría de Estado de Trabajo y el Agente Juan José Picabea, Cuil Nº 20-35599005-3, firmado el 30 de octubre de 2015, mediante Resolución Nº 2763, prorrogado mediante Resolución Nº 501 del 5 de febrero de 2016, a partir de la firma del presente Decreto.Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios suscripto entre la Secretaría de Estado de Trabajo y el Sr. Picabea Juan José, DNI. Nº 35.599.005, Cuil Nº 20-35599005-3, quien realizará tareas profesionales en Seguridad e Higiene, en la Secretaría de Estado de Trabajo.Expte. Nº 141.450-ST-2016.
DECRETO Nº 2162.- 22-12-2016.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre el Mtrio de Desarrollo Social, representado por el Sr. Ministro, Héctor Fabián Galli, DNI. Nº 20.793.294 y el Sr. Diego Omar Silveira, DNI. Nº 29.287.696, quien desempeñará funciones como chofer en Delegación en Villa Regina, dependiente del Mtrio de Desarrollo Social.- Expte. 034774-DRH-2016.
DECRETO Nº 2163.- 22-12-2016.- Aprobar en todos sus términos el Contrato de Locación de Servicios celebrado entre la Sra. Ministro de Turismo, Cultura y Deporte, Silvina del Luján Arrieta, DNI. Nº 17.115.971
y la Sra. Ruth Noemí Painian, Cuil Nº 27-31551977-8, a partir de la firma del presente y hasta el 31 de diciembre de 2016, para desempeñar tareas en la Biblioteca Popular y Asociación Dina Huapi de la ciudad de Dina Huapi, dependiente de la Secretaría de Cultura del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte.- Expte. Nº 120291-SC-2015.
DECRETO Nº 2164.- 22-12-2016.- Aceptar la renuncia, a partir del día 19
de diciembre de 2016, al Sr. Esteban Luis Aliani, DNI. Nº 27.128.541 al cargo de Representante Alterno de la Provincia de Río Negro ante el Consejo Federal de Inversiones C.F.I. ad honórem.
DECRETO Nº 2169.- 22-12-2016.- Deléguese en el Ministro de Economía la facultad dispuesta en el Art. 57 de la Ley Nº 5173 de Presupuesto General de la Administración Pública Provincial para el ejercicio fiscal 2017, consistente en la distribución de los créditos de la citada Ley al máximo nivel de desagregación previsto en los clasificadores y en las aperturas programáticas o categorías equivalentes que estime pertinentes.Expte. Nº 13.656-SSP-16.
DECRETO Nº 2172.- 22-12-2016.- Designar, a partir de la firma del presente Decreto, al 1º Vocal titular, Sr. Cristian Gustavo Bayer, DNI. Nº 26.171.900, a cargo en forma interina y hasta tanto se concrete el

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/01/2017

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date05/01/2017

Page count76

Edition count1925

First edition03/01/2002

Last issue01/08/2024

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