Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 14/12/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

Viedma, 14 de Diciembre de 2009

Nº 4785

Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 1.305.136
Precio Ejemplar del día: $ 2,00
PUBLICACION BISEMANAL
AÑO LI
EDICION DE 16 PAGINAS

SECRETARIA GENERAL
DE LA GOBERNACION
Dirección de Boletín Oficial Tel. 02920 422862 - 423512 Fax 02920-430404
Laprida 212 - 8500 Viedma
Sumario en Pág. 16

DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº 696.- 04-09-09.- Ratificando el Convenio celebrado entre el Titular del Poder Ejecutivo y el Titular de la Legislatura de la Provincia de Río Negro, por el cual se establece la transferencia temporaria del Señor Ernesto Rubén ABBATE
D.N.I. N 17.747.800, agente del Poder Legislativo al Poder Ejecutivo Ministerio de Hacienda, Obras y Servicios Públicos, en un todo de acuerdo a lo establecido en el Marco de Asignación Recíproca de Personal entre los Poderes Ejecutivo y Legislativo, Decreto N 105/98, a partir del 1 de Abril de 2.009 y hasta el 31 de Marzo de 2.010.DECRETO Nº 953.- 25-11-09.- Adhiriendo a los festejos organizados con motivo de la conmemoración en la localidad de Sierra Colorada, de un nuevo Aniversario.DECRETO Nº 1000.- 03-12-09.- Transfiriendo a título gratuito a favor de la Municipalidad de Contralmirante Cordero, el inmueble identificado catastralmente como: DC 02, Circunscripción 2, Sección G, Fracción G80, P 02, con una superficie de 01 hectárea, 62 a., 00 ca., destinado a la incorporación del predio a la Planta Urbana Municipal, para llevar a cabo la construcción de un Plan de veinte 20 Viviendas en la citada Localidad.
Establecer un plazo de treinta y seis 36 meses para el cumplimiento del cargo previsto, pudiendo en caso de incumplimiento del cargo, ser revocada la donación y reintegrarse los inmuebles al pleno dominio del Estado Provincial conforme a la Ley A
N 3.682. Expte. Nº 157.115-G-09.DECRETO Nº 1001.- 03-12-09.- Otorgando un aporte no reintegrable por la suma total de PESOS VEINTE
MIL $ 20.000,00, a favor de la fundación denominada Fundación Tiempo de Crecer de la localidad de Allen CUIT N 30-70714459-5, destinado a solventar los gastos que ocasiona el funcionamiento del Centro Materno Infantil, Jardín de Infantes Diente Flojo perteneciente a dicha fundación. El monto total asignado deberá ser girado a la orden de la Presidente de la fundación denominada Fundación Tiempo de Crecer de la localidad de Allen Señora TARIFA, Marisa Encarnación CUIL N 23-11861713-4, siendo responsable de la administración y oportuna rendición de cuentas conforme a lo establecido por el Decreto N 194/76. Expte. Nº 058.581-SPF-09.DECRETO Nº 1002.- 03-12-09.- Otorgando un aporte financiero por la suma total de PESOS CINCUENTA
MIL $ 50.000,00, a favor de la Municipalidad de Viedma, destinado a atender el desequilibrio financiero de dicha Municipalidad. El monto total acordado deberá ser girado a la orden de la Municipalidad de Viedma - CUIT N 30-63901056/9, Señor Intendente Municipal, Don Jorge Carlos FERREIRA, D.N.I. N 11.499.488 y/o Secretario
de Economía, Don José Luis FOULKES, D.N.I. N
13.012.343, quienes serán responsables de su utilización. Expte. Nº 157856-G-09.oOo
RESOLUCIONES

ENTE REGULADOR
DEL PUERTO SAN ANTONIO ESTE
ERPSAE
Resolución Nº 05
Viedma, 09 de Diciembre de 2.009.
Visto: La solicitud de la Terminal de Servicios Portuarios Patagonia Norte S.A. de fecha 16 de noviembre de 2009, el expediente N 68822-ERPSAE2002 del Registro del Ente Regulador del Puerto de San Antonio Este y, las facultades conferidas por la Ley N 3.137, la Resolución del E.R.P.S.A.E. 12/2002, y;
CONSIDERANDO:
Que en fecha 16 de noviembre de 2009 la firma concesionaria Terminal de Servicios Portuarios Patagonia Norte S.A., solicita al Ente Regulador la autorización correspondiente para adecuar el cuadro de tarifas máximas por la prestación de los servicios básicos en el Puerto San Antonio Este en los términos de la Resolución ERPSAE Nº 012-2002;
Que, a tales fines, sostiene que la última readecuación al cuadro tarifario se realizó mediante Resolución ERPSAE Nº 06 del 05 de diciembre de 2008, en base a los índices correspondientes a ese año;
Que en su presentación, la empresa destaco, en atención a los sustanciales aumentos verificados en la estructura de costos de su funcionamiento, ha aplicado las tarifas en los importes máximos establecidos;
Que oportunamente se dictó la Resolución ERPSAE
012-2002 que, en lo sustancial, fijó como sistema para la adecuación periódica de las tarifas del Puerto SAE
una fórmula polinómica sobre la base de la estructura de costos de la concesionaria compuesta par los rubros materiales y servicios, que participan -en dólares y pesosen un 15,84% y un 24,79%, respectivamente, y la masa salarial que representa el 59,38% de los gastos de operación; y prevé los respectivos índices de actualización proporcionados por el Banco de la Nación Argentina y el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos;
Que abunda en el sentido de que con el sistema consagrado por la Resolución ERPSAE 012-2002 para la adecuación periódica de las tarifas, se integró el marco normativo que regula los aspectos económicos de la concesión, en tanto se reglamenta la Ley 3.137, que consagra que las tarifas máximas para los servicios básicos serán establecidas de común acuerdo entre el concedente y el concesionario, mientras que las tarifas por servicios adicionales se pactarán libremente entre el concesionario y los usuarios; que las tarifas deberán ser justas y razonables de conformidad a las
condiciones del mercado; y que la variación del nivel máximo de las tarifas deberá ser autorizado por el Ente Regulador ERPSAE a solicitud del concesionario, con fundamento en variaciones de costos u otras razones que lo justifiquen;
Que, en lo sustancial, afirma que la evolución de los índices de referencia utilizados para la actualización de las tarifas máximas vigentes para la terminal marítima de San Antonio Este determina que las mismas registran un retraso;
Que, asimismo, refiere que desde el 30 de septiembre de 2008 hasta la misma fecha del corriente año, la evolución de los índices de actualización previstos en la fórmula polinómica hasta registrado un aumento significativo:
El índice de Salarios del Sector Privado Registrado ISPR alcanza los 362,38 puntos, con relación al cuarto trimestre del 2008 base = 100, cuando en la última adecuación registró 310,99 puntos;
En relación al costo de materiales y servicios en dólares, durante el periodo septiembre 2008 la cotización fue de 3,388 mientras que al 30 de octubre 2009, se alcanzó un valor de 3,819
puntos;
Costo de los materiales y servicios en pesos de conformidad al índice de precios al productor registra una variación de 361,84 puntos registrados al 30 de octubre de 2008 o los 386,09
puntos registrados a octubre del 2009;
Que en tal sentido, acompaña documentación que lo avala para sostener los índices denunciados de conformidad con los datos que proporciona periódicamente el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos INDEC, al 30 de septiembre y 31 de octubre del corriente año y el Banco de la Nación Argentina en sus respectivas páginas WEB;
Que por las razones que invoca, solicita al Ente Regulador que autorice la correspondiente adecuación del cuadro que expresa las tarifas máximas a los buques y a las cargas en Puerto SAE, en los términos de la Ley 3.137 y el contrato de concesión oportunamente suscripto, a tenor del sistema consagrado por la Resolución 012-2002 del Ente Regulador de Puerto San Antonio Este;
Que por aplicación de la fórmula polinómica, sostiene que corresponde que se adecuen las tarifas en un trece con cuarenta y nueve por ciento 13,49% y que se fije el canon variable que debe abonar la concesionaria en la suma de uno coma tres mil diecinueve diez milavos de peso $ 1,3019 por cada tonelada importada o exportada por la terminal marítima de San Antonio Este;
Que, por último, pide al Ente Regulador del Puerto San Antonio Este que tengan presente la solicitud formulada a los fines de obtener la correspondiente autorización para la adecuación de las tarifas máximas a los buques y a las cargas en Puerto San Antonio Este, de conformidad al marco regulatorio vigente y los datos

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 14/12/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date14/12/2009

Page count16

Edition count1915

First edition03/01/2002

Last issue26/06/2024

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