Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/12/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Art. 2º - Déjase sin efecto en consecuencia, a partir de la fecha indicada en el Artículo precedente, la Resolución 111/11 MT.
Art. 3º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Silvina Arrieta, Secretaria de Turismo.

Resolución Nº 050/14 ST
S. C. de Bariloche, 12 de noviembre de 2014.
Visto, el Expte. N 2.431-AT-09 del registro de la ex Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística de/ alojamiento denominado Jardín del Piltri, propiedad del Sr. Ricardo Marcelo Olano, con domicilio en la calle Perito Moreno 1737, de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución 130/11 MT, de fecha 21/
03/2011 se otorgó la Habilitación Turística al establecimiento en el Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, por el término de tres 3 años;
Que con fecha 30/10/2014 se realizó una inspección mediante Acta de Inspección n 1409 a Fs. 58;
Que a Fs. 50/52, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única.
Por ello, La Secretaria de Turismo del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1º - Rehabilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Jardín del Piltri, propiedad del Sr. Ricardo Marcelo Olano, en el Tipo: 5 Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/
05, con un total de tres 3 Unidades Alojativas y doce 12 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 3º - Hacer saber que el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la Caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 4º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.Silvina Arrieta, Secretaria de Turismo.

Resolución Nº 051/14 ST
S. C. de Bariloche, 12 de noviembre de 2014.
Visto, el Expte. N 2.454-AT-09 del registro de la ex Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado El Charcan, propiedad de la Sra. Graciela Bahamonde, con domicilio en la calle Alte. Brown 3065 de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución 127/11 MT, de fecha 21/
03/2011 se otorgó la Habilitación Turística al establecimiento en el Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, por el término de tres 3 años;
Que con fecha 31/10/2014 se realizó una inspección mediante Acta de Inspección n 1413 a Fs. 28;

BOLETIN OFICIAL N 5308
Que a Fs. 20/23, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única.
Por ello, La Secretaria de Turismo del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1º - Rehabilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado El Charcan; propiedad de la Sra. Graciela Bahamonde, en el Tipo: 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/
05, con un total de tres 3 Unidades Alojativas y once 11 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 3º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la Caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 4º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Silvina Arrieta, Secretaria de Turismo.

Resolución Nº 052/14 ST
S. C. de Bariloche, 12 de noviembre de 2014.
Visto, el Expte. N 2.298-AT-06 del registro de la ex Dirección General de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Golf Bil, propiedad del Sr. Lucas Sebrie Azcona, con domicilio en la calle Islas Malvinas 3598 de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución 113/11 MT, de fecha 21/
03/2011 se otorgó la Habilitación Turística al establecimiento en el Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, por el término de tres 3 años;
Que con fecha 31/10/2014 se realizó una inspección mediante Acta de Inspección n 1414 a Fs.70;
Que se ha verificado que hay dos pólizas de seguro contra incendio, pertenecientes a las cabañas I y II, cuyo vencimiento opera el 25/11/2014, detalla como edificio Casa de Familia y no de uso turístico;
Que a Fs. 63/65, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única.
Por ello, La Secretaria de Turismo del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1º - Rehabilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Golf Bil, propiedad del Sr.
Lucas Sebrie Azcona, en el Tipo: 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de cuatro 4 Unidades Alojativas y veinticuatro 24 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.

Viedma, 04 de Diciembre de 2014
Art. 3º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada y al renovar las pólizas de seguros c/incendio de las unidades I y II
lo haga como de Uso Turístico, bajo apercibimiento de ordenar la CADUCIDAD de la presente habilitación de oficio.
Art. 4º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Silvina Arrieta, Secretaria de Turismo.

Resolución Nº 053/14 ST
S. C. de Bariloche, 12 de noviembre de 2014.
Visto, el Expte. N 2.17-AT-04 del registro de la ex Dirección General de Servicios Turísticos, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado El Sauco, propiedad de la Sra. Beatriz Norma Molinaro, con domicilio en la calle Ángel del Agua 527, de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución 107/11 MT, de fecha 21/
03/2011 se otorgó la Habilitación Turística al establecimiento en el Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría: Única, por el término de tres 3 años;
Que con fecha 27/10/2014 se realizó una inspección mediante Acta de Inspección n 1489 a Fs. 76;
Que a Fs. 69/71, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría:
Única.
Por ello, La Secretaria de Turismo del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1º - Rehabilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado El Sauco; propiedad de la Sra. Beatriz Norma Molinaro, en el Tipo: 5 - Casas de Alquiler Turístico, Categoría:
Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de cuatro 4 Unidades Alojativas y diecinueve 19 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 3º - Hacer saber que el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la Caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 4º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Silvina Arrieta, Secretaria de Turismo.

Resolución Nº 054/14 ST
S. C. de Bariloche, 12 de noviembre de 2014.
Visto, el Expte. N 1.092-AT-88 del registro de la ex Dirección General de Servicios Turísticos, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Steiner, propiedad de la Sra. Ana Maria Steiner, con domicilio en la Avda. San Martín 670 de la localidad de El Bolsón, y

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 04/12/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date04/12/2014

Page count50

Edition count1927

First edition03/01/2002

Last issue08/08/2024

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