Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/11/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Por ello:
La Secretaria de Turismo del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE
Artículo 1º.- Habilitar por el término de un año a partir de la fecha, al señor Christian Adrián Aragón - CUIT 20-23412871-0, como Prestador de Turismo Activo para la modalidad Ecoturismo, específicamente en las actividades de Visitas Científico-Culturales y Enoturismo a desarrollarse bajo el nombre de fantasía Betel Bus, en la zona del Alto Valle de Río Negro, Departamento General Roca, Provincia de Río Negro.Art. 2.- Registrar, comunicar, notificar a los interesados, publicar y cumplido archivar.Lic. Silvia E. Luzzardi, Secretaria de Turismo.
Resolución Nº 122/16 ST
S. C. de Bariloche, 30 de septiembre de 2016
Visto: el Expte n 2.319-AT-06 del Registro de la ex Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación turística del alojamiento denominado Marcelo, propiedad del señor Marcelo Salvador Agostino, con domicilio en la calle Canadá 905 de la localidad de General Roca, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución 041/13 SCFyCT, de fecha 20/08/2013 se otorgó la Habilitación Turística al establecimiento en el Tipo 3 - Hospedaje o Residencial, Categoría: Única, por el término de Tres 3 años;
Que con fecha 27/08/2016 se realizó una inspección mediante Acta de Inspección n 1850 a Fs. 85;
Que a Fs. 63/65, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 3 - Hospedaje o Residencial, Categoría: Única;
Por ello:
La Secretaria de Turismo del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE
Artículo 1º.- Rehabilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Marcelo, propieded del señor Marcelo Salvador Agostino, en el Tipo: 3Hospedaje o Residencial, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/
05, con un total de Cuatro 4 Unidades Alojativas y Diez 10 Plazas Hoteleras.
Art. 2.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o Ingreso al establecimiento.
Art. 3.- Hace Saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la Caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 4.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de General Roca, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. Silvia E. Luzzardi, Secretaria de Turismo.
Resolución Nº 123/16 ST
S. C. de Bariloche, 30 de septiembre de 2016
Visto: el Expte n 2.820-AT-16 del Registro de la Secretaría de Turismo, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado La Esquina, propiedad de la señora Gladis Estela Gerez, con domicilio en la calle Pastorino 2674 de la localidad de El Bolsón, y
BOLETIN OFICIAL N 5513
CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 08/03/2016, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento de dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Artículo 16 de la citada Resolución, y por ello no procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Artículo 12 de la Resolución 228/05
y a Fs. 23 obra Acta de Inspección n 1843 y a Fs.
24/30 el relevamiento confeccionado con fecha 19/07/2016;
Que a Fs. 31/34, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría Única;
Por ello:
La Secretaria de Turismo del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE
Artículo 1º.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento de Alojamiento Turístico denominado La Esquina, propiedad de la señora Gladis Estela Gerez, en el Tipo: 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría:
Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de Dos 2 Unidades Alojativas y nueve 9 Plazas Hoteleras.
Art. 2.- Inscribir al establecimiento La Esquina en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4.- Hacer Saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 5.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. Silvia E. Luzzardi, Secretaria de Turismo.
Resolución Nº 124/16 ST
S. C. de Bariloche, 01 de noviembre de 2016
Visto: el Expte n 1.717-AT-02 del Registro da la ex Dirección General de Servicios Turísticos, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Familia Novielo, propiedad del señor Raúl Enrique Novielo, con domicilio en la calle Ruta Nac. 40 Km 1300 de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución 156/11 MT, de fecha 13/
04/2011 se otorgó la Habilitación Turística al establecimiento en el Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, por el término de Tres 3 años;
Que con fecha 13/09/2016 se realizó una inspección mediante Acta de Inspección n 1629 a Fs. 71;
Que a Fs. 64/66, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única;

Viedma, 21 de Noviembre de 2016
Por ello:
La Secretaria de Turismo del Ministerio de Turismo,Cultura y Deporte RESUELVE
Artículo 1º.- Rehabilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Familia Novielo, propiedad del señor Raúl Enrique Novielo, en el Tipo: 5 Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/
05, con un total de Cinco 5 Unidades Alojativas y Veinticuatro 24 Plazas Hoteleras.
Art. 2.- Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 3.- Hacer Saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la Caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 4.- Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Lic. Silvia E. Luzzardi, Secretaria de Turismo.
Resolución Nº 125/16 ST
S. C. de Bariloche, 1 de noviembre de 2016
Visto: el Expte. n 2.754-TA-15 caratulado North Patagonia Expeditions s/solicitud de Inscripción como Prestador de Turismo Activo en la localidad de Cipolletti, del Registro de la Secretaría de Turismo, y CONSIDERANDO:
Que en el mencionado expediente se tramita la solicitud presentada por el señor Pablo Marcelo Oscar - CUIT 20-23172871-7, para la Habilitación de Actividades de Turismo Activo bajo el nombre de fantasía North Patagonia Expeditions, a desarrollarse en la Margen Sur, Cerro Azul, Morro de la Confluencia y en la Buitrera, Departamentos El Cuy y General Roca, Provincia de Río Negro;
Que la Ley T n 3883, declara de Interés Provincial al Turismo Activo como alternativa del desarrollo turístico sostenible y sustentable, estipulándose como Autoridad de Aplicación de la misma, al Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte de la Provincia de Río Negro;
Que las actividades a homologar tales como Rappel y Cicloturismo son parte de la modalidad de Turismo Aventura, conforme el Artículo 2
Apartado 1.1. de la Ley T n 3883 y Trekking y Campamentismo son parte de la modalidad de Ecoturismo, conforme el Artículo 2 Apartado 1.2.
de la Ley T n 3883;
Que el Artículo 5 de la mencionada norma establece los requisitos para la obtención de la correspondiente habilitación como prestador de turismo activo;
Que el presente expediente fue caratulado con fecha 18 de Junio de 2015, como consecuencia de la nota de elevación del municipio de Cipolletti, obrante a Fs. 1 del expediente citado en el visto;
Que del informe de fojas 44 surge que el solicitante reúne los requisitos para su habilitación como Prestador de Turismo Activo;
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley n 2603, Ley n 3883, Decreto 206/13, Ley A 2938 y Ley 4794.
Por ello:
La Secretaria de Turismo del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE
Artículo 1º.- Habilitar por el término de un año a partir de la fecha, al Sr. Pablo Marcelo Oscar, CUIT 20-23172871-7, como Prestador de Turismo

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/11/2016

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date21/11/2016

Page count28

Edition count1920

First edition03/01/2002

Last issue15/07/2024

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