Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/09/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 23 de Septiembre de 2010
ciones, comisiones, intermediaciones, consignaciones, mandatos y todo tipo de franquicias sobre asuntos vinculados al objeto social. Su plazo de duración es de noventa y nueve 99 años, su capital social asciende a la suma de pesos veinticinco mil $
25.000, dividido en doscientos cincuenta 250
cuotas de pesos cien $ 100 cada una, suscribiendo cada uno de los socios la cantidad de ciento veinticinco 125 cuotas de pesos cien $ 100, la integración del capital social se realizó en efectivo, en el acto de constitución en un 25% o sea, por la suma de pesos seis mil doscientos cincuenta $
6.250, obligándose los socios a integrar el 75%
restante, es decir la suma de pesos dieciocho mil setecientos cincuenta $ 18.750 en un plazo no mayor de dos años a contar del acto de constitución, prescindirá de sindicatura por no estar comprendida en los términos del Artículo 299 Inciso 2 de la Ley N 19.550, la representación será ejercida en forma conjunta por ambos socios en su calidad de Socios Gerentes y cerrará su ejercicio el 30 de junio de cada año.
Cipolletti, 2010.
Dra. Bárbara F. Alles, Inspectora Regional de Personas Jurídicas - Cipolletti.
oOo
ACTAS

TRANSPORTES LAFFONT
S.R.L.
Aumento de Capital Social Designación de nuevo Gerente La Dra. Natalia P. Bordón, Inspectora General de Personas Jurídicas, titular del Registro Público de Comercio, sito en calle Mitre y Zatti, de la ciudad de Viedma, ordena, de acuerdo con los términos del Art. 10 y modificatorias de la Ley 19.550, la publicación en el Boletín Oficial, por un 1 día, de las actas Nº 1, de fecha 23 de enero de 2007 aumento de Capital Social, y Nº 6, de fecha 14 de abril de 2010 designación de nuevo Gerente.
Por el Acta Nº 1, los socios resuelven aumentar el capital social de pesos doce mil $ 12.000,00 a pesos treinta y tres mil $ 33.000,00, para lo que el socio Santiago Francisco Laffont ofrece como aporte irrevocable de capital un acoplado dominio TVZ-919 de su propiedad, valuado en pesos veintiún mil.- El capital social queda representado por 330
cuotas sociales de pesos cien $ 100 de valor nominal cada una.
Por Acta Nº 6, los socios aceptan la renuncia al cargo de Gerente de la Sra. Cinthia Laffont y designan en el mismo al Sr. Santiago Francisco Laffont, DNI. Nº 6.897.207.
Viedma, 8 de septiembre de 2010.
Dra. Virginia Francioni, Sub Inspectora General de Personas Jurídicas.
oOo RUKAN CONSTRUCCIONES
S.R.L.
La Dra. Jimena Gallisá, Inspectora Regional de Personas Jurídicas, titular del Registro Publico de Comercio, sito en calle Mitre N 1090 de la ciudad de General Roca, ordena de acuerdo los términos del Art. 10 y modificatorias de la Ley 19.550, la publicación en Boletín Oficial por un 1 día, del Acta de Reunión de Socios Nº 1, de fecha 12 de abril de 2010 de la sociedad denominada Rukan Construcciones S.R.L., inscripta en el mencionado Registro al Legajo 1777, Tomo II, Folio 8/13, Nº 003 de fecha 31 de enero de 2006. En el mencionado instrumento se decide por unanimidad la modificación de tas cláusulas Tercera y Sexta del contrato social las que quedarán redactadas de la siguiente manera: Tercera. Objeto: La sociedad tendrá por objeto dedicarse -por cuenta propia y/o
BOLETIN OFICIAL N 4866
ajena y/o asociada a tercerosal estudio, proyecto, dirección ejecutiva y construcción de todo tipo de obras públicas o privadas, y/o trabajos del ramo de la ingeniería o arquitectura, sea mediante contrataciones directas y/o licitaciones; también podrá comercializar toda clase de inmuebles y realizar negocios fiduciarios, pudiendo instituirse en fiduciaria, fiduciante, beneficiaria y/o fideicomisaria. Para el desarrollo del objeto social, podrá realizar las siguientes actividades: a Construcción: Asesoramiento, etudio, proyecto, dirección, ejecución y administración de obras de arquitectura o ingeniería civil, como loteos y urbanizaciones de cualquier tipo, con apertura de calles, alumbrado público y parquización, edificaciones destinadas al régimen de propiedad horizontal; viviendas, complejos turísticos, cabañas, dúplex, departamentos, talleres, depósitos, inmuebles en general con cualquier destino, sean públicos o privados; así como refacción o demolición de obras. b Inmobiliarias: Adquisición, administración y enajenación por cualquier título -compra venta, permuta, transmisión fiduciaria, mandato o intermediaciónde bienes inmuebles urbanos o rurales, con destino público y/o privado;
así como subdivisión, fraccionamiento y urbanizaciones de terrenos, regimen de propiedad horizontal, explotación, renta, administración de consorciosy administración fiduciaria. c Jurídicas:
Sobre bienes inmuebles y muebles, podrá constituir toda clase de derechos reales, hipotecas, prendas, usufructos, servidumbres, anticresis, habitación, condominios, dominio y dominios fiduciarios, así como toda clase de gravámenes. Podrá también constituir toda clase de derechos personales tendientes a administrar, arrendar, comercializar, comprar, consignar, construir, dar y tomar en leasing, locación y fideicomiso, sea en carácter de fiduciante, fiduciario, beneficiario y/o fideicomisario, lotear o fraccionar, explotar, gravar, afianzar, permutar, prestar, refaccionar, revender, usufructuar, inclusive ceder tales derechos.
d Financieras: Efectuar operaciones de toda clase con entidades bancarias, financieras o instituciones de créditos oficiales, mixtas o particulares, nacionales o extranjeras, sea para negocios en realización o a realizarse, a fin de financiar a la propia sociedad y/o a terceros contratantes con Rukan Construcciones SRL, con o sin garantía a personas físicas y/o jurídicas, compra venta de títulos públicos, bonos, acciones, debentures, obligaciones negociables y cualquier otro valor mobiliarios, efectuar inversiones de carácter transitorio de colocaciones fácilmente liquidables, constituir prendas e hipotecas y cualquier otra transacción que garantice la actividad desarrollada.
La sociedad no desarrollará las actividades previstas en la Ley 21.526 y toda ley relacionada que se dicte en lo sucesivo. e Contractuales: Celebrar contratos de sociedad, dentro de las limitaciones legales, consorciarse o formar uniones transitorias con otras sociedades, suscribir o comprar cuotas sociales, o acciones de sociedades anónimas y/o en comandita por acciones. f Fiduciarias: Podrá ser fiduciario en los términos de la Ley 24.441 y Código Civil, para realizar cualquier negocio fiduciario relacionado con el objeto social; asimismo podrá ser fiduciante y constituirse en fideicomisario y/o beneficiario. A tal fin, la sociedad gozará de plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y celebrar todos los actos necesarios y conducentes al cumplimiento de su objeto social o que se relacionen con el mismo, sin otra limitación que la que surja de su propio objeto.- Sexta:
Resoluciones Sociales. Reunión de Socios. Actas:
Las resoluciones sociales se adoptarán mediante reunión de socios que se celebrarán en la sede social, las mismas serán convocadas por cualquiera de los socios, con no menos de diez 10 días de
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anticipación, mediante notificación efectuada por cualquier medio fehaciente, si es por misiva, deberá ser dirigida al último domicilio registrado en la sociedad, conjuntamente con el orden del día. La reunión de socios se llevará a cabo cada vez que la importancia de los temas así lo requieran, o cuando lo solicite alguno de los socios.- Será obligatorio reunirse dentro de los cuatro 4 meses posteriores a la fecha de cierre de ejercicio social, para tratar y aprobar el Balance General, Memoria, Inventario, adoptándose en todos los casos la decisión por el voto afirmativo de los socios que representen la mayoría del capital presente en la Reunión de Socios. Las resoluciones sociales se asentarán en el Libro de Actas que deberá llevar la sociedad, conforme lo establecido por los Arts. 73 y 162 de la Ley de Sociedades Comerciales.
General Roca, 13 de septiembre de 2010.
Publíquese edictos.
Dra. Jimena Gallisá, Inspectora Regional de Personas Jurídicas - General Roca.
oOo D & N - S.R.L.
Aumento de Capital - Designación de Nuevo Gerente - Cambio de Domicilio Social Nuevo Texto Ordenado La Dra. Virginia Francioni, Subinspectora de Personas Jurídicas, titular del Registro Público de Comercio sito en calle Zatti nro. 210 de la ciudad de Viedma, ordena, de acuerdo con los términos del Art. 10 y modificatorias de la Ley 19.550, la publicación en el Boletín Oficial, por un 1 día, el Acta de Reunión de Socios Nº 122, de fecha 19 de agosto de 2010 Aumento de Capital - Designación de Nuevo Gerente - Cambio de Domicilio Social Nuevo Texto Ordenado de la sociedad denominada D&N S.R.L.
En la Sede Social se reúnen las socias Fredes Claudia Edith DNI N 20.363.633, Galindo, Nora Albina LC 5.657.475, y Galindo, Norma Viviana, LC 5.156.438, a los afectos de tratar el siguiente Orden del Día: 1 Ratificación del Acta N 121
sobre Capitalización de Aportes Irrevocables Incremento de Capital por nuevos Aportes, 2
Aprobar el Nuevo Texto Ordenado del Contrato Social. Dado que no existen objeciones se procede a desarrollar el punto 1 del Orden del Día sobre la ratificación del Acta N 121 respecto el Incremento del Capital producto de la Capitalización de Aportes Irrevocables y de nuevos aportes de Capital, quedando fijado el capital social en pesos doscientos cuarenta mil $ 240.000, representado por 240.000 doscientas cuarenta mil cuotas sociales de pesos uno $ 1 valor nominal cada una. Se ratifica el Acta N 121 en todos sus términos. Con respecto el punto 2 del Orden del Día sobre la redacción y aprobación del Nuevo Texto Ordenado del Contrato Social toma la palabra la Socia Gerente Galindo, Nora Albina expone que la Sociedad se constituyó el 1 de octubre de 1994, mediante instrumento privado y se inscribió en el Registro Público de Comercio en el Libro Registro de Contratos al Tomo X, Folio 46/47 bajo el N 552, con fecha 2 de febrero de 1995, siguiendo con el relato de la vida de la Sociedad dice que en la misma se realizaron dos cesiones de cuotas sociales y que ambas están inscriptas en el Registro Público de Comercio. Que han fijado el nuevo Domicilio Legal en Boulevard Ayacucho N 359, y con respecto a la administración y representación será ocupada por cualquiera de los socios en su carácter de Socio Gerente y que el uso de la firma social sea en forma indistinta dadas todas estas modificaciones, en forma, unamidad se decide aprobar el Nuevo Texto Ordenado del Contrato Social.
Viedma, 17 de septiembre de 2010.
Dra. Virginia Francioni, Subinspectora General de Personas Jurídicas.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/09/2010

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date23/09/2010

Page count32

Edition count1923

First edition03/01/2002

Last issue25/07/2024

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