Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/06/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 3 de Junio de 2010
Que el pueblo debe ser consultado de manera simple e inequívoca mediante una fórmula que exprese en su texto con claridad la opción afirmativa o negativa. De no ser así la base legal de la consulta, que es justamente "requerir opinión", quedaría desvirtuada;
Que la fórmula elegida debe ser clara y comprensible para el electorado provincial compuesto por personas de diversos grados de conocimiento e instrucción. Debe ser concreto y preciso el tema y el objeto de la consulta;
Que además, la consulta ha de circunscribirse a facultades constitucionales del Poder Ejecutivo, por caso, la de ejercer una iniciativa parlamentaria, que la tiene y le corresponde como poder co legisferante. Además, debe contener una fórmula que permita al votante discriminar inmediatamente la voluntad afirmativa "el sí" apoyo a la reforma y al ejercicio de la iniciativa legislativa, o la voluntad negativa, "el no", de rechazo a la reforma y a la abstención de ejercitar esa iniciativa;
Que en oportunidad de concurrir a la Apertura de Sesiones Legislativas del año 2.010, en el marco de sus atribuciones como Titular del Poder Ejecutivo, procedió a formular un acto de gobierno, esto es, impulsar la reforma de la Constitución Provincial. Así fue propuesto en los términos del Artículo 181º Inciso 9 de la Constitución:
concurre a la Apertura de las Sesiones Ordinarias de la Legislatura; da cuenta del estado de la Administración y recomienda las medidas que juzgue necesarias y convenientes y en el marco del cumplimiento de los actos de gobierno comprometidos ante la Legislatura es que se realiza esta convocatoria.
Que el presente Decreto se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 181º, Inciso 18 de la Constitución Provincial;
Por ello:
El Gobernador de la Provincia de Río Negro En Acuerdo General de Ministros D E C R E TA :
Artículo 1º.- Se convoca a CONSULTA
POPULAR VINCULANTE para el Poder Ejecutivo Provincial, a los ciudadanos del pueblo rionegrino, que gocen de derechos electorales, para que el día 27 de Junio de 2.010, de 08:00 horas a 20:00 horas, expresen su opinión, mediante una respuesta afirmativa o negativa, sobre la reforma constitucional provincial y el ejercicio de la iniciativa parlamentaria por el Poder Ejecutivo de la Provincia, en distrito electoral único, en los siguientes términos:
A. SI A LA REFORMA DE LA CONSTITUCION PROVINCIAL: El Señor Gobernador sí debe ejercer la iniciativa parlamentaria y sí debe enviar el proyecto de ley de reforma a la Legislatura.
B . NO A LA REFORMA DE LA CONSTITUCION PROVINCIAL: El Señor Gobernador no debe ejercer la iniciativa parlamentaria y no debe enviar el proyecto de ley a la Legislatura.Art. 2º.- La presente convocatoria se regirá por las normas de la Ley O Nº 3.688 y su Decreto Reglamentario Nº341/10.Art. 3º.- Pueden emitir su voto todos los ciudadanos habilitados que se encuentren incluídos en los Padrones elaborados por la Justicia Electoral Nacional para las elecciones del 26 de Junio de 2.009, con la presentación del Documento Nacional de Identidad.Art. 4º.- A efectos de lo dispuesto en el Decreto Reglamentario Nº 341/10, quienes tengan domicilio en la Provincia y residan transitoriamente en las siguientes ciudades: Ciudad Autónoma de Buenos
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BOLETIN OFICIAL N 4834
Aires, La Plata Provincia de Buenos Aires, Córdoba Capital de la Provincia homónima y Bahía Blanca Provincia de Buenos Aires, podrán emitir su voto, a cuyo efecto se habilitará una 1 Mesa Electoral, en las citadas ciudades.Art. 5º.- El objeto de la consulta será impreso en sendas boletas, que contendrán la siguiente inscripción: "PROVINCIA DE RIO NEGRO Consulta Popular - 27 de junio de 2.010 - Voto por SI voto afirmativo." "PROVINCIA DE RIO
NEGRO - Consulta Popular - 27 de junio de 2.010
- Voto por NO voto negativo". Modelos que como Anexo forman parte integrante del presente Decreto.Art. 6º.- El Ministerio de Gobierno está facultado para dictar las normas y disponer, en todo lo pertinente al acto comicial.Art. 7º.- Se remite copia del presente Decreto a los Poderes Legislativos y Judicial de la Provincia de Río Negro, al Señor Ministro del Interior de la Nación y al Señor Presidente del Tribunal Electoral Provincial.Art. 8º.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha, e infórmese al Pueblo de la Provincia de Río Negro.Art. 9º.- El presente Decreto será refrendado en los términos del Artículo 2º Inciso a de la Ley O Nº 3.688, por los Señores Ministros integrantes del Gabinete Provincial.Art. 10.- Regístrese, comuníquese, publíquese, tómese razón, dése al Boletín Oficial y archívese.SAIZ.- D. R. Larreguy. C. A. Oliva. A. D.
Pega. C. Barbeito. J. O. Contreras. C. L. Uría.
J. M. Accatino.

PROVINCIA DE RIO NEGRO
CONSULTA POPULAR
27 DE JUNIO DE 2.010
VOTO POR:

NO

A LA REFORMA
DE LA
CONSTITUCION
PROVINCIAL
El señor Gobernador no debe ejercer la iniciativa parlamentaria y no debe enviar el proyecto de ley a la Legislatura
oOo ANEXO I AL DECRETO Nº 342

DECRETOS SINTETIZADOS

PROVINCIA DE RIO NEGRO
CONSULTA POPULAR
27 DE JUNIO DE 2.010
VOTO POR:

SI

A LA
REFORMA DE
LA
CONSTITUCION
PROVINCIAL
El señor Gobernador si debe ejercer la iniciativa parlamentaria y enviar el proyecto de ley de reforma a la Legislatura
DECRETO Nº 1109.- 30-12-09.- Ratificando la Prórroga del Convenio celebrado entre el Titular del Poder Ejecutivo y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, por el cual se establece la transferencia temporaria del agente Gonzalo Nicolás ALVAREZ D.N.I. N
30.649.119, del Poder Legislativo al Poder Ejecutivo - Aguas Rionegrinas S.A., en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, Decreto N
105/98, a partir del 1 de Diciembre de 2.009 y hasta el 30 de Noviembre de 2.010.
DECRETO Nº 04.- 20-01-10.- Ratificando el Convenio celebrado entre el Titular del Poder Ejecutivo y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, por el cual se establece la transferencia temporaria de la Señora Nélida Susana CAÑIZARES D.N.I. N 11.612.065, agente del Poder Ejecutivo - Ministerio de Gobierno - al Poder Legislativo, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativa, Decreto N
105/98, a partir del 11 de Diciembre de 2.008 y hasta el 10 de Diciembre de 2.009.DECRETO Nº 316.- 27-05-10.- Aceptando la renuncia presentada a partir del día 27 de Mayo de 2010, al Comisario General Víctor Ángel CUFRE D.N.I. N 10.477.209 al cargo de Jefe de Policía de la Provincia de Río Negro.DECRETO Nº 317.- 27-05-10.- Aceptando la renuncia presentada a partir del día 27 de Mayo de 2010, al Comisario General Agrupamiento Seguridad - Escalafón General Jorge José VILLANOVA D.N.I. N 12.428.918, Legajo Personal N 2974, al cargo de Subjefe de Policía de la Provincia de Río Negro.-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 03/06/2010

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date03/06/2010

Page count16

Edition count1920

First edition03/01/2002

Last issue15/07/2024

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