Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/01/2013

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Por ello:
El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento de Alojamiento Turístico denominado La Casa del Árbol, propiedad del Sr. Sergio Aníbal Marques, en el Tipo: 4 - Hostel, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de cuatro 4 Unidades Alojativas, veintiséis 26 Plazas Hoteleras y Art. 2º - Inscribir al establecimiento La Casa del Árbol en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 5º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística.
oOo Resolución Nº 055/12 SCFyCT
Viedma, 21 de noviembre de 2012.
Visto, el Expte n 2.555-A T-12 del registro de la Subsecretaría de Control de Calidad y Fiscalización, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Mandala, propiedad de la Sra. Adriana Mabel Palacios, con domicilio en la calle Los Maitenes 439, de la localidad de El Bolsón, y CONSIDERANDO:
Que por Decreto 657/03 y Resolución 228/05
se aprobó la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos de la Provincia de Río Negro;
Que el presente expediente fue iniciado con fecha 25/06/12, por lo que no se considera al establecimiento como existente al momento del dictado de la nueva reglamentación, conforme a la previsión del Art. 16 de la citada Resolución, y por ello no es procedente mantener los requerimientos dimensionales de la normativa anterior;
Que ha presentado documentación suficiente al efecto de iniciar el trámite de Habilitación Turística indicada en el Art. 12 de la Resolución 228/05 y a Fs. 28 obra Acta de Inspección n 0959 y a Fs. 29/
38 el relevamiento confeccionado con fecha 20 de septiembre de 2012;
Que a Fs. 39/40, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 4 - Hostel, y con un puntaje de puntos, lo que determina su Categoría en Única.
Por ello:
El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1.- Habilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento de Alojamiento Turístico denominado Mandala, propiedad de la Sra. Adriana Mabel Palacios, en el Tipo: 4 - Hostel, Categoría: Única, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de
BOLETIN OFICIAL N 5106
Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de seis 6 Unidades Alojativas, veinticuatro 24 Plazas Hoteleras y Art. 2º - Inscribir al establecimiento Mandala en el Registro Único Provincial de Alojamientos Turísticos.
Art. 3º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 4º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 5º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de El Bolsón, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística.
oOo Resolución Nº 052/12 SCFyCT
Viedma, 21 de noviembre de 2012.
Visto, el Expte n 2.415-AT-09 del registro de la ex Dirección de Proyectos y Fiscalización, mediante el cual se tramitó la Habilitación Turística del alojamiento turístico denominado Posada del Camino, propiedad del Sr. Néstor Germán Urban, con domicilio en la calle El Cóndor 290, de la ciudad de Dina Huapi, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución 692/09 MT, de fecha 28/
07/09 se otorgó la Habilitación Turística al establecimiento como Complejo, compuesto de Tipo 1: Hotel, y Tipo 2: Apart-Hotel, Modalidad:
Cabañas, Categoría Dos Estrellas, por el término de tres 3 años;
Que con fecha 29 de agosto de 2012 se realizó un nuevo relevamiento hotelero que se encuentra a Fs 42/49 y Acta de Inspección n 0937 a Fs. 41;
Que a Fs. 50/55, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Complejo, compuesto de Tipo 1: Hotel, con un puntaje de cuatrocientos cuatro con 80/100 404, 80 y Tipo 2: Apart-Hotel: con un puntaje de cuatrocientos dieciocho con 34/100 418, 34
puntos, lo que determina la categoría de Dos
Estrellas.
Por ello:
El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1.- Rehabilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Posada del Camino, propiedad del Sr. Néstor Germán Urban, como Complejo, compuesto de Tipo: 1 - Hotel, y de Tipo: 2 - Apart-Hotel, Modalidad: Cabañas, Categoría: Dos Estrellas, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de diez 10 Habitaciones, tres 3 Cabañas y treinta y cinco 35 Plazas Hoteleras.
Art. 2º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 3º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la Caducidad de la presente habilitación de oficio
Viedma, 03 de Enero de 2013
Art. 4º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de Dina Huapi, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística.
oOo Resolución Nº 053/12 SCFyCT
Viedma, 21 de noviembre de 2012.
Visto, el Expte n 1.553-AT-99 del registro de la ex Dirección General Servicios Turísticos, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Dobra Nich, propiedad del Sr. Iván Carlos Spagnolo, con domicilio en la calle San Martín 1489, de la localidad de General Conesa, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución 839/09, de fecha 26/08/09
se otorgó la Habilitación Turística al establecimiento en el Tipo 1 - Hotel, Categoría: Una
Estrella, por el término de tres 3 años;
Que con fecha 30 de julio de 2012 se realizó una inspección mediante Acta de Inspección n 0877 a Fs. 58;
Que a Fs. 59/61, surge del Informe de Categorización que el establecimiento reúne los requisitos para su habilitación turística como Tipo 1 - Hotel, Categoría: Una Estrella.
Por ello:
El Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística del Ministerio de Turismo, Cultura y Deporte RESUELVE:
Artículo 1.- Rehabilitar por el término de tres 3 años a partir de la fecha, al establecimiento hotelero denominado Dobra Nich, propiedad del Sr. Iván Carlos Spagnolo, en el Tipo: 1 - Hotel, Categoría: Una Estrella, en virtud de lo normado por la Reglamentación del Sistema de Clasificación de Alojamientos Turísticos aprobado por Decreto 657/03 y Resolución 228/05, con un total de diecinueve 19 Unidades Alojativas y sesenta y cuatro 64 Plazas Hoteleras .
Art. 2º - Extender el correspondiente Certificado de Habilitación Turística, el que deberá exhibirse permanentemente en la recepción o ingreso al establecimiento.
Art. 3º - Hacer saber que, el establecimiento asume la carga de mantener actualizada y vigente la documentación presentada, bajo apercibimiento de ordenar la Caducidad de la presente habilitación de oficio.
Art. 4º - Registrar, comunicar, notificar al interesado, publicar, remitir copia a la Municipalidad de General Conesa, Dirección General de Rentas y Policía de Río Negro, dar al Boletín Oficial y archivar.
Lic. Daniel Torres, Subsecretario de Control de Fiscalización y Calidad Turística.
oOo Resolución Nº 054/12 SCFyCT
Viedma, 21 de noviembre de 2012.
Visto, el Expte n 1.562-AT-00 del registro de la ex Dirección General Servicios Turísticos, mediante el cual se tramita la Habilitación Turística del alojamiento denominado Del Turista, propiedad de la Sucesión de sucesión de Oscar Alfredo Olivera, con domicilio en la calle Ruta Nac. 251, Km 116, de la localidad de General Conesa, y CONSIDERANDO:
Que por Resolución 838/09, de fecha 26/08/09
se otorgó la Habilitación Turística al establecimiento en el Tipo 3 - Hospedaje, Categoría: Única, por el término de Tres 3 años;
Que con fecha 30 de julio de 2012 se realizó una inspección mediante Acta de Inspección n 0878 a Fs. 46;

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/01/2013

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date03/01/2013

Page count46

Edition count1925

First edition03/01/2002

Last issue01/08/2024

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