Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/02/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 28 de Febrero de 2013

Nº 5122

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 6,00 PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LIV
EDICION DE 20 PAGINAS

SECRETARIA LEGAL Y TECNICA
Dirección de Iniciativa Legislativa, Decretos y Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 20

DECRETOS

DECRETO Nº 1822
Viedma, 7 de Diciembre de 2012.
Visto, el expediente N 19634-2011, del registro del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro EPRE, y;
CONSIDERANDO:
Que en el expediente mencionado tramita el Recurso de Alzada interpuesto por la Empresa de Energía Río Negro Sociedad Anónima EDERSA contra la Resolución N 177/2012 del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro, de fecha 02 de agosto de 2012;
Que el artículo 96 de la Ley A N 2938 establece que: Dentro de los cinco 5 días de presentado cualquier recurso ante el titular del Poder Ejecutivo, el recurrente deberá presentar copia del mismo al Fiscal de Estado en el asiento de sus funciones. En caso en que se omita tal remisión en tiempo y forma, se tendrá por desistido el recurso.;
Que a fojas 60 luce Nota F.E. N 294 de fecha 17 de septiembre de 2012
emitida por la Fiscalía de Estado, mediante la que informa que con fecha 13
de septiembre de 2012 ingresó a la misma copia del mencionado Recurso de Alzada;
Que por ello que se advierte que el plazo para la presentación de la copia por ante la Fiscalía de Estado se encuentra vencido en exceso, resultando de aplicación la sanción establecida en la norma trascripta;
Que en consecuencia corresponde tener por desistido el Recurso Jerárquico interpuesto por la Empresa de Energía Río Negro Sociedad Anónima EDERSA;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, la Secretaría Legal y Técnica y la Fiscalía de Estado mediante Vista N 0762312;
Que el presente Decreto es dictado en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 7 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Tener por desistido el Recurso Jerárquico interpuesto por la Empresa de Energía Río Negro Sociedad Anónima EDERSA, contra la Resolución N 177/2012 del Ente Provincial Regulador de la Electricidad de Río Negro, de fecha 02 de agosto de 2012, en un todo de conformidad a los considerandos del presente.Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Economía.Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK. A. Palmieri.
oOo DECRETO Nº 89
Viedma, 7 de Febrero de 2013.
Visto: el Expediente N 176.291-G-12, del Registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de la municipalidad de Comallo, por un importe de Pesos Cien Mil con 00/100 $ 100.000,00, destinado a cubrir desequilibrios financieros de dicho municipio;

Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo normado en el Artículo 4 del Decreto N 134/10;
Que el Decreto N 1.886, de fecha 20 de Diciembre de 2.012, del Poder Ejecutivo Provincial, otorga a los Municipios un plazo por noventa 90
días, para regularizar las rendiciones vencidas de aportes otorgados por los Organismos Provinciales, conforme la normativa vigente mediante el Decreto N 134/10;
Que se hace necesario comprometer y devengar el presente gasto en los términos de los Artículos 30 y 31 de la Ley H N 3.186 de Administración Financiera;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control: Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado mediante Vista N 00252-13;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Otorgar un aporte no reintegrable por la suma total de Pesos Cien Mil con 00/100 $ 100.000,00, a favor de la Municipalidad de Comallo, destinado a cubrir desequilibrios financieros de dicho municipio.Art. 2.- El monto total asignado en el artículo precedente, deberá ser girado a la orden de la Municipalidad Comallo CUIT N 30-672950305, Señor Intendente Municipal, Don Raúl Alberto Hermosilla, C.U.I.L. N
20-20938809-0, y/o Tesorera Municipal, Doña Marcela Fernanda Vivanco, C.U.I.L. N 27-25402315-4, quienes serán responsables de su utilización y oportuna rendición de cuentas, conforme a lo establecido en el Artículo 4
del Decreto N 134/10.Art. 3.- Comprometer a los créditos de la Jurisdicción 17 del Programa 29 - Subprograma - 00 - Proyecto - 00 - Actividad 02 - Partida 572 Otras Transferencias a Municipalidades, Código de Financiamiento 10 del Presupuesto General de Gastos vigente.Art. 4.- Luego de cumplimentada la etapa del devengado, según lo establecido por el Artículo 29 de la Ley H N 3.186, abonar por la Tesorería General de la Provincia la suma de Pesos Cien Mil con 00/100 $
100.000,00.Art. 5.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 6.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.WERETILNECK - L. Di Giácomo.
oOo DECRETO Nº 90
Viedma, 7 de Febrero de 2013.
Visto: el Expediente N 176.175-G-12, del Registro del Ministerio de Gobierno, y;
CONSIDERANDO:
Que por el mismo se tramita el otorgamiento de un aporte no reintegrable a favor de la municipalidad de El Bolsón, por un importe de Pesos Doscientos Treinta y Cuatro Mil con 00/100 $ 234.000,00, destinado a afrontar los costos de confección del Proyecto Definitivo para la construcción de la Terminal Unificada de Pasajeros, en dicho municipio;
Que dicho aporte se efectúa de acuerdo a lo normado en el Artículo 4 del Decreto N 134/10;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 28/02/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date28/02/2013

Page count20

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First edition03/01/2002

Last issue15/07/2024

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