Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/11/2009

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Río Negro

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Que con fecha 08 de septiembre consta la renuncia al cargo de Tesorera de la Sra. Elvira Dibares;
Que actualmente y por los motivos expuestos la institución atraviesa en su seno una grave crisis institucional, siendo su situación irregular tanto en los mandatos de la comisión directiva, como en la documentación contable y asamblearia para con esta Inspección General;
Que por tal motivo existen graves inconvenientes para confeccionar un padrón eleccionario que garantice el derecho de participación de los socios y una convocatoria ajustada a la normativa legal vigente;
Que los interesados a reempadronarse deberán concurrir al acto y acreditar haber dado cumplimiento a algunos de los requisitos fijados en el estatuto social para ser socio Art. 5, 6º, 7º, 8º, 9º, 10, 11 y 12, presentando en su caso la siguiente documentación:
Documento Nacional de Identidad, Carnet de Asociados, recibo de cobro de cuota social, solicitud de admisión de socios. Asimismo la Comisión Directiva deberá tener en cuenta para proceder al reempadronamiento, el último padrón de socios presentado en esta Inspección General;
Que la presente resolución se dicta conforme las facultades conferidas a esta Inspección General de Personas Jurídicas, por Ley K N 3827, Art. 6, Funciones de Fiscalización, Decreto Reglamentario N
725/07.
Por ello, La Inspectora General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Convocar de Oficio a una Asamblea General Extraordinaria a la asociación civil denominada Asociación Civil El Faro, de la localidad de Sierra Grande, a celebrase el día 15 de diciembre de 2009 a 14:00 hs. 18:00 en la sede del Salón de la Cultura de la Municipalidad de Sierra Grande, sito en Calle Nº 10 y 19, a los fines de considerar el siguiente Orden del Día:
1: Designación de dos socios para que conjuntamente con el presidente y el secretario firmen el acta de asamblea. 2: Elección total de autoridades.
Art. 2º - Ordenar el reempadronamiento de socios el que tendrá lugar el día 30 de noviembre de 2009 a partir de las 14:00 hs. hasta las 18:00 hs. en la sede del Salón de la Cultura de la Municipalidad de Sierra Grande, sito en Calle 10 y 19. El mismo se llevará a cabo con la presencia de los miembros de la Comisión Directiva y la fiscalización de agentes de esta Inspección General de Personas Jurídicas.Art. 3.- Notificar la presente Resolución en el domicilio social.Art. 4.- Registrar, publicar, comunicar y archivar.
Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General de Personas Jurídicas.
oOo Resolución Nº 850
Viedma, 10 de noviembre de 2009.
Visto el expediente N 6338-IGPJ-2009, mediante el cual la asociación civil denominada Ancape Cahuel, registrada en este Organismo bajo el N 1718, solicita declarar eficaz asamblea y la modificación introducida al estatuto social; y CONSIDERANDO:
Que la asamblea general ordinaria que trató dicha reforma se realizó con fecha 12 de septiembre de 2009;
ha cumplido con los requisitos exigidos por Ley N
3827 y demás Reglamentaciones vigentes.
Que a fojas 35 y 37 obran informes de los Departamentos de Asesoría Legal y Personería respectivamente, donde consta que estaría en condiciones de dictarse resolución declarando eficaz la misma.
Por ello, La Inspección General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Declárase Eficaz, a los efectos administrativos, la asamblea general ordinaria de fecha 12 de septiembre de 2009 y la reforma del artículo 1 del
BOLETIN OFICIAL N 4779
estatuto social de la asociación civil denominada:
Ancape Cahuel, con domicilio en Allen, Departamento General Roca de esta Provincia, en la forma de foja veintitrés 23 a veinticuatro 24 del expediente aludido.
Art. 2.- Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General de Personas Jurídicas.
oOo Resolución Nº 852
Viedma, 10 de noviembre de 2009.
Visto el expediente N 6331-IGPJ-2009, mediante el cual la asociación civil denominada: Asociación Civil de Titulares de Taxi de Allen, solicita la concesión de la personería jurídica; y CONSIDERANDO:
Que los fines que se propone dicha institución se hallan comprendidos en la disposición del artículo 33
inciso 1 Segunda Parte del Código Civil;
Que en la constitución de la recurrente se han cumplido los requisitos exigidos por Ley Provincial N
3.827, demás reglamentaciones vigentes y que su estatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor;
Que a fojas 21 y 23 obran informes de los Departamentos de Asesoría Legal y Personería de este Organismo en los cuales consta que estaría en condiciones de ser aprobada la documentación presentada y que no hay objeciones jurídicas para obtener la personería.
Por ello, La Inspección General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como persona jurídica a la asociación civil denominada: Asociación Civil de Titulares de Taxi de Allen, constituida y con domicilio en Allen, Departamento General Roca de esta Provincia, el día 13 de noviembre de 2008 y apruébase su estatuto social obrante de foja seis 6 a trece 13 del expediente aludido.
Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número: Dos Mil Quinientos Setenta y Dos N 2.572.
Art. 3.- Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General de Personas Jurídicas.
oOo Resolución Nº 853
Viedma, 10 de noviembre de 2009.
Visto el expediente N 6383-IGPJ-2009, mediante el cual la asociación civil denominada Iglesia Evangélica Mensajeros de Cristo, registrada en este Organismo bajo el N 518, solicita declarar eficaz asamblea y la modificación introducida al estatuto social; y CONSIDERANDO:
Que la asamblea general ordinaria que trató dicha reforma se realizó con fecha 12 de abril de 2009, ha cumplido con los requisitos exigidos por Ley N 3827 y demás Reglamentaciones vigentes.
Que a fojas 108 y 110 obran informes de los Departamentos de Asesoría Legal y Personería respectivamente, donde consta que estaría en condiciones de dictarse resolución declarando eficaz la misma.
Por ello, La Inspección General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Declárase Eficaz, a los efectos administrativos, la asamblea general ordinaria de fecha 12 de abril de 2009 y la reforma de los artículos 1º, 2 y 17 del estatuto social de la asociación civil denominada:
Iglesia Evangélica Mensajeros de Cristo, con domicilio en General Roca, Departamento del mismo nombre de esta Provincia, en la forma de foja treinta y cinco 35 a treinta y seis 36 del expediente aludido.
Art. 2.- Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General de Personas Jurídicas.

Viedma, 23 de Noviembre de 2009
Resolución Nº 877
Viedma, 17 de noviembre de 2009.
Visto el expediente N 6264-IGPJ-2009, mediante el cual la asociación civil denominada: Asociación Civil Viedma Rugby Club, solicita la concesión de la personería jurídica; y CONSIDERANDO:
Que los fines que se propone dicha institución se hallan comprendidos en la disposición del artículo 33 inciso 1 Segunda Parte del Código Civil;
Que en la constitución de la recurrente se han cumplido los requisitos exigidos por Ley Provincial N
3.827, demás reglamentaciones vigentes y que su estatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor;
Que a fojas 23 y 25 obran informes de los Departamentos de Asesoría Legal y Personería de este Organismo en los cuales consta que estaría en condiciones de ser aprobada la documentación presentada y que no hay objeciones jurídicas para obtener la personería.
Por ello, La Inspección General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como persona jurídica a la asociación civil denominada:
Asociación Civil Viedma Rugby Club, constituida y con domicilio en Viedma, Departamento Adolfo Alsina de esta Provincia, el día 18 de septiembre de 2009 y apruébase su estatuto social obrante de foja diecisiete vuelta 17 vta. a veinte 20 del expediente aludido.
Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número: Dos Mil Quinientos Setenta y Siete N 2.577.
Art. 3.- Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General de Personas Jurídicas.
oOo Resolución Nº 878
Viedma, 17 de noviembre de 2009.
Visto, el expediente N 6332-IGPJ-2009, mediante el cual la fundación denominada: Fundación Roca Fuerte, solicita la concesión de la personería jurídica;
y CONSIDERANDO:
Que los fines que se propone dicha institución se hallan comprendidos en la disposición del artículo 33
inciso 1 Segunda Parte del Código Civil;
Que en la constitución de la recurrente se han cumplido los requisitos exigidos por Leyes Nacional N 19836; Provincial N 3.827, demás reglamentaciones vigentes y que su estatuto social se ajusta a los preceptos legales en vigor;
Que a fojas 15 y 17 obran informes de los Departamentos de Asesoría Legal y Personería de este Organismo en los cuales consta que estaría en condi-ciones de ser aprobada la documentación presentada y que no hay objeciones jurídicas para obtener la personería.
Por ello;
La Inspección General de Personas Jurídicas RESUELVE:
Artículo 1º - Autorízase, para funcionar como persona jurídica a la fundación denominada: Fundación Roca Fuerte, constituida y con domicilio en Allen, Departamento General Roca de esta Provincia, el día 14
de julio de 2009 y apruébase su estatuto social obrante de foja cinco 5 a siete vuelta 7 Vta. del expediente aludido.
Art. 2º - Inscríbese a la misma bajo el número: Dos Mil Quinientos Setenta y Cinco N 2.575.
Art. 3.- Regístrese, comuníquese, tómese razón, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Dra. Natalia Paola Bordón, Inspectora General de Personas Jurídicas.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 23/11/2009

TitleBoletín Oficial de la Provincia de Río Negro

CountryArgentina

Date23/11/2009

Page count24

Edition count1919

First edition03/01/2002

Last issue11/07/2024

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