Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/07/2011

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Resolución: Nº 14
Viedma, 4 de Julio de 2011.
Visto: La Ley Provincial N 2.055, Art. 5 y 6;
La Ley Provincial N 3.467 Art. 1 y 3;
La Ley Nacional N 24.901;
Resolución N 47/2001 del Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad.
La Nota N 12/2011 CPPD de la Junta de Categorización del Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad de la Prov. de Río Negro; y CONSIDERANDO
Que los Art. 5 y 6 de la Ley Provincial N
2.055 establecen al Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad como órgano de aplicación de dicha norma, y lo facultan para entender con carácter consultivo y resolutivo en materia de Discapacidad en la Provincia.
Que el Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad, en el marco de la Ley Provincial N 3.467 ha constituido en el ámbito de la Provincia la Junta de Categorización de Servicios.
Que en virtud de la normativa consignada en los vistos, la Junta de Categorización se encuentra facultada y obligada para ejercer el control de los Servicios Categorizados, con el objetivo de verificar el correcto funcionamiento de los mismos en el marco de lo prescripto por la reglamentación vigente.
Que en uso de las facultades conferidas por la normativa vigente, la Junta de Categorización procedió a efectuar la verificación del Servicio de Kinesiología y Rehabilitación, Nivel de Riesgo I
Ambulatorio del establecimiento Cubar S.R.L., habiendo constatado que dicho servicio no cumple con lo dispuesto en la Resolución Nº 47/2001 del Directorio del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad.
Que la requisitoria sobre la que se ha constatado incumplimiento resulta excluyente para el funcionamiento del servicio.
Que dicha situación ha sido informada a la Presidencia del Consejo Provincial para las Personas con Discapacidad a través de la Nota N 12/11.
CPPD.J.C., que obra en sede administrativa del citado Organismo Provincial.
Que intervino el Organismo Jurídico del Consejo Provincial, el cual recomienda el dictado de la siguiente Resolución.
Que las actuaciones obrantes constituyen causal de baja del servicio de referencia del Registro del Sistema Único de Prestadores Ley Nacional 24.901
Por ello:
El Presidente a cargo del Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad RESUELVE:
Artículo 1.- Dése de baja del Registro del Sistema Único de Prestadores Ley Nacional N
24.901 al Servicio de Kinesiología y Rehabilitación, Nivel de Riesgo I Ambulatorio, del establecimiento CUBAR S.R.L., del citado Registro.
Artículo 2.- Comuníquese la presente Resolución a las autoridades del Establecimiento Cubar S.R.L.
Artículo 3.- Comuníquese la presente Resolución al Servicio Nacional de Rehabilitación, órgano nacional de aplicación titular del Registro del Sistema Único de Prestadores Ley Nacional 24.901.
Artículo 4.- Regístrese, comuníquese. Cumplido, archívese.
Carlos Mussi, Presidente a cargo del Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad.oOo Resolución: Nº 15
Viedma, 5 de Julio de 2011
Visto: El Art. 6 Inc. g de la Ley 2055 y la Ley N 3467 de la Provincia de Río Negro, las Resoluciones N 5/88, 11/04 de la Presidencia del
BOLETIN OFICIAL N 4952
CPPD, el Programa de Fortalecimiento Institucional del Programa de Acción 2004-2007, la nota N 08/10 de la Junta de Categorización del CPPD y Nota N 3926 del S.N.R., y;
CONSIDERANDO:
Que este Consejo Provincial es la autoridad de control de las Instituciones Públicas y Privadas que tengan por objeto la asistencia y/o promoción de las Personas con Discapacidad.
Que mediante las resoluciones de referencia cada una de las Instituciones han sido notificadas del formato en el cual debe elevar a este Organismo Provincial el estado Institucional.
Que la Ley Provincial N 3467 le atribuye al Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad la creación de la Junta de Categorización de las Instituciones de la Provincia que brinden prestaciones a las Personas con Discapacidad.
Que con fecha 02 de Junio de 2010 se realizó la auditoría en terreno del establecimiento Institución Centro Terapéutico Azul S.A., sito en calle Lavalle N 410, de la localidad de El Bolsón, Provincia de Río Negro, en su prestación Centro de Día.
Que a través de la nota N 08/10 C.P.P.D. J.C., la Junta de Categorización eleva a la presidencia de este Organismo la solicitud de ratificar categoría A con un cupo de 32 concurrentes a la Institución Centro Terapéutico Azul S.A. en su prestación Centro de Día.
Que por Nota N 3926/2011 el Servicio Nacional de Rehabilitación solicitó a este Organismo consignar número de C.U.I.T. y tipo de jornada de Centro Terapéutico Azul S.A., de El Bolsón.
Que atento a ello corresponde comunicar que la Institución Centro Terapéutico Azul S.A., Cuit 30-70917309-6 cuenta con la modalidad de Centro de Día, con un cupo de Treinta y dos 32 concurrentes con Jornada Simple en el turno mañana.Que debido a un error involuntario de éste Consejo Provincial, surgido en la redacción de la Resolución N 24/10 C.P.P.D., se rectifica parcialmente la misma, la cual quedará redactada de la siguiente manera.
Por ello:
El Presidente a cargo de El Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad RESUELVE:
Art. 1 - Rectificar parcialmente, la Resolución N 24/10 C.P.P.D., emitida el 22 de julio del año 2010.
Artículo 1.- Ratificar la Categoría A, con un cupo de 32 beneficiarios, de la Institución Centro Terapéutico Azul S.A. en su prestación Centro de Día, con Jornada Simple en el turno mañana, de la localidad de El Bolsón.
Art. 2 - Comuníquese la presente Resolución a las autoridades de la Institución Centro Terapéutico Azul S.A.
Art. 3 - Comuníquese la presente Resolución al Servicio Nacional de Rehabilitación, Órgano Nacional de aplicación titular del Registro del Sistema Único de Prestadores Ley Nacional N
24.901.
Art. 4 - Comuníquese; regístrese en el Libro de Resoluciones; remítanse las presentes actuaciones en copia a la U.G.E.S. a sus efectos; gestiónese la Inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad; publíquese en Boletín Oficial de la Nación y notifíquese a los Responsables del Establecimiento Asistencial. Cumplido, archívese.
Carlos Mussi, Presidente a cargo del Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad.oOo Resolución: Nº 16
Viedma, 5 de Julio de 2011
Visto: el Art. 6 Inc. g de la Ley 2055 y la Ley 3467 de la Provincia de Río Negro, las Resoluciones N 5/88, 11/04 de la Presidencia del CPPD, el
Viedma, 21 de Julio de 2011
Programa de Fortalecimiento Institucional del Programa de Acción 2004-2007, la Nota N 09/10
de fecha 17 de junio de 2010 de la Junta de Categorización del C.P.P.D. y la Nota N 3926 del S.N.R., y;
CONSIDERANDO:
Que este Consejo Provincial es la autoridad de control de las Instituciones Públicas y Privadas que tengan por objeto la asistencia y/o promoción de las Personas con Discapacidad.
Que mediante las resoluciones de referencia cada una de las Instituciones han sido notificadas del formato en el cual deben poner en conocimiento a este Organismo Provincial del estado Institucional.
Que la Ley Provincial N 3467 le atribuye al Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad la creación de la Junta de Categorización de las Instituciones de la Provincia que brinden prestaciones a las Personas con Discapacidad.
Que con fecha 3 de Junio de 2010 se realizó la auditoría en terreno del establecimiento Institución Centro Terapéutico Azul S.A., sito en calle Lavalle 410, de El Bolsón, Provincia de Río Negro, en su prestación Centro Educativo Terapéutico.
Que a través de la nota N 09/10 C.P.P.D. J.C., la Junta de Categorización eleva a la presidencia de este Organismo la solicitud de ratificar categoría A con un cupo de 32 concurrentes a la Institución Centro Terapéutico Azul S.A. en su prestación Centro Educativo Terapéutico.
Que por Nota N 3926/2011 el Servicio Nacional de Rehabilitación solicitó a este Organismo consignar número de C.U.I.T. y tipo de jornada de Centro Terapéutico Azul S.A., de la localidad de El Bolsón.
Que atento a ello corresponde comunicar que la Institución Centro Terapéutico Azul S.A., Cuit.
N 30-70917309-6 cuenta con la modalidad de Centro Educativo Terapéutico con un cupo de Treinta y dos 32 concurrentes con Jornada Simple en el turno tarde.Que debido a un error involuntario de éste Consejo Provincial, surgido en la redacción de la Resolución N 21/10 C.P.P.D., se rectifica parcialmente la misma, la cual quedará redactada de la siguiente manera.
Por ello:
El Presidente a cargo de El Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad RESUELVE:
Art. 1º - Rectificar parcialmente la Resolución N 21/10. C.P.P.D., emitida por éste Consejo Provincial el día 28 de Junio de 2010.
Artículo N 1: Ratificar la Categoría A, con un cupo de 32 beneficiarios, de la Institución Centro Terapéutico Azul S.A., en su prestación Centro Educativo Terapéutico, con Jornada Simple en el Turno Tarde, de la localidad de El Bolsón.
Art. 2º - Comuníquese la presente Resolución a las autoridades de la Institución Centro Terapéutico Azul S.A.
Art. 3º - Comuníquese la presente Resolución al Servicio Nacional de Rehabilitación, órgano nacional de aplicación titular del Registro del Sistema Único de Prestadores Ley Nacional N 24.901.
Art. 4º - Comuníquese; regístrese en el Libro de Resoluciones; remítanse las presentes actuaciones en copia a la U.G.E.S a sus efectos; gestiónese la Inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad; publíquese en Boletín Oficial de la Nación y notifíquese a los Responsables del Establecimiento Asistencial. Cumplido, archívese.
Carlos Mussi, Presidente a cargo del Consejo Provincial de las Personas con Discapacidad.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 21/07/2011

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date21/07/2011

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