Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/09/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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BOLETIN OFICIAL N 5071

BOGAR Clase 2 - Serie 1, por un valor nominal de tres millones novecientos cuarenta y siete mil noventa y siete 3.947.097 V/N;
Que las cuotas de cancelación del préstamo son retenidas de la coparticipación que le corresponde al Municipio en la liquidación definitiva por el período comprendido entre el mes de mayo de 2005 hasta el mes de febrero de 2018 inclusive según la Cláusula Cuarta del Convenio ratificado por el Decreto Provincial N 436/05;
Que entre las condiciones se pactó la aplicación del CVS como índice de actualización del capital, el que ha tenido una variación del 433%, motivo por el que los servicios de la deuda se han incrementado significativamente afectando a la fecha un 14% de los recursos devengados mensualmente a favor del Municipio en concepto de coparticipación provincial;
Que a la fecha han sido descontadas ochenta y siete 87 cuotas, ascendiendo el saldo a pagar a la suma de pesos trece millones cuatrocientos cuarenta mil cuatrocientos noventa y ocho $ 13.440.498,00 que la Municipalidad reconoce adeudar;
Que por Ordenanza Municipal N 041/2012 se autorizó la solicitud del Intendente de la Municipalidad de El Bolsón, que planteó la necesidad de reformular los términos contractuales acordados ante el impacto que genera la aplicación de dicho índice, de manera que el pago de los compromisos asumidos le permita equilibrar las disponibilidades corrientes y así garantizar la atención de los salarios y de los servicios indelegables a su cargo;
Que el 6 de julio de 2012 la Provincia de Río Negro y el Municipio de El Bolsón celebraron el Acuerdo Provincia - Municipalidad de El Bolsón, que establece la cancelación de la deuda que por la suma de pesos trece millones cuatrocientos cuarenta mil cuatrocientos noventa y ocho $ 13.440.498,00, en doscientas veinticuatro 224 cuotas iguales y consecutivas de pesos sesenta mil $ 60.000,00 y una última de pesos sesenta mil cuatrocientos noventa y ocho $ 60.498,00, a descontarse de la coparticipación que le corresponde al Municipio según el detalle Anexo al presente Acuerdo;
Que en este marco se tramita la reestructuración de la deuda y la novación del saldo prorrateando los servicios en el plazo restante a julio de 2030, reteniendo las cuotas de cancelación de la Coparticipación mensual que le corresponda al Municipio de El Bolsón;
Que por Ordenanza Municipal N 50/2012 el Municipio ratificó el Acuerdo Provincia - Municipalidad de El Bolsón celebrado el 6 de julio de 2012;
Que la Provincia de Río Negro a través del presente Decreto, está en condiciones de ratificar el Acuerdo Provincia - Municipalidad de El Bolsón y de instruir a la Contaduría General los descuentos mensuales correspondientes;
Que ha tomado debida intervención los Organismos de Control, la Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía, la Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, mediante Vista N 05223/12;
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181
Inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Ratificar el Convenio celebrado el 6 de julio de 2012 entre la Provincia de Río Negro, representada por el Sr. Gobernador, Dn. Alberto Weretilnek y la Municipalidad de El Bolsón representada por el Sr. Intendente Dn. Alfredo Ricardo García, que como Anexo forma parte integrante del presente Decreto.
Art. 2º - Descontar de la coparticipación mensual que le corresponda a la Municipalidad de El Bolsón, las doscientas veinticuatro 224 cuotas según constan en Planilla Anexa al Convenio hasta la cancelación total de la deuda que asciende a la suma de pesos trece millones cuatrocientos cuarenta mil cuatrocientos noventa y ocho $ 13.440.498,00.
Art. 3º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Economía.
Art. 4º - Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y archivar.
WERETILNECK.- A. Palmieri.

ACUERDO
PROVINCIA - MUNICIPALIDAD DE EL BOLSON
Entre la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Sr.
Gobernador, Dn. Alberto Weretilnek, con domicilio en la calle Laprida n 240 de la ciudad de Viedma de la Provincia de Río Negro, en adelante LA
PROVINCIA, por una parte, y el Intendente de la Municipalidad de El
Viedma, 3 de Septiembre de 2012

Bolsón, Sr Alfredo Ricardo García, en adelante LA MUNICIPALIDAD
con domicilio en Roca y 25 de Mayo de la localidad de El Bolsón, por la otra, se conviene celebrar el presente acuerdo DE NOVACION DE DEUDA sujeto a las siguientes claúsulas y condiciones y considerando como antecedentes que:
aCon fecha 7 de abril de 2005 las partes firmaron el Convenio de Préstamo ratificado por Decreto n 436/05, en el marco de lo previsto en la Ley n 3466, Decreto n 1439/01 y Decreto Ley n 09/02 y reglamentación.
bEl monto del préstamo ascendió a la suma nominal de BOGAR
Clase 2 - Serie 1, de tres millones novecientos cuarenta y siete mil noventa y siete V/N 3.947.097 con aplicación del CVS como índice de actualización del capital y las cuotas del préstamo retenidas de la coparticipación provincial que corresponde al Municipio desde 5/05 y hasta 2/18 registrados a su valor técnico de cinco millones ciento nueve mil doscientos sesenta y siete $ 5.109.267 con el objeto de cancelar la deuda enunciada en el Art. 13 del citado convenio.
cEl índice ha tenido un incremento de tal magnitud que a la fecha compromete en forma significativa los recursos devengados mensualmente en concepto de coparticipación y hace necesaria la reestructuración del saldo de la deuda para evitar compromiso en la prestación de servicios municipales indelegables y en el pago de salarios.
Por ello las partes acuerdan:
CLAUSULA PRIMERA: La Municipalidad reconoce que al día 4/07/12
adeuda a la Provincia la suma de trece millones cuatrocientos cuarenta mil cuatrocientos noventa y ocho $ 13.440.498 en concepto de saldo del compromiso de pago asumido en virtud del Contrato firmado el 7-04-05
correspondiente a los períodos comprendidos entre 7/04/05 a 4/07/12, devengados por aplicación de lo oportunamente pactado conforme planilla integrada como Anexo al presente.
CLAUSULA SEGUNDA: La deuda neta determinada y reconocida en la cláusula primera será cancelada por LA MUNICIPALIDAD a LA PROVINCIA, en un plazo de doscientas veinticuatro 224 cuotas iguales y consecutivas, siendo el monto de cada una de ellas de pesos sesenta mil $
60.000 y una última de pesos sesenta mil cuatrocientos noventa y ocho $
60.498.
CLAUSULA TERCERA: El Municipio autoriza expresamente a que se le retenga de lo que le corresponda por coparticipación de impuestos y regalías de la Ley n 1946 o el régimen que lo sustituya en el futuro, el monto de cada cuota a vencer. Para el supuesto que el monto del respectivo servicio no pudiera ser descontado íntegramente de una liquidación de coparticipación el mismo se completará con el descuento a practicar en la próxima.
CLAUSULA CUARTA: El Municipio cede y transfiere a favor de la Provincia en los términos del Art. 1434 del Código Civil y concordantes, el importe en concepto de coparticipación de Impuestos y Regalías Ley n 1946, modificatorias y/o el régimen que la sustituya el importe que le corresponde mensualmente por el vencimiento de cada una de las cuotas, hasta la concurrencia de los importes necesarios para obtener la cancelación del presente préstamo.
CLAUSULA QUINTA: Las partes expresan que el presente acuerdo reviste carácter de novación de deuda con los efectos previsto en el Art. 801
del Código Civil y concordantes.
CLAUSULA SEXTA: A todos los efectos las partes tienen por constituidos los domicilios arriba indicados, donde serán válidas todas las notificaciones y actuaciones derivadas de este convenio, sometiéndose a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Río Negro con asiento en Viedma, Capital de la Provincia de Río Negro con expresa renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponderles.
En prueba de conformidad las partes firman tres ejemplares de un mismo tenor a un solo efecto en la ciudad de El Bolsón, Provincia de Río Negro, a los 6 días del mes julio de 2012.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/09/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date03/09/2012

Page count20

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Last issue08/07/2024

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