Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/08/2012

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 16 de Agosto de 2012

BOLETIN OFICIAL N 5066

Que la Cláusula Séptima del Convenio aludido establece que la Provincia abona por todo concepto a la Cooperativa de Trabajo Electromecánicos Limitada la suma de Pesos Veintinueve Mil Novecientos con 00/100 $
29.900,00 mensuales;
Que asimismo la Cláusula Décima del Convenio prevé una renovación automática del mismo como así también la posibilidad de rescisión del contrato en caso de denuncia de cualquiera de las partes por incumplimiento de lo acordado;
Que la Secretaría de Gobierno mediante Informe N 276/11 obrante a foja 37, manifiesta que la empresa se encuentra prestando servicios con normalidad no habiendo sido denunciado el Convenio por ninguna de las partes;
Que a su turno la Cooperativa prestataria del servicio solicita una redeterminación del precio en un treinta y nueve por ciento 39%, basado en el incremento del costo de los combustibles, aceites e insumos de los repuestos como así también de salarios sobre la base del monto establecido oportunamente foja 2/3;
Que mediante Nota S/N, de fecha 12 de marzo de 2.010, del Ente Provincial Regulador de Energía EPRE se informa que en la partida presupuestaria pertinente, existen fondos suficientes para solventar el incremento, en torno al porcentaje solicitado;
Que por otra parte el nuevo valor habilitado de Pesos Cuarenta Mil con 00/100 $ 40.000,00 mensuales se viene liquidando desde el mes de marzo de 2.010 conforme informe del Ente Provincial Regulador de Energía EPRE
glosado a foja 33 del presente expediente;
Que resulta necesario ratificar el nuevo valor que se encuentra abonando el Ente Provincial Regulador de la Electricidad EPRE, a la Cooperativa de Trabajo Electromecánicos Limitada Co.Tr.El.
Ltda, con fondos provenientes del Fondo Provincial de Subsidios Tarifarios Fo.Pro.ST, a favor de los usuarios radicados en los Parajes ya especificados, como así también confirmar que se ha liquidado el mismo desde el mes de Marzo de 2.010 hasta el 10 de Diciembre de 2011;
Que a foja 83 consta Nota N 11/12 en la cual se informa la reducción de los valores que abonara el Ente Regulador de la Electricidad EPRE, a la cooperativa de Trabajo Electromecánicos Limitada Co.Tr.El. Ltda a partir del 01/01/12, con motivo de que en algunos Parajes se han colocado grupos generadores a gas;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Dirección de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno, y Fiscalía de Estado mediante Vista N 04571/12;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Articulo 181 Inciso 1 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1.- Ratificar las Actas Complementarias al Convenio suscripto el día 03 de Diciembre del año 2.007 y ratificado por Decreto N 1.422 del mismo año, entre la Cooperativa de Trabajo Electromecánico Limitada Co.Tr.El. Ltda, representada por el Señor Jorge Abadía D.N.I N
11.185.781 en carácter de Presidente y la Provincia de Río Negro, representada en este acto por el Ministro de Gobierno, Señor Hugo Lastra L.E N 7.579.521, las que como Anexos I y II, forman parte del presente Decreto.Art. 2.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Ministro de Gobierno.Art. 3.- Registrar, comunicar, publicar, tomar razón, dar al Boletín Oficial y Archivar.
WERETILNECK. H. H. Lastra.

ACTA COMPLEMENTARIA
AL CONVENIO SUSCRIPTO EL 3/12/07 Y RATIFICADO
POR DECRETO N 1422/07
Entre la PROVINCIA DE RIO NEGRO, representada en este acto por el Sr. Ministro de Gobierno Esc. Diego Rodolfo LARREGUY, DNI N
21.618.073, en adelante LA PROVINCIA y la COOPERATIVA DE
TRABAJO ELECTROMECANICOS LIMITADA COTREL Ltda.
representada en este acto por el Sr. Jorge Abadía, DNI. N: 11.185.781, en su carácter de Presidente, acuerdan modificar la Cláusula Séptima del Convenio oportunamente suscripto entre las mismas partes y ratificado por Decreto N 1422/07, el que a la fecha se encuentra vigente, en atención a los mayores costos del servicio prestado, la que quedara redactada de la siguiente manera:
SEPTIMA: LA PROVINCIA abona por todo concepto a COTREL
Ltda. la suma de PESOS CUARENTA MIL CON 00/100 $ 40.000,00, de manera mensual y dentro de los 15 días de presentada la correspondiente factura, a partir del mes de marzo de 2010.

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En prueba de conformidad y aceptación, se suscriben tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Viedma, capital de la provincia de Río Negro, a los 03 días del mes de noviembre de 2011.
ACTA COMPLEMENTARIA
AL CONVENIO SUSCRIPTO EL 03/12/07 Y RATIFICADO
POR DECRETO N 1.422/07
Entre la Provincia de Rio Negro, representada en este acto por el Señor Ministro de Gobierno, Don HUGO LASTRA , LE N 7.579.521 en adelante la PROVINCIA
y la COOPERATIVA
DE
TRABAJO
ELECTROMECANICOS LIMITADA COTREL Ltda. representada en este acto por el Señor JORGE ABADÍA DNI. N 11.185.781, en carácter de Presidente, acuerdan modificar la Cláusula Séptima del Convenio oportunamente suscripto entre las partes y ratificado por Decreto N 1.422/07, el que a la fecha se encuentra vigente en atención a la reducción de los costos del servicio prestado, la que quedará redactado de la siguiente manera:
SÉPTIMA: LA PROVINCIA abona por todo concepto a COTREL
Ltda.; la suma de PESOS TREINTA Y TRES MIL CON 00/100
$33.000,00, de manera mensual y dentro de los quince 15 días de presentada la correspondiente factura, a partir del 10/12/2.011.
En prueba de conformidad y aceptación se suscriben tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Viedma, capital de la Provincia de Río Negro, a los 15 días del mes de Febrero de 2.012.
oOo DECRETO Nº 1044
Viedma, 9 de agosto de 2012.
Visto, el Expediente N 6.690-SSP-12, del registro del Ministerio de Economía, la Ley N 4.733 de Presupuesto General para la Administración Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N 4.733 autoriza al Poder Ejecutivo a realizar modificaciones dentro del total de los créditos que son asignados por la Ley de Presupuesto, debiendo en todos los casos comunicarlas al Poder Legislativo;
Que en virtud del compromiso de otorgar un aporte a fruticultores en el marco de la institución del Ente Compensador de Daños por el Granizo Ley N 4.581, mediante el Decreto N 962 se dispuso el otorgamiento de crédito presupuestario por pesos tres millones setecientos cincuenta mil $ 3.750.000 en la Jurisdicción 38 - Obligaciones a cargo del Tesoro;
Que el gasto total que demandaría el aporte referenciado en el considerando anterior asciende a la suma de pesos cinco millones ocho mil seiscientos cincuenta y uno con veinticuatro centavos $ 5.008.651,24
conforme formulario de modificación presupuestaria presentado por el Ministerio de Producción obrante a fs. 21;
Que en virtud de ello, la Subsecretaría de Presupuesto dependiente del Ministerio de Economía, debe adecuar los créditos contenidos en el Presupuesto vigente, de acuerdo a las solicitudes de modificaciones presupuestarias de fs. 21, 22 y 23, ello conforme las facultades conferidas por el Art. 15 de la Ley H N 3.186;
Que en el presente Decreto es de aplicación la Resolucion N 76/12 de la Fiscalía de Estado;
Que han tomado debida intervención los Organismos de Control, Asesoría Legal y Técnica del Ministerio de Economía y Contaduría General de la Provincia;
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Art. 181
inciso 1 de la Constitución Provincial.
Por ello, El Gobernador de la Provincia de Río Negro DECRETA:
Artículo 1º - Modifícase el Resumen de Gastos por Organismo y Objeto del Gasto de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa N I, que forma parte del presente.
Art. 2º - Modifícase el Presupuesto General de Gastos de acuerdo al detalle obrante en Planilla Anexa N II, que forma parte del presente.
Art. 3º - El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha del mismo.
Art. 4º - El presente Decreto será refrendado por el Sr. Ministro de Economía.
Art. 5º - Comuníquese al Poder Legislativo la presente modificación presupuestaria.
Art. 6º - Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dese al Boletín Oficial y archívese.
WERETILNECK.- A. Palmieri.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 16/08/2012

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date16/08/2012

Page count36

Edition count1923

First edition03/01/2002

Last issue25/07/2024

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