Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/02/2014

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 20 de Febrero de 2014

BOLETIN OFICIAL N 5226

fecha 27 de diciembre de 2012, orientado a imputar los fondos a Economías Regionales que serán destinados a costear proyectos específicos orientados a la planificación y prevención fitosanitarias.Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.Art. 3.- Registrar, comunicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - H. A. Lebed.
ADDENDA AL CONVENIO N 271/12 SUSCRIPTO ENTRE EL
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Y LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO
Entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, en adelante el MINISTERIO, representado en este acto por el señor Ministro Don Norberto Gustavo Yauhar con domicilio en la Avenida Paseo Colón N 982, Piso 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Provincia de Río Negro, en adelante la PROVINCIA, representada en este acto por el Señor Gobernador, Don Alberto Edgardo Weretilneck, con domicilio en la Calle Laprida N 212
de la Ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, en adelante denominadas conjuntamente las Partes, acuerdan celebrar la presente Addenda al Convenio N 271, suscripto con fecha 27 de diciembre de 2012, en adelante el Convenio, de acuerdo a las siguientes consideraciones:
Que mediante el Convenio N 271 suscripto entre las Partes con fecha 27 de diciembre de 2012, el MINISTERIO otorgó hasta la suma de Pesos Treinta Millones $ 30.000.000,00 distribuidos de la siguiente manera: 1
Hasta la suma de Pesos Quince Millones $ 15.000.000 imputables a fondos del Plan de Apoyo a Pequeños y Medianos Productores con el fin de costear Proyectos Específicos orientados a las actividades frutícola, hortícola, apícola y agregado de valor en la producción primaria; 2 Hasta la suma de Pesos Quince Millones $ 15.000.000 imputable a fondos de Economías Regionales, los cuales serían destinados a costear Proyectos Específicos orientados a la actividad de ganados, carnes y forrajes.
Que a través de ello, la PROVINCIA ha fomentado y desarrollado la actividad productiva del sector, mejorando la calidad de vida de los productores rurales y sus familias.
Que la PROVINCIA solicita aplicar los fondos del Inciso 2 de la Cláusula Primera del citado Convenio a los proyectos orientados a la planificación y prevención sanitaria, referente a las actividades frutícola, hortícola, apícola y agregado de valor en la producción primaria, tornándose procedente sustituir la Cláusula Primera.
Que en tal marco, las Partes acuerdan:
Cláusula Primera: Sustitúyase el Inciso 2 de la Cláusula Primera del Convenio N 271 de fecha 27 de diciembre de 2012, suscripto entre el MINISTERIO y la PROVINCIA por el siguiente: 2 Hasta la suma de Pesos Quince Millones $ 15.000.000 imputable a fondos de Economías Regionales, los cuales serían destinados a costear Proyectos Específicos orientados a la planificación y prevención fitosanitaria, relativo a las actividades contempladas en el Inciso 1 del presente Convenio.
Cláusula Segunda: Se mantienen vigentes todas las demás cláusulas establecidas en el mencionado Convenio.
En prueba de conformidad se firman dos 2 ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 24 días del mes de Junio de 2013.WERETILNECK - Norberto Gustavo Yauhar oOo DECRETO Nº 39
Viedma, 27 de Enerro de 2014
Visto: la Addenda N 1/2013 al Convenio N 169/2010, suscripto entre el Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Río Negro; y CONSIDERANDO:
Que mediante la firma de la Addenda N 1/2013, entre el Señor ExMinistro de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación Don Norberto Gustavo Yauhar y el Señor Gobernador de la Provincia de Río Negro Dn.
Alberto Edgardo Weretilneck las partes acuerdan dar por prorrogado el plazo de vigencia del Convenio N 169 de fecha 29 de Junio de 2010, suscripto entre el Ministerio y la Provincia de Río Negro hasta el día 31 de Marzo de 2014;
Que dicha Addenda ha sido protocolizada y corre bajo el N de ExpteSO5: 0471651/2013;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA
Artículo 1.- Ratificar en todos sus términos la Addenda N 1/2013, suscripta entre el Señor ExMinistro de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación Don Norberto Gustavo Yauhar y el Señor Gobernador de la Provin-

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cia de Río Negro Dn. Alberto Edgardo Weretilneck por la cual las partes acuerdan dar por prorrogado el plazo de vigencia del Convenio N 169 de fecha 29 de Junio de 2010, suscripto entre el Ministerio y la Provincia de Río Negro hasta el día 31 de Marzo de 2014.Art. 2.-El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Agricultura, Ganadería y Pesca.Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - H. A. Lebed.
ADDENDA AL CONVENIO N 169/10
ENTRE EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Y LA PROVINCIA DE RÍO NEGRO
Entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, en adelante el MINISTERIO, representado en este acto por el señor Ministro, Don Norberto Gustavo Yauhar, con domicilio en la Avenida Paseo Colón N 982, Piso 1, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el Gobierno de la Provincia de Río Negro, en adelante la PROVINCIA, representado en este acto por el señor Gobernador, Doctor Don Alberto Eduardo Weretilneck, con domicilio en la calle Laprida N 212 de la Ciudad de Viedma, Provincia de Río Negro, en adelante las Partes, manifiestan:
Que mediante el Convenio N 169 de fecha 29 de junio de 2010, el MINISTERIO y la PROVINCIA, acordaron el aporte de Pesos Tres Millones $ 3.000.000 con la finalidad de financiar total o parcialmente la ejecución de los proyectos productivos que resultaran elegibles y aprobados por el MINISTERIO en el marco del Programa de Asistencia para la Cadena de Valor Vitivinícola Argentina.
Que dicho Convenio tuvo un plazo de vigencia de un 1 año desde su firma.
Que mediante las Addendas Nros. 1 de fecha 29 de junio de 2012 y 2 de fecha 11 de octubre de 2012, se prorrogó sucesivamente el plazo de vigencia hasta el 31 de octubre de 2012.
Que la PROVINCIA ha solicitado una nueva prórroga del plazo del citado Convenio con fundamento en la existencia de fondos remanentes para la ejecución de proyectos productivos para el apoyo al sector vitivinícola y en las demoras generadas por el reacomodamiento derivado de cambios en la gestión a nivel provincial y en la estructura a nivel ministerial.
Que lo solicitado por la PROVINCIA resulta atendible.
Que por ello las Partes acuerdan suscribir la presente Addenda al Convenio N 169/10, sujeta a la siguiente Cláusula:
Cláusula Primera: Dáse por prorrogado el plazo de vigencia del Convenio N 169 de fecha 29 de junio de 2010 suscripto entre el MINISTERIO y la PROVINCIA, hasta el 31 de marzo de 2014.
En prueba de conformidad, se firman dos 2 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 23 días del mes de Octubre de 2013.oOo DECRETO Nº 40
Viedma, 27 de Enero de 2014
Visto: el Expediente N 117.618-SF-13, del Registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca; y CONSIDERANDO:
Que por el citado expediente se tramita la ratificación del Convenio N
271/2.013 suscripto entre el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación y la Provincia de Río Negro;
Que por el mencionado Convenio se acordó a los efectos de contribuir con asistencia financiera para asistir y fortalecer a los sectores productivos que fueron afectados por la caída del granizo acontecida entre Octubre de 2.012 y Marzo de 2.013, para la recuperación de la capacidad productiva y la reducción de la vulnerabilidad para eventos futuros;
Que en virtud de lo expuesto precedentemente, la Provincia de Río Negro, mediante la sanción del Decreto N 621/13 declaro el estado de emergencia y/o desastre agropecuario en los Departamentos de El Cuy, General Roca, Avellaneda y Pichi Mahuida;
Que mediante Resolución N 998/13 del registro del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, se declaro en la Provincia la situación de emergencia y/o desastre agropecuario, Que por el citado convenio el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación, aportara hasta la suma de Pesos Veinte Millones $ 20.000.000,00 sujeta a disponibilidad presupuestaria imputable a los recursos de la Ley N 26.509 -Emergencia Agropecuaria Ejercicio 2013;
Que en este Estado, resulta pertinente ratificar el Convenio celebrado oportunamente, entre nuestra Provincia y el Gobierno de la Nación;
Que han tomado intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 09138-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 20/02/2014

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date20/02/2014

Page count24

Edition count1924

First edition03/01/2002

Last issue29/07/2024

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